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Plazo no verificadoBDNS 848883

Aprobación Bases Reguladoras Específicas y Convocatoria Línea de Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a municipios integrados en el Consorcio de Prevención, Extinción Incendios y Salvamento de la Provincia Sevilla. Inversiones mobiliario

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE SEVILLA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:27 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES618 - Sevilla

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Infraestructuras

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
31/07/2025
Fin de solicitudes
14/08/2025
Registro en BDNS
29/07/2025
Publicación en diario oficial
31/07/2025

Texto oficial de apertura: Fecha de la publicación en BOP del extracto de la convocatoria por la BDNS

Texto oficial de cierre: Diez días hábiles a partir de la publicación en el BOP del extracto de la convocatoria por la BDNS

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero: Bases Reguladoras.Las Bases reguladoras para la concesión de las presentes subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, se encuentran publicadas en el BOP nº 144 de 29 de julio de 2025, y en la Sede Electrónica de la Diputación de Sevilla.Segundo: Objeto y finalidad.El Sistema de Bomberos/as de la Provincia de Sevilla tiene como ámbito de la actuación toda la Provincia, con excepción de Sevilla Capital y la Ciudad de Dos Hermanas. Cubre casi 14.000 kilómetros de territorio, con 104 municipios atendidos y una población atendida de 1.119.829 habitantes, además de una red de 26 parques de bomberos/as, de diversa tipología en cuanto a titularidad de las infraestructuras y personal que presta el servicio en los mismos, distribuidos en 5 áreas de actuación, coordinadas desde el Centro Operativo de Emergencias de la provincia de Sevilla (COEPS).En la actualidad estas infraestructuras presentan unas condiciones deficitarias de mantenimiento que urge corregir para evitar un deterioro mayor de las mismas, que pueden resumirse en la necesidad de ejecutar obras complementarias, de reformas y mantenimiento que alarguen la vida útil de las instalaciones y en la reposición del mobiliario y equipamiento (gastos considerados todos ellos como de inversiones reales), que permitan garantizar el correcto funcionamiento de estas instalaciones y unas dignas condiciones de estancia en las mismas.Tercero: Beneficiarios.Tendrán la condición de entidad beneficiaria los municipios integrados en el Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Provincia de Sevilla cuyos Parques de Bombero estén servidos exclusivamente con personal funcionario.Cuarto: Gastos subvencionables.Tendrán la consideración de actividades subvencionables aquellas inversiones que den lugar a contratos de obras y/o el suministro de mobiliarios y equipamientos a adquirir, con el objeto de actualizar las instalaciones de los Parques de Bomberos. La naturaleza del gasto deberá atender a lo dispuesto en la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, en relación con el Capítulo 6, Inversiones Reales.Los beneficiarios deberán destinar los bienes al fin concreto para el que se concede la subvención, durante toda la vida útil de los mismos.Quinto: Procedimiento de concesión.El procedimiento de concesión es el de concurrencia no competitiva contemplado en el art. 13.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Sevilla (BOP n.º 104 de 09/05/2023) que establece la posibilidad de que las subvenciones tramitadas por las distintas Áreas funcionales de la Diputación puedan convocarse y concederse motivadamente en régimen de concurrencia no competitiva, cuando la naturaleza de la subvención lo aconseje en atención a los criterios objetivos que se establezcan en las bases específicas, sin necesidad de que los criterios objetivos de valoración estén sujetos a puntuación.Sexto: Financiación:La convocatoria tendrá un coste total previsto de 1.400.000,00€, aportados íntegramente por la Diputación, y contemplados en la siguiente aplicación del ejercicio 2025:3203.13604/76200 1.400.000,00€Séptimo: Plazo de presentación.El Plazo de Presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.P. de Sevilla por conducto de la BDNS.Octavo: Plazo de realización de la actividad.Se establece que el plazo para la realización de la actividad subvencionada será el comprendido desde el día siguiente a la notificación de la concesión definitiva de la presente subvención hasta 31 de diciembre de 2026.Noveno: Cuantía de las subvenciones y pago.Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, todas las que cumplan los requisitos establecidos serán atendidas de forma individualizada, con un límite máximo de subvención concedida de 93.333,33 € por cada Entidad local.Si el coste de la actividad fuera superior al aprobado, la financiación adicional correrá a cargo de la entidad beneficiaria.En el caso de que exista un exceso de financiación por exclusiones de solicitudes o desistimiento a lo largo de la instrucción de las mismas, o por importes de subvención solicitados por debajo de la cantidad máxima para cada municipio, el exceso de financiación se prorrateará por igual entre aquellas solicitudes admitidas y cuyo presupuesto de actividad sea superior al importe máximo previsto para cada una de ellas, reduciendo en este supuesto el importe a cofinanciar.La subvención se abonará en único pago por importe del 100% de la cantidad concedida, tras la Resolución del Diputado Delegado del Área de Servicios Públicos Supramunicipales aprobatoria de la concesión de la subvención. En ningún caso se podrá sobrepasar la cuantía autorizada en la resolución de concesión.Décimo: Plazo de justificación.El plazo de justificación será de 3 meses contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de realización de la actividad.

Bases y documentación

Anuncio Bop concesión definitivaPublicado 17/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSResolución concesión definitivaPublicado 10/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSResolución de concesión provisionalPublicado 01/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 29/07/2025Descargar archivo oficial · BDNSAprobación de las Bases Reguladoras Específicas y Convocatoria de la Línea de Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinada a municipios integrados en el Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Provincia de Sevilla servidos exclusivamente con personal funcionario, con la que se pretende acometer inversiones para obras y reposición de mobiliario y equipamiento en las infraestructuras ya existentes del Sistema de Bomberos de la provincia de SevillaPublicado 31/07/2025Aprobación Bases Reguladoras Específicas y Convocatoria Línea de Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a municipios integrados en el Consorcio de Prevención, Extinción Incendios y Salvamento de la Provincia Sevilla. Inversiones mobiliario