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Plazo no verificadoBDNS 848988

Bases Específicas y Convocatoria para la concesión de ayudas para la cofinanciación de proyectos a realizar en países en vías de desarrollo, dirigidas a Entidades Locales, Mancomunidades y Consorcios de la provincia de Sevilla. Convocatoria 2025.

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE SEVILLA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:30 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

XXXX - TODO EL MUNDO

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
29/07/2025
Publicación en diario oficial
31/07/2025

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOP.

Texto oficial de cierre: Treinta días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOP.

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios:Entidades locales, Mancomunidades y Consorcios de la provincia de Sevilla.Segundo. Objeto:Regular, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas de la Diputación Provincial de Sevilla a Entidades locales, Mancomunidades y Consorcios de la provincia de Sevilla para la cofinanciación de proyectos, en la modalidad de cooperación indirecta, a países en vías de desarrollo para el año 2025 (artículo 6.1. del Reglamento por el que se regulan las actividades y se establecen las normas en materia de distribución de fondos destinados a Proyectos de Cooperación al Desarrollo y Ayuda Humanitaria en la Diputación Provincial de Sevilla).Tercero. Bases reguladoras:Las Bases Reguladoras y Convocatoria de subvenciones serán publicadas en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla (https://bopsevilla.dipusevilla.es/), en el Tablón-e de la sede electrónica de la Diputación provincial de Sevilla (https://sedeelectronicadipusevilla.es/tablon-1.0/do/entradaPublica?ine=41191)  y en la página web de Cooperación Internacional de la Diputación de Sevilla https://cooperacioninternacional.dipusevilla.es/es/.Cuarto. Cuantía:El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a 430.000,00€, correspondiendo la cantidad de 299.900,00€ a los presupuestos que contemplen mayoritariamente gastos no inventariables y la cantidad de 130.100,00€ a los presupuestos con gastos mayoritariamente inventariables.Adicionalmente, y conforme al artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se aprueba la cuantía adicional de 118.600,00€. Esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito.El importe de la subvención será como máximo de 40.000,00€, en ningún caso podrá superar el 80% del presupuesto presentado en el proyecto.Quinto. Plazo de presentación:Las solicitudes se presentarán de forma telemática por Intercambio Registral, a través de la plataforma SIDERAL, o mediante el Sistema de Interconexión de Registros (SIR), y deberá dirigirse al Área de Empleado Público, Unidad de Cooperación al Desarrollo, de conformidad con lo previsto en el artículo 14.2.a) de la Ley 9/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de lo establecido en el art. 16.4 de la misma Ley, en el plazo de treinta días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia (BOP), tras haberse efectuado la preceptiva remisión del extracto de la convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en cumplimiento a los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Sexto. Otros datos:Las distintas fases del procedimiento serán objeto de publicaciones, cuando procedan, en el Tablón-e de la sede electrónica de la Diputación provincial de Sevilla (https://sedeelectronicadipusevilla.es/tablon-1.0/do/entradaPublica?ine=41191)  y en la página web de Cooperación Internacional de la Diputación de Sevilla https://cooperacioninternacional.dipusevilla.es/es/. En la cláusula decimoséptima se establecen los medios de notificación y publicación.El pago del 100% de la ayuda se hará con la resolución de concesión de la subvención.Las ONGDs colaboradoras con las Entidades Locales y/o Consorcios solo podrán serlo con dos de las Instituciones solicitantes, en marco de las presentes bases reguladoras y convocatoria. Las ONGDs colaboradoras no pueden ser solicitantes en la convocatoria, de la Diputación provincial, para la concesión de ayudas para la cofinanciación de proyectos a realizar en países en vías de desarrollo dirigidas a ONGDs, en este ejercicio.

Bases y documentación

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