¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
XXXX - TODO EL MUNDO
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cooperación internacional para el desarrollo y cultural
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 29/07/2025
- Publicación en diario oficial
- 31/07/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOP.
Texto oficial de cierre: Treinta días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOP.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Entidades locales, Mancomunidades y Consorcios de la provincia de Sevilla.Segundo. Objeto:Regular, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas de la Diputación Provincial de Sevilla a Entidades locales, Mancomunidades y Consorcios de la provincia de Sevilla para la cofinanciación de proyectos, en la modalidad de cooperación indirecta, a países en vías de desarrollo para el año 2025 (artículo 6.1. del Reglamento por el que se regulan las actividades y se establecen las normas en materia de distribución de fondos destinados a Proyectos de Cooperación al Desarrollo y Ayuda Humanitaria en la Diputación Provincial de Sevilla).Tercero. Bases reguladoras:Las Bases Reguladoras y Convocatoria de subvenciones serán publicadas en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla (https://bopsevilla.dipusevilla.es/), en el Tablón-e de la sede electrónica de la Diputación provincial de Sevilla (https://sedeelectronicadipusevilla.es/tablon-1.0/do/entradaPublica?ine=41191) y en la página web de Cooperación Internacional de la Diputación de Sevilla https://cooperacioninternacional.dipusevilla.es/es/.Cuarto. Cuantía:El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a 430.000,00€, correspondiendo la cantidad de 299.900,00€ a los presupuestos que contemplen mayoritariamente gastos no inventariables y la cantidad de 130.100,00€ a los presupuestos con gastos mayoritariamente inventariables.Adicionalmente, y conforme al artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se aprueba la cuantía adicional de 118.600,00€. Esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito.El importe de la subvención será como máximo de 40.000,00€, en ningún caso podrá superar el 80% del presupuesto presentado en el proyecto.Quinto. Plazo de presentación:Las solicitudes se presentarán de forma telemática por Intercambio Registral, a través de la plataforma SIDERAL, o mediante el Sistema de Interconexión de Registros (SIR), y deberá dirigirse al Área de Empleado Público, Unidad de Cooperación al Desarrollo, de conformidad con lo previsto en el artículo 14.2.a) de la Ley 9/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de lo establecido en el art. 16.4 de la misma Ley, en el plazo de treinta días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia (BOP), tras haberse efectuado la preceptiva remisión del extracto de la convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en cumplimiento a los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Sexto. Otros datos:Las distintas fases del procedimiento serán objeto de publicaciones, cuando procedan, en el Tablón-e de la sede electrónica de la Diputación provincial de Sevilla (https://sedeelectronicadipusevilla.es/tablon-1.0/do/entradaPublica?ine=41191) y en la página web de Cooperación Internacional de la Diputación de Sevilla https://cooperacioninternacional.dipusevilla.es/es/. En la cláusula decimoséptima se establecen los medios de notificación y publicación.El pago del 100% de la ayuda se hará con la resolución de concesión de la subvención.Las ONGDs colaboradoras con las Entidades Locales y/o Consorcios solo podrán serlo con dos de las Instituciones solicitantes, en marco de las presentes bases reguladoras y convocatoria. Las ONGDs colaboradoras no pueden ser solicitantes en la convocatoria, de la Diputación provincial, para la concesión de ayudas para la cofinanciación de proyectos a realizar en países en vías de desarrollo dirigidas a ONGDs, en este ejercicio.