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Plazo no verificadoBDNS 849087

FEADER CONVOCATORIAS DE AYUDAS DE CANALES CORTOS 2025

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:31 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES3 - COMUNIDAD DE MADRID

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
29/07/2025
Publicación en diario oficial
06/08/2025

Texto oficial de apertura: AL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM

Texto oficial de cierre: UN MES DESDE EL INICIO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS (código de identificación):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).PrimeroBeneficiariosPodrán ser beneficiarios de esta ayuda las personas físicas o jurídicas, incluidas lasAdministraciones Publicas, cuya actividad se circunscriba al sector agrario oagroalimentario y sea desarrollada en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, queformen parte de un Grupo de Cooperación (GC) constituido para la ejecución de uno o másproyectos que contribuyan a los objetivos específicos relacionados con mejorar la posicióndel sector primario en la cadena de valor, el desarrollo de las zonas rurales, promoviendoel empleo, el crecimiento y la inclusión social. Así mismo, también podrán serbeneficiarios, los Grupos de cooperación constituidos como una entidad jurídica-Podrán ser:a) Personas físicas o jurídicas cuya actividad se circunscriba al sector agrario oagroalimentario y sea desarrollada en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.b) Asociaciones y organizaciones relacionadas con la producción agrícola oagroalimentaria.c) Asociaciones de consumidores y de comercializadores.d) Entidades locales, o sus asociaciones, que contribuyan al desarrollo de los finesestablecidos. SegundoFinalidadLa finalidad de esta subvención es apoyar iniciativas de cooperación horizontal y verticalentre dos o más agentes de la cadena agroalimentaria (agricultores, ganaderos, industriaagroalimentaria y empresas comercializadoras) para el desarrollo de cadenas de suministrocorto y mercados locales, y la realización de actividades de promoción.TerceroBases reguladorasLa presente convocatoria de ayudas se regula por la Orden 2852/2025, de 17 de julio, de laConsejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las basesreguladoras de las ayudas de cooperación para la vertebración del territorio,cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y laAdministración General del Estado, en el marco del Plan Estratégico de la Política AgrariaComún para el período 2023-2027, y se aprueba la convocatoria para 2025.CuartoCuantía de las ayudasLa ayuda adoptará la forma de subvención por medio del reembolso de los costessubvencionables en que haya incurrido efectivamente el beneficiario y será del 80% de loscostes elegibles y del 65% cuando estos costes sean inversiones. El porcentaje seincrementará en 10 puntos porcentuales en proyectos de comercialización de productosecológicos certificados. El importe máximo de ayuda concedida por proyecto será de 180.000euros.La ayuda se somete a las limitaciones siguientes:a) El importe subvencionado por los gastos de personal no podrá sobrepasar el 20% deltotal solicitado y del total justificado auxiliable en la solicitud de pago de la ayuda.b) Los gastos de dietas y desplazamientos no superarán el 10 % del total solicitado ydel total justificado auxiliable en la solicitud de pago de la ayuda.c) Los gastos de bienes y equipos e infraestructuras no superarán el 40% del totalsolicitado y del total justificado auxiliable en la solicitud de pago de la ayuda.QuintoFinanciación de las ayudasLas ayudas serán cofinanciadas al 23% por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural(FEADER), 15% por la Administración General del Estado y 62% por la Comunidad de Madrid,según lo dispuesto en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027. SextoPlazo y forma de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguienteal de la publicación de la convocatoria en forma de extracto en el Boletín Oficial de laComunidad de Madrid.Las solicitudes de subvenciones se presentarán por medios electrónicos mediante el modeloque se incorpora a la orden de convocatoria, a disposición de los interesados en el portalde administración electrónica https://sede.comunidad.madrid.

Bases y documentación

Anexos Datos sociosPublicado 18/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexos de pagoPublicado 18/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Solicitud de pagoPublicado 18/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Memoria proyectoPublicado 18/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Justificante gastosPublicado 18/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos PresupuestoPublicado 18/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Declaración cumplimientoPublicado 18/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo 6Publicado 18/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSModelo de SolicitudPublicado 18/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 18/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden 2852/2025, de 17 de julio, de la Consejería de Medio ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de cooperación para la vertebración del territorio, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027, y se aprueba la convocatoria para 2025.Publicado 06/08/2025