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Plazo no verificadoBDNS 849468

Ayudas dirigidas a fomentar la generación de empleo en el sector de la producción y distribución del producto ecológico agrario en el término municipal de Vitoria-Gasteiz 2025

LOCAL · VITORIA-GASTEIZ · AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:39 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES211 - Araba/Álava

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
06/08/2025
Fin de solicitudes
15/12/2025
Registro en BDNS
31/07/2025
Publicación en diario oficial
08/08/2025

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de la publicación en BOTHA

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, y en la Página Web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz http://www.vitoria-gasteiz.org
Primero. Beneficiarios.
Empresas privadas titulares de explotaciones agrarias, cualquiera que sea su forma jurídica, que tengan su domicilio social y fiscal en Vitoria-Gasteiz y/o desarrollen directamente las actividades subvencionables en el municipio de Vitoria-Gasteiz. Al mismo tiempo, se hallen validamente constituidas antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, dadas de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social en función de la actividad agraria, e inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias del Territorio Histórico de Álava (REA), con anterioridad a solicitar esta ayuda ,o en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) de la Diputación Foral de Álava. Y cuando proceda, certificado que acredite la inscripción en los registros de producción ecológica. Así mismo, que mantengan vigente su alta en IAE durante todo el proceso de tramitación de la solicitud de subvención, se encuentren al corriente de sus obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y tributarias con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, y cumplan con los requisitos de pequeña empresa en el momento de presentación de la solicitud (menos de 50 empleados, su facturación anual no excede de los 50 millones de euros y su balance general es inferior a los 10 millones de euros.
Quedan expresamente excluidas las Sociedades Públicas y Entidades de Derecho Público, así como, las entidades sin ánimo de lucro y las que realicen actividades asociativas o profesionales (asociaciones, colegios profesionales,etc.

Segundo. Objeto.
Establecer las condiciones que regirán la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia simple, dirigidas a generar empleo en el sector de la producción y distribución de producto ecológico agrario en Vitoria-Gasteiz.
Las acciones y gastos subvencionables se dividen en dos líneas:
1. Contratación de personas para la realización de labores agrícolas, a tiempo completo o parcial (como mínimo el 50% de la jornada) y con una duración mínima del contrato de 3 meses, para la realización de actividades agrícolas, en centros de trabajo del municipio de Vitoria-Gasteiz por empresas inscritas en el REA. El tiempo máximo subvencionable por contrato será de seis meses. Y serán subvencionables los contratos que se firmen entre el 1 de septiembre de 2024 y el 15 de diciembre de 2025, ambos inclusive (salarios y cuota empresarial de la Seguridad Social).
El número de ayudas queda limitado a 3 contratos por empresa/entidad.
2. Inversiones (para empresas que trabajan bajo el modelo de producción ecológica o empresas que operan en convencional y hayan iniciado el proceso para reconvertir su producción del modelo convencional al ecológico), que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y correspondan al período comprendido entre el 1 de septiembre de 2024 y el 15 de diciembre de 2025, ambos inclusive, en los siguientes conceptos: compra de maquinaria, apero de labranza y herramientas agrícolas, incluidos sus accesorios; habilitación de instalaciones necesarias para producción ecológica y acondicionamiento de fincas (invernaderos, almacenes, pastor eléctrico, balsas, vallado, etc.); implementación de sistemas de riego eficientes y automatización de los mismos; incorporación de tecnologías agrícolas innovadoras (sensores, drones, agricultura de precisión, etc.); compra de herramientas digitales y programas específicos relacionados con la actividad de las explotaciones agrarias para la gestión de la empresa, control de la producción, comercialización, etc. ; compra o alquiler de terrenos o edificios agropecuarios para la explotación agraria; proyectos de investigación relacionados con nuevas técnicas de cultivo agroecológico; gastos de formación y capacitación (matrículas de cursos sobre prácticas agroecológicas, técnicas regenerativas y certificación ecológica y/o formación en gestión empresarial, marketing y comercialización de productos agroecológicos,...); gastos de asesoramiento tanto en gestión como producción para cumplir normativas relacionadas con la producción agroecológica; gastos derivados de la constitución de una empresa agroecológica (asesoramiento para elaborar el plan de negocio, gastos de constitución y notaría,...) y asesoramiento en la creación de cooperativas agroecológicas y en la creación de redes de colaboración entre negocios agroecológicos y consumidores/as; cuotas de cotización en el sistema especial para autónomos agrarios de la seguridad social (SETA): 100,00 € por autónomo/a y mes, hasta un máximo de 1.200,00 €; adquisición de animales para la puesta en marcha del proyecto; gastos de participación en mercados locales, ferias y eventos promocionales (a excepción de las tasas municipales), creación de canales de comercialización directa, tanto offline como online (plataformas de venta), diseño de estrategias de marketing y branding de productos agroecológicos; gastos de certificación por parte de entidades acreditadas; gestiones de sucesión de explotaciones agrícolas; suscripción de seguros agrarios.

Tercero. Bases.
El Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en su sesión ordinaria de 21 de abril de 2023, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, que finalmente fue publicada en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA, número 88, viernes, 28 de julio de 2023), y entró en vigor el 1 de octubre de 2023. Dicha Ordenanza tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras generales del procedimiento de concesión de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
La Junta de Gobierno Local con fecha 27 de junio de 2025 aprobó las bases de la convocatoria de las Ayudas dirigidas a fomentar la generación de empleo en el sector de la producción y distribución del producto ecológico agrario en el término municipal de Vitoria-Gasteiz, año 2025.
Ambas pueden consultarse a través de la página web municipal www.vitoria-gasteiz.org y en las oficinas de Atención Ciudadana.

Cuarto. Cuantía.
La dotación económica de esta convocatoria es de 140.000,00 euros, con cargo al saldo disponible en la partida 0821.4314.47141 denominada "Plan Empleo Sectores Emergentes Agricultura Ecológica", del Presupuesto municipal aprobado para el año 2025.
El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia simple.
Sólo se tramitará un expediente de ayuda por empresa y año.
Los proyectos presentados deberán tener una inversión subvencionable mínima de 1.500,00 €.
El porcentaje de la subvención será del 80% del gasto incurrido, estableciéndose el máximo por empresa, en cada una de las líneas, en 9.000,00 € (máximo total por empresa 18.000,00 €).
Únicamente se considerarán subvencionables los importes cuyo pago esté correctamente justificado antes del 15 de julio del 2026, incluido.


Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el día siguiente de la publicación de las bases en el BOTHA, y finalizará el 15 de diciembre de 2025 (inclusive).

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 22/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 27 de junio de 2025, por la que se aprueba la convocatoria y bases de las Ayudas dirigidas a fomentar la generación de empleo en el sector de la producción y distribución del producto ecológico agrario en el término municipal de Vitoria-Gasteiz, año 2025.Publicado 08/08/2025Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz