Plazo no verificadoBDNS 849478
Resolución de 30 de julio 2025 del Director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se convocan las ayudas al sector vitivinícola de la C.V. para la promoción y comunicación en mercados de terceros países recogidas
AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · AGENCIA VALENCIANA DE FOMENTO Y GARANTÍA AGRARIA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:40 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 05/08/2025
- Fin de solicitudes
- 12/09/2025
- Registro en BDNS
- 31/07/2025
- Publicación en diario oficial
- 04/08/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (identif.):
Apreciados errores materiales en la publicación en el DOGV núm. 10165/04.08.2025 del EXTRACTO de la Resolución de 30 de julio de 2025, de la Dirección, por la que se convocan las ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción y comunicación en mercados de terceros países, recogidas en la intervención sectorial vitivinícola, debe procederse a su correcta publicación en los siguientes términos,
1/. En el título
Donde dice:
«EXTRACTO de la Resolución de 30 de julio de 2025, de la Dirección, por la que se convocan las ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción y comunicación en mercados de terceros países, recogidas en la intervención sectorial vitivinícola.»
Debe decir:
«EXTRACTO de la RESOLUCIÓN de 30 de julio 2025, de la Dirección, por la cual se convocan para 2026 las ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para las actividades de promoción y comunicación en terceros países, recogidas en la intervención sectorial vitivinícola (ISV).»
2/. En el apartado Quinto
Donde dice:
«El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y concluirá el 13 de septiembre de 2025.»
Debe decir:
«El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y concluirá el 12 de septiembre de 2025.»
BDNS (identif.):
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/xxxxxxxx
Primero. Beneficiarias
Podrán solicitar las ayudas las empresas y entidades indicadas en el artículo 60 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, que tengan su domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.
Segundo. Finalidad
Ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción en mercados de terceros países, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. El ámbito, tipos de acciones y duración de los programas, tipos de beneficiarios, productos y países admisibles, así como los criterios de admisibilidad de los programas, características de las acciones y programas auxiliables, serán los establecidos en los artículos 55 a 65 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre.
Tercero. Bases reguladoras
Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre (BOE 257 de 26.10.2022)
Cuarto. Importe
Las ayudas reguladas en la presente convocatoria estarán financiadas por el FEAGA al 100 %, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, para las ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción y comunicación en mercados de terceros países recogidas en la Intervención Sectorial Vitivinícola. La cuantía global máxima definitiva de la convocatoria se aprobará y publicará una vez conocido el reparto de fondos que se efectúe en la correspondiente Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y concluirá el 13 de septiembre de 2025.
Apreciados errores materiales en la publicación en el DOGV núm. 10165/04.08.2025 del EXTRACTO de la Resolución de 30 de julio de 2025, de la Dirección, por la que se convocan las ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción y comunicación en mercados de terceros países, recogidas en la intervención sectorial vitivinícola, debe procederse a su correcta publicación en los siguientes términos,
1/. En el título
Donde dice:
«EXTRACTO de la Resolución de 30 de julio de 2025, de la Dirección, por la que se convocan las ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción y comunicación en mercados de terceros países, recogidas en la intervención sectorial vitivinícola.»
Debe decir:
«EXTRACTO de la RESOLUCIÓN de 30 de julio 2025, de la Dirección, por la cual se convocan para 2026 las ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para las actividades de promoción y comunicación en terceros países, recogidas en la intervención sectorial vitivinícola (ISV).»
2/. En el apartado Quinto
Donde dice:
«El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y concluirá el 13 de septiembre de 2025.»
Debe decir:
«El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y concluirá el 12 de septiembre de 2025.»
BDNS (identif.):
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/xxxxxxxx
Primero. Beneficiarias
Podrán solicitar las ayudas las empresas y entidades indicadas en el artículo 60 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, que tengan su domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.
Segundo. Finalidad
Ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción en mercados de terceros países, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. El ámbito, tipos de acciones y duración de los programas, tipos de beneficiarios, productos y países admisibles, así como los criterios de admisibilidad de los programas, características de las acciones y programas auxiliables, serán los establecidos en los artículos 55 a 65 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre.
Tercero. Bases reguladoras
Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre (BOE 257 de 26.10.2022)
Cuarto. Importe
Las ayudas reguladas en la presente convocatoria estarán financiadas por el FEAGA al 100 %, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, para las ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción y comunicación en mercados de terceros países recogidas en la Intervención Sectorial Vitivinícola. La cuantía global máxima definitiva de la convocatoria se aprobará y publicará una vez conocido el reparto de fondos que se efectúe en la correspondiente Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y concluirá el 13 de septiembre de 2025.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 25/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 25/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSCORRECCIÓN de errores en la publicación del extracto de la Resolución de 30 de julio de 2025, de la Dirección, por la que se convocan las ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción y comunicación en mercados de terceros países, recogidas en la intervención sectorial vitivinícola.Publicado 02/10/2025Extracto de la Resolución de 30 de julio de 2025, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se convocan las ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción y comunicación en mercados de terceros países recogidas en la Intervención Sectorial Vitivinícola.Publicado 04/08/2025Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola ComúnInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.