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Plazo no verificadoBDNS 849511

CONVOC.EQUIPAMIENTO ESPACIOS CULTURALES 2025

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LEÓN · INSTITUTO LEONES DE CULTURA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 02:40 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES413 - León

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
31/07/2025
Publicación en diario oficial
04/08/2025

Texto oficial de apertura: DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOP

Texto oficial de cierre: 20 días hábiles a partir del siguiente a la publicación del extracto en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

La convocatoria completa se podrá consultar en la página web del Instituto Leonés de Cultura:https://www.institutoleonesdecultura.es/convocatorias/Primero.- BeneficiariosPodrán obtener la condición de beneficiarios de la presente convocatoria todos los ayuntamientos y juntas vecinales que sean titulares o cesionarios, por un plazo superior a 20 años, de bienes inmuebles susceptibles de acogerse a esta convocatoria, ubicados todos ellos en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de León, que reúnan los requisitos establecidos en la Base 3.ª de las BGS y no se encuentren incursos en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.Segundo.- ObjetoEl objeto de las subvenciones reguladas en las presentes bases es la financiación de los gastos de capital correspondientes a la adquisición de equipamiento de naturaleza inventariable destinado a espacios culturales cuya propiedad corresponda a entidades locales.Se consideran inventariables aquellos bienes directamente relacionados con los fines generales de las entidades beneficiarias, que tengan un período de utilización superior al ejercicio y la posibilidad de identificación individual, para su inclusión en el inventario de bienes de aquellas.Los espacios a los que se destinen los equipamientos deberán ser de uso común de los vecinos, exceptuando todos aquellos que tengan la consideración de bares, restaurantes o negocios análogos, primándose los aspectos sociales, culturales y de acceso público.Se excluye el equipamiento de inmuebles declarados Bien de Interés Cultural o sobre los que se haya incoado el correspondiente expediente para su declaración o enclavados en otro bien que lo sea.Tercero.- Régimen jurídico? Bases Generales Reguladoras de la concesión de subvenciones, aprobadas por acuerdo del Pleno de la Diputación de León de fecha 27 de febrero de 2008, publicadas en el BOP n.º 45/2008, de 5 de marzo.? Ordenanza General de Subvenciones en redacción aprobada por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de León el día 27 de julio de 2022, y publicada en el BOP n.º 206 de 27 de octubre de 2022.Cuarto.- CuantíaTotal: 200.000,00 ⿬.La subvención no superará el 80% de la inversión total realizada, y, en todo caso, podrá alcanzar un importe máximo de 5.000 ⿬ por entidad local. El beneficiario deberá justificar la totalidad del presupuesto presentado para la percepción de la subvención que se conceda.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudesVeinte días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de León por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.Sexto.- Otros datos de interésPlazo de ejecución: 1 de diciembre de 2024 hasta el 15 de noviembre de 2025.Gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables aquEllos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido. Se entienden incluidos entre los gastos subvencionables los siguientes:? Realización de inversiones relacionadas con nuevas tecnologías (equipamiento informático, infraestructura para acceso a internet).? Realización de inversiones relacionadas con las artes escénicas (escenario, maquinaria escénica, equipamiento modular, paneles, tarimas y similares).? Realización de inversiones relacionadas con iluminación y sonido (procesadores de sonido, microfonía, altavoces, sistemas de monitorización de sonido y similares).? Realización de inversiones relacionadas con el equipamiento audiovisual (equipamientos de imagen, accesorios e infraestructura audiovisual y similares).? La adquisición o renovación de mobiliario para archivos y bibliotecas.? La adquisición o renovación del equipamiento general de locales de uso cultural.? Gastos de envío, con un máximo de 250 ⿬ y del 5% del importe total de los gastos subvencionables.No serán gastos subvencionables:? Los gastos relativos a la adquisición o construcción de nuevos locales. ? Gastos relativos a reforma o adaptación de edificios que impliquen cualquier tipo de intervención.? Los gastos relativos a material consumible no inventariable, entendiendo por tal aquel con una duración estimada inferior a un año o de carácter reiterativo, (cartuchos impresoras, bombillas, etc.).? Los gastos derivados de cualquier tipo de tributo, excepto el impuesto sobre el valor añadido no recuperable.? Electrodomésticos.Subcontratación: El beneficiario podrá subcontratar con terceros la actividad subvencionada en un porcentaje que podrá alcanzar el 100%, previo cumplimiento de las condiciones que se establecen en el artículo 29 de la LGS.Criterios de valoración: La subvención se adjudicará teniendo en cuenta los siguientes criterios y su ponderación:1. Número de habitantes de la entidad local solicitante de la subvención, según cifras oficiales de población resultantes de la revisión del Padrón Municipal a 1 de enero de 2024, conforme al detalle siguiente hasta un máximo de 10 puntos:a).- Municipios hasta 500 habitantes 10 puntosb).- Municipios entre 501 y 1.000 habitantes 8 puntosc).- Municipios entre 1.001 y 2.000 habitantes 6 puntosd).- Municipios entre 2.001 y 5.000 habitantes 4 puntose).- Municipios entre 5.001 y 10.000 habitantes 2 puntosf).- Municipios de más de 10.000 habitantes 0 puntos2. Tipología de la instalación cultural para la que se pretende el equipamiento, hasta 5 puntos:- Edificios destinados a biblioteca, archivo o sala de exposiciones: 5 puntos.- Otras instalaciones culturales, destinados al uso común de los vecinos: 3 puntos3. Accesibilidad del inmueble al que se destine el equipamiento; se otorgarán 5 puntos si el edificio es accesible para personas con discapacidad.El importe de la subvención a conceder, con los límites fijados en la base sexta (80% de la inversión total realizada, y, en todo caso, 5.000 ⿬ por entidad local), será directamente proporcional a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración establecidos.Reformulación: En el plazo de DIEZ (10) DÍAS hábiles los solicitantes para los que se haya propuesto provisionalmente concesión de subvención, podrán (según modelo normalizado del ANEXO III) aceptar la subvención (manteniendo el presupuesto presentado inicialmente), renunciar a la misma o proceder a la reformulación de su solicitud para adaptarla a la cuantía propuesta (el presupuesto debe ascender al menos al importe mínimo del 125% de la subvención), respetando el objeto, condiciones, finalidad de la subvención y criterios de valoración establecidos (no puede dar lugar a una puntuación menor de la obtenida inicialmente), incluyendo en este caso informe explicativo de los cambios introducidos, con indicación del equipamiento elegido.En caso de que no se proceda a la aceptación formal, a la renuncia o a la reformulación, se entenderá aceptada la subvención incluida en la propuesta de resolución provisional.Compatibilidad con otras subvenciones: Sí.Solicitudes: Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario de la Sede Electrónica del ILC (https://sede.institutoleonesdecultura.es/) mediante el trámite relativo a la presente convocatoria localizado en "Trámites destacados" o, de no encontrarse allí, accediendo a "Catálogo de trámites", debiéndose seleccionar el ámbito y área según corresponda:? Para ayuntamientos: Ámbito: ?Servicios relacionados con ayuntamientos". ? Para juntas vecinales: Ámbito: ?Servicios relacionados con juntas vecinales". Los anexos y resto de documentación relacionada con la convocatoria se podrán descargar en el siguiente enlace a la Web del ILC:https://ilc-dipuleon.es/convocatorias/Documentación: La prevista en la base octava de la convocatoria.Forma de justificación: Mediante la presentación de la documentación prevista en la base décima de la convocatoria.Plazo máximo de justificación: 15 de diciembre de 2025.Forma de pago: Se efectuará una vez justificada la realización del gasto y acreditados los requisitos señalados en el art. 18 de la Ordenanza General de Subvenciones y en la Base 5ª de las BGS.

Bases y documentación

Anexo I_Acreditación_Propiedad_ Equipamiento Espacios Culturales 25Publicado 04/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo II_Descripción_Inversión_Equipamiento Espacios Culturales 25Publicado 04/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo III_Aceptación_renuncia_reformulación_Equipamiento Espacios Culturales 25Publicado 04/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IV_Solicitud_anticipo_Equipamiento Espacios Culturales 25Publicado 04/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo V_Solicitud_abono_Equipamiento Espacios Culturales 25Publicado 04/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSFormulario_WEB_Mejora_Espacios_Culturales_25Publicado 04/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo VII_Medidas_difusión_Equipamiento Espacios Culturales 25Publicado 04/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSGuía_Comprensión_Fácil_Equipamiento Espacios Culturales 25Publicado 04/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSModelo_cartel_Equipamiento Espacios Culturales 25Publicado 04/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSAmpliación de plazosPublicado 04/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo VI_Memoria_Económica_Equipamiento Espacios Culturales 25Publicado 04/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 04/12/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DEL ACUERDO DEL CONSEJO RECTOR DEL INSTITUTO LEONÉS DE CULTURA DE 24 DE JUNIO DE 2025, POR EL QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA CON DESTINO A EQUIPAMIENTO DE ESPACIOS CULTURALES 2025.Publicado 04/08/2025ORD. GNRAL. DE SUBVENCIONES. CONCURRENCIA COMPETITIVA 2022