Ayudas 2025 a la natalidad a familias residentes en Extremadura por Decreto 81/2025, de 15 de julio, que las regula y se aprueba la primera convocatoria.
AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INFANCIA Y FAMILIA
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/10/2025
Registro en BDNS
01/08/2025
Publicación en diario oficial
06/08/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a publicación de la convocatoria en el DOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 16.q) de laLey 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma deExtremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presenteDiario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).Primero. Beneficiarias.Podrán acceder a las ayudas las personas físicas que cumplan losrequisitos del artículo 2 del decreto regulador de estas ayudas, siempreque el nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o situaciónequivalente en caso de adopción internacional haya tenido lugar entre el1 de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025, ambos inclusive.Excepcionalmente, para esta convocatoria 2025, también podrán serbeneficiarias las personas que, conforme a la disposición adicionalprimera y segunda del decreto regulador de estas ayudas, quedaronexcluidas en la convocatoria 2024 por el criterio económico o deresidencia, siempre que el nacimiento, la adopción, la guarda con finesde adopción o situación equivalente en caso de adopción internacionalhubiera tenido lugar entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de agosto de2024, ambos inclusive.Segundo. Objeto y finalidad.La concesión de ayudas por natalidad, correspondiente al año 2025, porel procedimiento de concesión directa y convocatoria pública abierta, aotorgar a las familias residentes en la Comunidad Autónoma deExtremadura por el nacimiento, la adopción, la guarda con fines deadopción o situación equivalente en caso de adopción internacional, ennúcleos de población con menos de 3.000 habitantes.Tercero. Bases reguladoras.Decreto 81/2025, de 15 de julio, por el que se establecen las basesreguladoras de las ayudas por natalidad a otorgar a familias residentesen la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primeraconvocatoria para el año 2025 (DOE núm. __ de ______).Cuarto. Cuantía.La cuantía total máxima de la convocatoria de ayudas por natalidad seráde 1.000.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria110030000/G/252A/48000, Fondo CAG000001, código de proyecto 20240336, delos Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura parael año 2025.