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Plazo no verificadoBDNS 849834

Ayudas dirigidas al desarrollo de proyectos de descarbonización 2025

LOCAL · VITORIA-GASTEIZ · AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 22:33 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES211 - Araba/Álava

Finalidad

Industria y Energía

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
07/08/2025
Fin de solicitudes
15/10/2025
Registro en BDNS
01/08/2025
Publicación en diario oficial
11/08/2025

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de la publicación en BOTHA

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, y en la Página Web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz http://www.vitoria-gasteiz.org
Primero. Beneficiarios.
Empresas privadas que ejerciendo una actividad mercantil, cualquiera que sea su forma jurídica, tengan su domicilio social y fiscal en Vitoria-Gasteiz y/o desarrollen directamente las actividades subvencionables en un centro sito en el municipio de Vitoria-Gasteiz. Al mismo tiempo, se hallen validamente constituidas antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, mantengan vigente su alta en IAE durante todo el proceso de tramitación de la solicitud de subvención, se encuentren al corriente de sus obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y tributarias con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, y cumplan con los requisitos de pequeña y mediana empresa en el momento de presentación de la solicitud (menos de 250 empleados, su facturación anual no excede de los 50 millones de euros y su balance general es inferior a los 43 millones de euros.
Como requisito imprescindible para acceder a la ayuda, en las actuaciones incluidas en los apartados A1, A2 y A3, deberá justificarse una reducción mínima estimada del 10% en el consumo energético total (kWh) de la empresa con respecto al registrado durante el ejercicio 2024. Dicha reducción deberá acreditarse mediante un documento emitido por la empresa proveedora que justifique de forma clara, detallada y cuantificable el ahorro energético previsto tras la implementación de la medida subvencionada. Y en la actuación contemplada en el apartado C1, deberá presentarse un presupuesto aprobado por la empresa relativo a la instalación fotovoltaica que se proyecta instalar en la cubierta objeto de desamiantado.
Quedan expresamente excluidas las Sociedades Públicas y Entidades de Derecho Público, así como, las entidades sin ánimo de lucro y las que realicen actividades asociativas o profesionales (asociaciones, colegios profesionales, etc. Así mismo, quedan excluidas las empresas cuya actividad principal sea la generación o distribución de energía eléctrica o térmica, las empresas de servicios energéticos cuya actividad principal consiste en ofrecer soluciones para el ahorro y eficiencia energética a otras empresas o instituciones y las empresas que se dediquen a la fabricación, comercialización o financiación de armas y material militar.

Segundo. Objeto.
Establecer las condiciones que regirán la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la implantación de actuaciones de descarbonización por parte de empresas de Vitoria-Gasteiz.
Las acciones subvencionables se agrupan en cuatro grandes ejes: reducción del consumo energético, gestión y reducción de la huella de carbono, transición energética mediante la sustitución de fuentes fósiles por energías renovables y la implantación de SBNs como contribución a la adaptación y mitigación al cambio climático.
A) Reducción del consumo: reducir el consumo energético asociado a la actividad industrial, ya sea mediante la mejora de los procesos productivos, la sustitución de equipos por otros más eficientes, la optimización de la gestión energética o la formación del personal técnico.
Las actuaciones subvencionables en este bloque son las siguientes:
A.1. Sustitución de maquinaria
A.2 Sistemas de recuperación de calor
A.3 Acondicionamiento térmico del edificio
A.4 Sistemas de optimización energética
A.5 Gestión energética ISO 50001
A.6 Formación técnica de personal
B. Huella de carbono: identificar y reducir tanto emisiones directas, como indirectas asociadas a la actividad industrial.
Las actuaciones subvencionables en este bloque son las siguientes:
B.1 Cálculo de Huella de Carbono de alcance 3
B.2 Eliminación o sustitución de gases fluorados por alternativas más sostenibles
C. Transición energética: reducir el uso de combustibles fósiles en la industria local, apostando por fuentes de energía renovables.
Las actuaciones subvencionables en este bloque son las siguientes:
C.1 Retirada de cubierta con amianto
C.2 Sustitución de equipos de climatización
C.3 Instalación de parkings solares con puntos de recarga
C.4 Integración de energías renovables en procesos térmicos
D. Implantación de SbN (Soluciones Basadas en la Naturaleza): implantación y mantenimiento de soluciones basadas en la naturaleza que, además de contribuir a la adaptación y mitigación del cambio climático, generan importantes beneficios ecosistémicos y sociales.
Las actuaciones subvencionables en este bloque son las siguientes:
D.1 Instalación de cubiertas vegetales
D.2 Instalación de parkings permeables con SUDS
D.3 Instalación de cerramientos naturales
D.4 Estudios previos de viabilidad para SBN

Tercero. Bases.
El Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en su sesión ordinaria de 21 de abril de 2023, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, que finalmente fue publicada en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA, número 88, viernes, 28 de julio de 2023), y entró en vigor el 1 de octubre de 2023. Dicha Ordenanza tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras generales del procedimiento de concesión de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
La Junta de Gobierno Local con fecha 4 de julio de 2025 aprobó las bases de la convocatoria de las Ayudas dirigidas al desarrollo de proyectos de descarbonización durante el año 2025.
Ambas pueden consultarse a través de la página web municipal www.vitoria-gasteiz.org y en las oficinas de Atención Ciudadana.

Cuarto. Cuantía.
La dotación económica de esta convocatoria es de 400.000,00 euros, con cargo al saldo disponible en la partida 0821.4331.47142 denominada Ayudas empresas descarbonización y sostenibilidad, del Presupuesto municipal aprobado para el año 2025.
El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, de modo que se realizará una comparación de los proyectos presentados, a fin de establecer una prelación entre los mismos, de acuerdo con los criterios de valoración fijados en la Base nº 15.
La subvención será del 65 % de los gastos subvencionables (indicados en la Base nº 3), para los proyectos con mayor puntuación; del 35 % para aquellos con la puntuación mínima de 30 puntos, y un porcentaje intermedio en proporción lineal para aquellos proyectos con puntuaciones intermedias. En todo caso, el importe máximo de la subvención será de 40.000,00 €.
Los proyectos presentados deberán tener una inversión subvencionable mínima de 6.000 euros (iva no incluido)
Las subvenciones se otorgarán siguiendo el orden establecido según dicha puntuación total hasta que se agote el crédito presupuestario disponible.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el día siguiente de la publicación de las bases en el BOTHA, y finalizará el 15 de octubre de 2025 (inclusive).

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 22/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 4 de julio de 2025, por la que se aprueba la convocatoria y bases de las Ayudas dirigidas al desarrollo de proyectos de descarbonización durante el año 2025.Publicado 11/08/2025Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz