Plazo no verificadoBDNS 850229
SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL AÑO 2025
LOCAL · CAMPONARAYA · AYUNTAMIENTO DE CAMPONARAYA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 22:42 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES413 - León
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 05/08/2025
- Publicación en diario oficial
- 06/08/2025
Texto oficial de apertura: Un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP de León
Texto oficial de cierre: Un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP de León
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto del Acuerdo de Junta de gobierno local de fecha 17 de julio de 2025 por la que se convocan SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL AÑO 2025, por el procedimiento de concurrencia competitiva. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero. Beneficiarios. Podrán solicitar esta subvención todas las asociaciones, clubes y grupos sin ánimo de lucro, con domicilio social y que realicen sus actividades en el municipio de Camponaraya. Deberán estar constituidas de acuerdo con la legislación vigente y estar inscritas en los registros correspondientes. Tendrán como fines debidamente acreditados en sus estatutos, la realización de actividades culturales, educativas o deportivas. Los clubes o asociaciones subvencionables deberán estar inscritos en el registro de asociaciones del Ayuntamiento de Camponaraya. Segundo. Objeto. Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades: — Deportes: destinadas a sufragar gastos de actividades deportivas que organizan las Asociaciones Deportivas, Federaciones de Camponaraya.— Cultura: subvencionar espectáculos de los diversos estilos musicales, artes plásticas, teatro, imagen, cultura tradicional, encuentros, cursos, seminarios y otras actividades y proyectos culturales.— Educación: actividades deportivas y culturales en materia de educación. Tercero. Bases reguladoras. Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones se aprobaron en sesión de la Junta de Gobierno Local celebrada en fecha 02/07/2025, y se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de León n.º 128 de fecha 09/07/2025. Cuarto. Cuantía de la ayuda. Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 330.480.03, y la cuantía no podrá superar la cantidad de 3.000 euros, de forma individual y la cuantía total de 6.300 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. La fecha límite de resolución será dentro de los seis meses siguientes, notificándose/publicándose la misma. En la solicitud deberá incluirse memoria justificativa de la actividad a subvencionar, relación de ingresos y gastos realizados durante el año anterior, estatutos de la sociedad. Sexto. Otros datos. Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes: — Memoria explicativa de la actividad realizada y relación de gastos e ingresos.— Facturas justificativas del gasto o copias compulsadas.— Declaración acreditativa de que se ha cumplido la finalidad para la que se concedió la subvención.— Certificados acreditativos o declaración responsable de que el beneficiario se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento serán los siguientes: La instrucción del procedimiento la llevará a cabo el Delegado del área correspondiente (Concejalía de cultura, Deportes, Servicios Sociales y Mujer y Mayores), la resolución de la misma será de la Junta de Gobierno Local. En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o emitidos.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 05/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL AÑO 2025Publicado 06/08/2025BASES PARA LA CONCESIÓN POR EL AYUNTAMIENTO DE CAMPONARAYA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL AÑO 2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.