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Plazo no verificadoBDNS 850344

CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ALQUILER PARA LA LOCALIZACIÓN EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ALCALÁ LA REAL DE NUEVAS INICIATIVAS EMPRESARIALES/ PROFESIONALES DURANTE EL PERIODO 2024 Y 2025, GENERADORAS DE EMPLEO

LOCAL · ALCALÁ LA REAL · AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ LA REAL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 22:43 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES616 - Jaén

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
11/08/2025
Fin de solicitudes
30/09/2025
Registro en BDNS
05/08/2025
Publicación en diario oficial
08/08/2025

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación del extracto de convocatoria en el BOP de Jaén

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

ANUNCIODon Antonio Marino Aguilera Peñalver, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá la Real (Jaén).Hace saber:Que en virtud del Decreto de Alcaldía-Presidencia n.º 4431 de fecha 27 de noviembre de 2025, se ha dictado resolución de ampliación de crédito de ayudas al alquiler para la localización en el término municipal de Alcalá la Real, de nuevas iniciativas empresariales/ profesionales durante el periodo 2024 y 2025, generadoras de empleo, cuyo tenor literal es el siguiente:“Dentro de la política municipal de fomento del desarrollo económico y social de Alcalá la Real, el Plan de Apoyo a empresas 2025 ha sido diseñado para incentivar la creación de nuevas empresas, la generación de empleo y la creación de valor añadido en el municipio. En este marco, se han puesto en marcha diversas líneas de subvenciones, con el objetivo de atraer nuevas iniciativas empresariales y revitalizar el tejido empresarial local. Las ayudas se enmarcan en el Plan de Apoyo a empresas 2025.Visto que por Decreto de Alcaldía 2025/2887, de 05 de agosto, se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la CONCESIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE AYUDAS AL ALQUILER PARA LA LOCALIZACIÓN EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ALCALÁ LA REAL DE NUEVAS INICIATIVAS EMPRESARIALES/ PROFESIONALES DURANTE EL PERIODO 2024 Y 2025 (Expte 4441/2025 siendo publicadas en el BOP de Jaén nº 151 de 08 de agosto (BDNS 850344).                La mencionada resolución, incluye las bases reguladoras cuyo artículo 10 establecen que la asignación presupuestaria para las ayudas reguladas en las presentes Bases será de un importe global máximo de treinta mil euros (30.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 433 47900. denominada Subvención alquiler e internacionalización empresas del Presupuesto de Gastos de 2025.En caso de que existan más solicitudes que presupuesto se podrá ampliar la partida presupuestaria.Visto que por Decreto de Alcaldía 2025/4343, de 24 de noviembre, Expte 9515/2025, se aprueba modificación de crédito por importe total de 7.223,42€.Visto el informe del técnico de Técnico Gestión Económica en el que se concluye que se dan los requisitos previstos en el Art. 58 del R.D. 887/2006, RGS, y que las Bases que regulan la convocatoria contemplan la ampliación del crédito.Visto el informe de fiscalización emitido por la Intervención con resultado favorable con observaciones.De acuerdo con los antecedentes y consideraciones expuestas, en virtud de lo establecido en el art. 21.1.s de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 4.2 de la vigente Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alcalá la Real,RESUELVOPRIMERO. Declarar la disponibilidad de crédito por importe de 37.223,42€, para la convocatoria de CONCESIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE AYUDAS AL ALQUILER PARA LA LOCALIZACIÓN EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ALCALÁ LA REAL DE NUEVAS INICIATIVAS EMPRESARIALES/ PROFESIONALES DURANTE EL PERIODO 2024 Y 2025 (Expte 4441/2025), correspondientes a las aplicaciones presupuestarias siguientes del ejercicio presupuestario 2025:Aplicación Presupuestaria  433 47900 “Subvención Alquiler e internacionalización de empresas”Importe: 57.223,42 €.SEGUNDO. Autorizar el gasto previsto como cuantía adicional de 7.223,42€ euros incluida en el Decreto de Alcaldía 2025/2887, de 05 de agosto, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria anterior.TERCERO. De conformidad con lo previsto en el artículo 58. 5 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, dar cuenta a la BDNS y ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.Así lo mandó y firma Alcaldía y por la Secretaria para hacer constar que toma razón del mismo a los solos efectos de dar fe pública y su incorporación al Libro oficial de Resoluciones”.Lo que se hace público para general conocimiento."       

Extracto de del Decreto nº 2887 de fecha 4 de agosto 2025 de Alcaldía-Presidencia, por el que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de ayudas, régimen de concurrencia competitiva, de ayudas al alquiler para la localización en el término municipal de Alcalá la Real de nuevas iniciativas empresariales/ profesionales durante el periodo 2024 y 2025, generadoras de empleo (Expte. 4441/2025)PRIMERO.- BeneficiariosPodrán ser beneficiarios de las subvenciones con cargo a la presente convocatoria, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidas en las presentes Bases, las personas físicas o jurídicas que reúnan las siguientes condiciones:- Las empresas de nueva creación, y aquellas ya existentes que amplíen su objeto social a nuevas actividades.- Los autónomos que inicien su actividad.- La nueva empresa, o nueva actividad puesta en marcha por una empresa existente, necesariamente conllevará la creación de, como mínimo un empleo a jornada completa y durante todo el año, no computando como empleo creado el titular del negocio para el caso de que se trate de alquiler de naves industriales, requisito este último no exigible para el caso de que se trate del alquiler de locales comerciales en el casco urbano de Alcalá la Real y sus aldeas que será suficiente con la creación de empleo del titular del negocio.Quedan EXCLUIDAS como beneficiarias:a) Las entidades de capital público y las administraciones públicas.b) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.c) Los traslados del centro histórico o aldeas a otro lugar que conlleven cierre del primer establecimiento (que no sean aperturas de segundos o sucesivos establecimientos).SEGUNDO.- FinalidadEstas subvenciones tienen por objeto bonificar los costes del alquiler del inmueble de las empresas y/o autónomos que inicien una actividad en el término municipal Alcalá la Real y siempre que conlleve la creación de empleo y tenga por finalidad:1.- El inicio de una nueva actividad empresarial o profesional en un local comercial o nave industrial por parte de empresas y/o profesionales ya existentes.2.- La instalación de nuevas empresas o profesionales.El alquiler tendrá por objeto inmuebles ubicados en el núcleo urbano de Alcalá la Real y sus aldeas o en naves industriales de los polígonos industriales del término municipal de Alcalá la Real.TERCERO.- Bases reguladorasLas bases aplicables a la presente convocatoria aparecen en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá la Real https://alcalalareal.sedelectronica.es/ , en su página web https://alcalalareal.es/  y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el enlace https://alcalalareal.sedelectronica.es/doc/56KNSPRQL3MX4Y69N63JQJ3X3/.13CUARTO.- CuantíaLa asignación presupuestaria para las ayudas reguladas en las presentes Bases será de un importe global máximo de treinta mil euros (30.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 433 47900. denominada Subvención alquiler e internacionalización empresas del Presupuesto de Gastos de 2025.En caso de que existan más solicitudes que presupuesto se podrá ampliar la partida presupuestaria.La cuantía máxima de la subvención que puede otorgarse a cada solicitante, dentro de la cuantía convocada, se establece en función del coste de alquiler del inmueble y se establecen dos categorías:1.       Naves Industriales.El límite máximo de la subvención por empresa será de 1,00 €/m² con un tope de metros cuadrados para esta categoría de 500 m² y durante 6 meses como máximo independientemente de la fecha de inicio del contrato que siempre deberá estar comprendida entre el 1 de octubre de 2024 y hasta el 30 de septiembre de 2025. Importe máximo de la ayuda 3.000 €.2.       Locales Comerciales.Solo se admiten locales comerciales en el casco urbano de Alcalá la Real y sus aldeas.Se establece la cantidad fija de 7,50€/m² con el tope de 375€/mes por empresa/ autónomo y durante 6 meses como máximo, en el caso de locales comerciales, Importe máximo de la ayuda 2.250€, independientemente de la fecha de inicio del contrato que siempre deberá estar comprendida entre el 1 de octubre de 2024 y hasta el 30 de septiembre de 2025.QUINTO.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes.La solicitud de subvención se efectuará mediante el modelo normalizado que se adjunta en el ANEXO I, que se podrá descargar de la página web del Ayuntamiento de Alcalá la Real: www.alcalalareal.es.Lugar de presentación: El ANEXO I de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con la documentación justificativa requerida, será presentada a través de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento https://alcalalareal.sedelectronica.es/El plazo de presentación de la solicitud y documentación: hasta el día 30 de septiembre de 2025, inclusive, que se contarán a partir del día siguiente al de publicación del extracto de convocatoria en el BOP de Jaén.SEXTO. Otros datos de interés.Será requisito tener un inmueble alquilado afecto a la actividad. Dicho inmueble donde se realice la actividad (oficina, bajo, local, nave, etc.) debe estar ubicado en el término municipal de Alcalá la Real.En el caso del alquiler de naves industriales, se deberá mantener la actividad durante un periodo mínimo de dos años desde el momento del alta en la seguridad social o del alta censal de la actividad. Igualmente, el empleo deberá mantenerse durante esos dos años desde la fecha de su contratación, que se prolongará en el caso de una contratación escalonada en el tiempo hasta que lleve dos años el trabajador contratado como mínimo. El ayuntamiento podrá hacer las comprobaciones oportunas y solicitar la documentación necesaria para justificar este aspecto, como es: Vida laboral de la empresa, Relación nominal de trabajadores, o cualquier otro documento que considere oportuno, etc.En el caso del alquiler de locales comerciales, se deberá mantener la actividad y el empleo del titular del negocio durante un periodo mínimo de dos años desde el momento del alta en la seguridad social o del alta censal de la actividad. El ayuntamiento podrá hacer las comprobaciones oportunas y solicitar la documentación necesaria para justificar este aspecto, como es:- Vida laboral de la empresa- Certificado del IAE- Relación nominal de trabajadores, o cualquier otro documento que considere oportuno, etc.- Que hayan solicitado las correspondientes licencias para ejercer la actividad empresarial/profesional para el caso de ser legalmente exigible conforme a la normativa vigente.Lo que se hace público para general conocimiento, en Alcalá la Real en fecha y firma electrónica.

Bases y documentación

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