Plazo no verificadoBDNS 850959
Convocatoria de Subvenciones destinadas a la mejora de la accesibilidad y rehabilitar patologías graves en los elementos comunes de los edificios de viviendas plurifamiliares presupuesto 2025, por concurrencia competitiva
LOCAL · GRANOLLERS · AYUNTAMIENTO DE GRANOLLERS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 22:58 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES511 - Barcelona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 15/09/2025
- Fin de solicitudes
- 10/10/2025
- Registro en BDNS
- 08/08/2025
- Publicación en diario oficial
- 13/08/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Granollers (http://seuelectronica.granollers.cat):Primero.- BeneficiariosPueden ser beneficiarios/as de las subvenciones las comunidades de propietarios que esté legalmente constituidas.No estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición para ser persona beneficiaria de subvenciones en conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.Los solicitantes tienen que estar al día en el pago de los tributos y/o cualquier otra obligación económica municipal con el Ayuntamiento de Granollers y al cabo de la calle de las obligaciones tributarias y de la seguridad social.Además, en la convocatoria de 2025 no podrán presentar la solicitud los beneficiarios de las mismas subvenciones correspondientes a la convocatoria de 2024.Requisitos de los edificios objeto de las actuacionesLos inmuebles serán existentes y ubicados al término municipal de Granollers, que cumplan las siguientes condiciones mínimas, según información contenida en el catastro:- Que al menos el 50% de la superficie construida sobre la rasante, tenga uso residencial vivienda.- Tendrán que ser inmuebles con de tipología edificatoria de un mínimo de planta baja más dos plantas.- Tendrá que constar que existen un mínimo de 4 viviendas.Tendrán que cumplir la legalidad urbanística vigente y no tener expedientes de disciplina urbanística en trámite, a excepción de la Línea 2 donde tengan que órdenes de ejecución para la conservación y mantenimiento de fachadas y medianeras en edificios residenciales.Las actuaciones por las cuales se soliciten estas subvenciones, tienen que tener la preceptiva autorización administrativa o licencia municipal antes de empezar las obras, o haber presentado la correspondiente comunicación, y se tienen que ajustar a la legalidad urbanística vigente. En el caso de la Línea 2 se podrá ejecutar las actuaciones comprendidas en las órdenes de ejecución.Que las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios, de acuerdo con el artículo 553-25 de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.Se tienen que utilizar soluciones constructivas, tipológicas y formales coherentes con las características arquitectónicas del edificio y de su entorno.Segundo.- ObjetoSon objeto de subvención las actuaciones en edificios de tipología residencial plurifamiliar ubicados en Granollers, para las actuaciones de adecuación efectiva en materia de accesibilidad y las intervenciones de rehabilitación de elementos comunes respetes patologías graves.Tercero.- Bases reguladoresLa Junta de Gobierno Local, en fecha 7 de mayo de 2024, aprobó las «Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la mejora de la accesibilidad y para rehabilitar patologías graves en los elementos comunes de los edificios de viviendas plurifamiliares». El texto de estas Bases reguladoras se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona en fecha 15 de mayo de 2024.Las Bases se pueden consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Granollers - apartado de subvenciones.Cuarto.- CuantíaLa cuantía máxima de la subvención vendrá determinada por el valor menor resultante de la aplicación de la tabla establecida a continuación. En todo caso, la cuantía de la subvención no podrá superar el coste de la actuación, incluyendo la percepción otras subvenciones.Línea 1. El importe subvencionable es el 50% del coste subvencionable. El tope máximo: 3.000,00 euros por vivienda, con un máximo de 30.000,00 euros por edificio.Línea 2. El importe subvencionable es el 50% del coste subvencionable. El tope máximo: 1.000,00 euros por vivienda.La cuantía total máxima de que está dotado este programa de subvenciones es de 230.000,00 euros que se imputarán a la aplicación presupuestaria L3101/15220/78002. Estas subvenciones se otorgan por el Ayuntamiento de Granollers, quien asumirá el pago.Además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, se podrá disponer de una cuantía adicional máxima de 50.000,00 euros a cargo de la aplicación presupuestaría para la concesión de subvenciones sin que se requiera de una nueva convocatoria, dado el caso que se incremente el importe del crédito presupuestario disponible a consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, de conformidad al establecido al artículo 58 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.La efectividad de esta cuantía queda condicionada en la declaración de disponibilidad del crédito correspondiente. El órgano concedente tendrá que publicar la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que esta convocatoria implique la apertura del plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo plazo para resolver.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de las solicitudes empezará el día 15 de septiembre y finalizará el día 10 de octubre de 2025 ambos incluidos.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 08/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 08/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de Alcaldía núm. E-6554/2025, de 3 de agosto, del Ayuntamiento de Granollers, por la que se aprueba la convocatoria para el otorgamiento de las "Subvenciones destinadas a la mejora de la accesibilidad y para rehabilitar patologías graves en los elementos comunes de los edificios de viviendas plurifamiliares" presupuesto 2025, mediante procedimiento de concurrencia pública competitivaPublicado 13/08/2025Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones destinades a la mejora de la accessibilidad y para rehabilitar patologías graves en los elementos comunes de los edificios de viviendas plurifamiliaresInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.