Plazo no verificadoBDNS 851019
Convocatoria para el otorgamiento de las Subvenciones al pago del alquiler, del año 2024, con cargo del presupuesto 2025, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva
LOCAL · GRANOLLERS · AYUNTAMIENTO DE GRANOLLERS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 23:00 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES511 - Barcelona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 15/09/2025
- Fin de solicitudes
- 10/10/2025
- Registro en BDNS
- 08/08/2025
- Publicación en diario oficial
- 13/08/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Granollers (http://seuelectronica.granollers.cat):Primero.- Beneficiarios1.- Podrán solicitar estas subvenciones todas aquellas personas físicas que son titulares, como arrendatarias, de un contracto de alquiler para uso de vivienda que esté ubicada en Granollers, y que reúnan los siguientes requisitos:a) Ser persona física y poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o, en el caso de los extranjeros no comunitarios, tener residencia legal en España.b) Formar parte de uno de los colectivos que se determina en esta convocatoria:Programa 1 - jóvenes menores de 35 años: Tener una edad comprendida entre los 18 años y hasta los 35 años (35 años incluido), en el momento de presentar la solicitud, por parte de uno de los titulares del contrato de arrendamiento que tiene que ser el solicitante de la subvención.Programa 2 - personas mayores de 65 años: Tener más de 65 años (65 años incluido) en el momento de presentar la solicitud por parte de uno de los titulares del contrato de arrendamiento que tiene que ser el solicitante de la subvención.Programa 3 - régimen general: habrá que reunir, como mínimo, una de las condiciones siguientes:- Ser titular de un contrato de arrendamiento formalizado a través del servicio Bolsa de Alquiler Municipal.- Reunir la condición de familia monoparental.- Que la solicitante y titular del contrato sea una mujer víctima de violencia machista.- Acreditar que un miembro de la unidad familiar tiene una discapacidad superior al 33%.- Reunir la condición de familia numerosa.c) No superar los ingresos máximos siguientes determinados en esta convocatoria:1 miembro: 24.911,79 euros.2 miembros: 44.943,94 euros.3 miembros: 46.877,02 euros.4 o más miembros: 48.439,58 euros.d) Acreditar unos ingresos propios mínimos suficientes para pagar el alquiler.e) El contrato de arrendamiento debe ser de uso de vivienda y tiene que estar formalizado con la propiedad del inmueble directamente o con el representante/administrador.f) Constituir su domicilio con carácter habitual y permanente en la vivienda en alquiler, que debe ser necesariamente en Granollers, y que se acreditará mediante empadronamiento. Durante la percepción de la ayuda deberá mantenerse la residencia habitual y permanente en una vivienda objeto de arrendamiento en Granollers, acreditada a través del empadronamiento.g) Pagar el alquiler de la vivienda por medio de transferencia bancaria, recibo domiciliado o ingreso en cuenta, como mínimo, a partir del mes siguiente a la fecha de presentación de la solicitud. Deberán constar los datos del inquilino, del propietario/administrador y el concepto.h) No estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición para ser persona beneficiaria de subvenciones en conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.i) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la seguridad social, y no tener deudas pendientes ni sanciones de naturaleza tributaria con el Ayuntamiento de Granollers, según resulta del artículo 18 y 19 del Real decreto 887/2006, que aprueba el Reglamento de la Ley general de subvenciones.2.- No podrán ser beneficiarios/as:a) Las personas arrendatarias de viviendas gestionadas o administradas por la Agencia de la Vivienda de Cataluña.b) Los que tengan una o más viviendas en propiedad en España o tengan atribuido un derecho real de uso y disfrute, salvo que:b1) sean titulares de una única vivienda en un porcentaje no superior al 50%.b2) que, aun superando este porcentaje, esté otorgado un derecho real de uso y disfrute de la vivienda a un tercero, que deberá acreditarse mediante la escritura pública correspondiente o título judicial.c) Quienes tengan parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador de su vivienda habitual. El mismo criterio se aplicará a la relación entre el arrendador y el arrendatario, cuando el primero sea persona jurídica respecto de cualquiera de sus socios o partícipes. Se exceptúa los casos en los que la renta de alquiler estipulada sea igual o superior a la resultante del Índice de referencia de precios de alquiler publicado por la Agencia de la Vivienda de Cataluña a través del portal http://agenciahabitatge.gencat.cat/indexdelloguer/ (por una vivienda en buen estado).d) No se podrán obtener las Subvenciones en el acceso de la Línea 1 cuando ya se haya sido perceptor de las subvenciones al acceso en convocatorias municipales anteriores.Segundo.- ObjetoEl objetivo de estas subvenciones es facilitar el acceso y mantenimiento de una vivienda en régimen de alquiler, mediante un conjunto de ayudas directas para personas físicas que tienen su domicilio habitual y permanente en Granollers, contribuyendo al pago de gastos para el acceso y conservación de una vivienda en régimen de alquiler en GranollersTercero.- Bases reguladoresLa Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha de 5 de noviembre de 2024, aprobó las bases reguladoras para la concesión de «Subvenciones al pago de Alquiler» (en adelante «Bases»). El texto de estas Bases reguladoras específicas se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona en fecha 12 de noviembre de 2024.Las Bases se pueden consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Granollers - apartado de subvencionesCuarto.- CuantíaLa cuantía de las subvenciones viene determinada en el artículo 3 de las Bases reguladoras, y que se especifica para esta convocatoria:Línea 1 - Subvenciones al alquiler para contratos nuevosa. Requisitos:Habrá que disponer de un contrato de arrendamiento de vivienda en Granollers formalizado des de 01/01/2024 a 31/12/2024 ambos incluidos. Tiene que estar vigente en el momento de presentar la solicitud.b. El importe máximo de la subvención es:1. Importe de la subvención equivalente al importe íntegro de la primera mensualidad de alquiler hasta el importe máximo de 800,00 euros por una sola vez.Incluye todos los conceptos que constan al recibo de alquiler, excepto los atrasos, los gastos de servicios de uso individual y los parkings y trasteros, siempre que se pueda determinar e individualizar su importe en el recibo de alquiler.2. La cuantía de la subvención es el equivalente a 150,00 euros mensuales, un máximo de 11 mensualidades, con una percepción máxima de 1.650,00 euros. Las mensualidades de alquiler subvencionables se computarán a partir del segundo mes de alquiler, a contar desde la entrada en vigor del contrato, y hasta el mes de diciembre de 2024. La subvención se otorga por las mensualidades de alquiler abonadas correspondientes al año 2024.Línea 2 - Subvenciones al alquilerSe tiene que disponer de un contrato de arrendamiento formalizado antes del 01/01/2024, y tiene que estar vigente en el momento de presentar la solicitud.b. Importe máximo de la subvención es:La cuantía de la subvención es de 150,00 euros mensuales, con un máximo de 12 mensualidades y una percepción máxima de 1.800,00 euros. Las mensualidades de alquiler subvencionables serán las correspondientes al pago del alquiler de enero a diciembre del año 2024. La subvención se otorga por las mensualidades de alquiler abonadas correspondientes al 2024.Dotación presupuestaria:La cuantía total máxima de que está dotado este programa de subvenciones es de 163.000,00 euros que se imputarán a la aplicación presupuestaria L3102/15210/48004 Ayudas del Plan de Vivienda. Estas subvenciones se otorgan por el Ayuntamiento de Granollers, quien asumirá el pago.Además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, se podrá disponer de una cuantía adicional máxima de 5.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria para la concesión de subvenciones sin que se requiera de una nueva convocatoria, dado el caso que se incremente el importe del crédito presupuestario disponible a consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, de conformidad al establecido al artículo 58 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.La efectividad de esta cuantía queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito correspondiente. El órgano concedente tendrá que publicar la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que esta convocatoria implique la apertura del plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo plazo para resolver.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de las solicitudes empezará el día 15 de septiembre y finalizará el día 10 de octubre de 2025 ambos incluidos.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 08/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 08/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de Alcaldía núm. E-6637/2025, de 7 de agosto, del Ayuntamiento de Granollers, por la que se aprueba la convocatoria para el otorgamiento de las «Subvenciones al pago del alquiler» del año 2024 con cargo del presupuesto 2025, mediante el procedimiento de concurrencia competitivaPublicado 13/08/2025Bases reguladoras para la concesión de Subvenciones al pago del alquilerInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.