Plazo no verificadoBDNS 851123
BASES REGULADORAS DE AYUDAS PARA GASTOS DE NOTARÍA Y REGISTRO A JÓVENES QUE ADQUIERAN SU PRIMERA VIVIENDA O DEL SUELO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ÉSTA EN EL MUNICIPIO DE CARIÑENA. ANUALIDAD 2025.
LOCAL · CARIÑENA · AYUNTAMIENTO DE CARIÑENA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 23:03 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES243 - Zaragoza
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 20/11/2025
- Registro en BDNS
- 08/08/2025
- Publicación en diario oficial
- 20/08/2025
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación de las bases en el BOPZ
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Cariñena, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es): Primero. — Beneficiarios.Podrán acogerse a esta convocatoria de ayudas las personas físicas de edades comprendidas entre los 18 y los 35 años que hayan adquirido, o vayan a adquirir su primera vivienda o suelo para su construcción en el periodo comprendido desde el 1 de septiembre de 2024, hasta el 31 de agosto de 2025.En ningún caso podrán optar a la presente ayuda quienes hubieran obtenido la condición de beneficiario en anteriores convocatorias de la “subvención para gastos de notaría y registro a jóvenes que adquieran su primera vivienda en el municipio de Cariñena” Segundo— Objeto y finalidad.Incentivar el establecimiento de gente joven que fije su residencia en el municipio mediante la concesión de ayudas para la financiación de gastos de notaría y registro a aquellos que adquieran su primera vivienda o del suelo para la construcción de ésta en el Municipio de Cariñena. Tercero. — Bases reguladoras.Las bases reguladoras de esta subvención pueden consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web del Ayuntamiento http://carinena.sedelectronica.es/transparency Cuarto. — Importe.El crédito presupuestario destinado a la presente convocatoria asciende a 3.600,00 euros, de acuerdo con la consignación establecida en el presupuesto municipal para el ejercicio 2025. Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes.A partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOPZ) editado en la página web: http://bop.dpz.es/ y hasta el día 20 de noviembre de 2025 inclusive. Las solicitudes de subvención, así como el resto de documentación a cumplimentar por el solicitante, se encuentran a disposición de los interesados como anexos a las citadas bases, y serán presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Cariñena o por cualquiera de los medios señalados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 08/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSANUNCIO relativo a extracto del Decreto número 368, de 8 de agosto de 2025, por el que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas para gastos de notaría y registro a jóvenes que adquieran su primera vivienda o del suelo para la construcción de ésta en Cariñena, 2025.Publicado 20/08/2025BASES REGULADORAS DE AYUDAS PARA GASTOS DE NOTARÍA Y REGISTRO A JÓVENES QUE ADQUIERAN SU PRIMERA VIVIENDA O DEL SUELO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ÉSTA EN EL MUNICIPIO DE CARIÑENA. ANUALIDAD 2025.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.