encuentraayudas
CerradaBDNS 852009

CONVOCATÒRIA BASES per adquisició i substitució de maquinària i vehicles per ADF

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LLEIDA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LLEIDA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 23:43 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES513 - Lleida

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
25/08/2025
Fin de solicitudes
31/12/2025
Registro en BDNS
18/08/2025
Publicación en diario oficial
25/08/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

a) Beneficiarios:Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las agrupaciones de defensa forestal (ADF) legalmente constituidas, inscritas al registro de ADF de la Dirección General de Bosques y Gestión del Medio, y tener la Junta Directiva actualizada al mencionado Registro antes de la fecha de finalización del plazo para presentar la solicitud de ayuda. El ADF no se podrá disolver hasta que no hayan transcurrido los plazos de prescripción que prevén el artículo100.4 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las entidades solicitantes tienen que cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el artículo 12 de las Bases generales de subvenciones de la Diputación de Lleida.b) Objeto:El objeto de esta bases-convocatoria es regular la concesión de ayudas económicas de la Diputación de Lleida para la realización de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las ADF para la adquisición y sustitución de maquinaria y vehículos destinados a la prevención y lucha contraincendios forestales, para la anualidad 2025.c) Bases Reguladoras:El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 28 de noviembre de 2024, aprobó inicialmente las nuevas Bases generales reguladoras del otorgamiento de subvenciones de la Diputación de Lleida y sus organismos autónomos, estas bases generales regulan el procedimiento de tramitación simultánea de Bases y Convocatoria, siempre que las bases a aprobar no tengan la vocación de incorporarse a la normativa propia de la Diputación de Lleida, sino que tengan una aplicación temporal limitada y tengan como objeto concretar el marco normativo aplicable a un procedimiento concreto de concesión d?una subvención y siempre que no se opongan a aquello que esté regulado con carácter general dentro de estas Bases generales o dentro de las propias bases de ejecución del presupuesto.Las bases reguladoras generales del procedimiento de concesión de subvenciones fueron publicadas al Boletín Oficial de la Provincia de Lleida n.º 58, de 25 de marzo de 2025, empezando su vigencia el 26 de marzo de 2025.La presente convocatoria incorpora las bases que contienen las regulaciones particulares del procedimiento de concesión, de acuerdo con la posibilidad prevista en el artículo 23.2.a) LGS.d) Cuantía:El importe total de la convocatoria es de 600.000 euros a cargo de la aplicación presupuestaria 2025 028 136 7800000 ? Subv. ADF maquinaria prevención incendios forestales.La concesión de las subvenciones quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.e) Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria al Boletín Oficial de la Provincia de Lleida.f) Otros datos:1. Importe de las subvencionesLa ayuda tiene el carácter de subvención directamente aplicable a los gastos de adquisición o sustitución.El importe de la subvención para cada actuación se determina por la puntuación obtenida por el proyecto presentado, según los criterios de valoración establecidos en el artículo 16 y dependiendo de las disponibilidades presupuestarias.Se establece un límite máximo global de subvención de 40.000,00 € por ADF.En ningún caso la subvención otorgada podrá ser superior al importe solicitado por elbeneficiario.Esta cantidad se entenderá como un importe cierto y sin referencia a un porcentaje o fracción del coste total de la actuación, respetando, en todo caso, los límites porcentuales respecto del coste total de la actuación y los límites máximos fijados en este artículo. (si no se indica que es un importe cierto, siempre se interpretará como un porcentaje).El importe de las ayudas no será superior al 100% del coste total de la actuación, y sin que se puedan superar los importes máximos siguientes:? Financiación para la retirada de camiones Pegaso 3046/10 (?egipcio?) de las ADF.Para cada camión Pegaso 3046/10 (?egipcio?), con 5 o más años de antigüedad, que se dé de baja, se otorgará una ayuda de un máximo de 30.000 euros para la adquisición de material de prevención o primera intervención contraincendios forestales, según el listado del Anexo 3. La solicitud tendrá que especificar el uso de los fondos conforme al Artículo 4 de esta convocatoria. En todos los vehículos que se den de baja, su permiso de circulación tiene que estar a nombre de la ADF peticionaria de la subvención o bien tiene que constar al archivo y/o base de datos del Servicio de Prevención de Incendios Forestales, con un mínimo de 5 años de antigüedad desde el momento de la convocatoria.? Para ADF constituidas entre 2010 y 2023, ayuda para la adquisición de material.Las ADF creadas en este periodo pueden solicitar hasta 20.000 euros para adquirir material de prevención o primera intervención contraincendios forestales, conforme al listado del Anexo 3.? Para ADF sin vehículos ni cisternas, ayuda para la adquisición de vehículos, cisternas y material.Las ADF que, en la fecha de la convocatoria, no dispongan de vehículos ni cisternas pueden acceder a una ayuda de hasta 20.000 euros para adquirir vehículos, cisternas o material según el listado del Anexo 3. En todos los vehículos y cisternas, el permiso de circulación tiene que estar a nombre de la ADF peticionaria de la subvención o bien tiene que constar al archivo y/o base de datos del Servicio de Prevención de Incendios Forestales.? Financiación para la renovación de vehículos antiguos.Para cada vehículo matriculado antes del 31 de diciembre de 2005, dado de baja, se podrá pedir una ayuda máxima de 25.000 euros por vehículo. Este importe se tendrá que destinar a la adquisición de vehículos y/o a la adquisición de material de prevención o primera intervención, según el Anexo 3. Habrá que especificarlo a la memoria de la solicitud de acuerdo con el Artículo 4. En todos los vehículos, el permiso de circulación tiene que estar a nombre de la ADF peticionaria de la subvención o bien tiene que constar al archivo y/o base de datos del Servicio de Prevención de Incendios Forestales.? Ayuda para la renovación de cisternas de gran capacidad.Para cada cisterna de gran capacidad, de más de 2.000 litros, dada de baja, se podrá pedir hasta 25.000 euros por unidad. Esta ayuda tendrá que desinar- se a la reposición de cisternas nuevas o con un máximo de 10 años de antigüedad y/o a la adquisición de material de prevención o primera intervención, según consta al Anexo 3, detallándolo a la memoria de la solicitud conforme al Artículo 4. En todas las cisternas, el permiso de circulación tiene que estar a nombre de la ADF peticionaria de la subvención o bien tiene que constar al archivo y/o base de datos del Servicio de Prevención de Incendios Forestales.? Apoyo para la renovación de cisternas con equipo de extinción.Para cada cisterna con kit de extinción a partir de 400 litros de capacidad dada de baja, se podrá pedir hasta 9.000 euros por unidad. Esta ayuda se tendrá que destinar a la reposición de cisternas nuevas o con un máximo de 10 años de antigüedad. También se podrá dedicar a la adquisición de material de prevención o primera intervención, según consta al Anexo 3, detallándolo a la memoria de la solicitud conforme al Artículo 4.Se otorga una ayuda de hasta 9.000 euros por unidad para la sustitución o reparación de cisternas con kit de extinción a partir de 400 litros de capacidad (nuevas o con un máximo de 10 años de antigüedad). En caso de baja sin reposición, los fondos se tienen que destinar a material de prevención o primera intervención según el Anexo 3, especificándolo a la memoria de la solicitud de acuerdo con el Artículo 4.Se adjunta como ANEXO III la relación del material y precios máximos subvencionables.En caso de insuficiencia presupuestaria, se excluirán las solicitudes con menor priorización (artículo 22.1, Ley 38/2003).2. Anticipo:Una vez comunicada la concesión de la ayuda, previa solicitud del beneficiario en un plazo máximo de 30 días desde la comunicación del otorgamiento de la ayuda, la Presidencia de la Diputación de Lleida podrá autorizar un anticipo de hasta el 90% del importe de la subvención concedida.Este importe se trata de la financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, sin que sea necesaria la aportación de ninguna garantía, dado que el tipo de beneficiario queda exonerado, según el punto 2 del artículo 42 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvencionas.3. Compatibilidad de las subvenciones:Esta subvención es compatible con la obtención de cualquier otra destinada a la misma actuación otorgada por la Diputación de Lleida y sus organismos autónomos en el marco de los diferentes programas de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva u otorgadas por otras administraciones públicas.En cualquier caso, conjuntamente con otras ayudas, las cantidades otorgadas nopodrán exceder el coste total de la actuación.4. Criterios de valoración por el otorgamiento de las subvencionesSe atenderán las solicitudes de acuerdo la orden de priorización siguiente (de más prioridad a menos):Prioridad 1. Retirada definitiva de camiones Pegaso 3046/10 (tipo?egipcio?) de las ADF.Se dará preferencia a los vehículos más antiguos. En caso de igualdad, se considerará la superficie forestal del ámbito del ADF como criterio de desempate.Prioridad 2. Adquisición de material nuevo para ADF constituidas entre 2010 y 2023.Se priorizarán las ADF con menor cantidad de material registrado al Registro de ADF. En caso de empate, se tendrá en cuenta la superficie forestal del ámbito del ADF.Prioridad 3. Compra de vehículos o cisternas para ADF sin vehículos ni cisternas en la fecha de la convocatoria.Se dará preferencia a las ADF con una mayor extensión de superficie forestal en su ámbito.Prioridad 4. Renovación de vehículos matriculados antes del 31 de diciembre de 2005.Se priorizarán los vehículos de mayor antigüedad. En caso de igualdad, se considerará la superficie forestal del ámbito del ADF como criterio de desempate.Prioridad 5. Retirada de cisternas de más de 2.000 litros de capacidad.Se dará prioridad a las cisternas más antiguas. En caso de empate, setendrá en cuenta la superficie forestal del ámbito del ADF.Prioridad 6. Renovación de cisternas con kit de extinción a partir de 400 litros de capacidad.Se priorizarán las cisternas de mayor antigüedad. En caso de igualdad, se considerará la superficie forestal del ámbito del ADF como criterio de desempate.5. Plazo de ejecución:Las actuaciones para las cuales se haya obtenido subvención se ejecutarán entre01/06/2024 hasta 31/05/2026 y en todos los casos, este plazo es improrrogable.6. Plazo de justificaciónEl plazo de justificación de la actuación será hasta el 30 de septiembre de 2026 desde la finalización del plazo de ejecución. Se podrán justificar gastos ya ejecutados en el momento de la aprobación de la ayuda.Si transcurrido el plazo establecido el beneficiario no ha presentado la documentación justificativa, el centro gestor tiene que requerirlo para que la presente en el plazo improrrogable de 15 días hábiles. Si transcurrido este plazo no la presenta, se puede revocar la subvención con reintegro de las cantidades percibidas, si se tercia.LISTADO DE MATERIAL DE PREVENCIÓN De INCENDIOS FORESTALES Y/O PRIMERA INTERVENCIÓN SUBVENCIONABLES.Relación del material y precios máximos subvencionablesMaterial Precio máximo subvencionable (€)Desbrozadoras manuales, de sierra circular, de cadenas o martillos para tractor o autopropulsadas 2.000,00Serruchos, pértigas 2.000,00Trituradoras y biotrituradores de restos vegetales 30.000,00Polidòzers 10.000,00Grupos autónomos (remolques cisterna con capacidad de transporte de agua y de impulsión) 10.000,00Máquinas remolcadas por tractor (cisternas con capacidad de impulsión de agua o de transporte, antigüedad máxima de 10 años, mínimo 2.000 L) 25.000,00Equipos de agua portátiles (kits vehículo, a partir de 400 L) 9.000,00Mochilas para extinción 500,00Mochilas portamànegues 500,00Mangas 25 DN (UNE 23/091), mangas 45 DN, mangas 70 DN con rácor tipo Barcelona 450 (por unidad)Lanzas con regulación de caudal y de tipo multiefecto 600,00Rácores 25 25,00Rácores 45 30,00Rácores 70 45,00Reducciones 140,00Tapón 25 DN 30,00Tapón 45 DN 60,00Tapón 70 DN 90,00Bifurcaciones 160,00Hachas, palas magall Polasky, rastrillos, azada McLeod, xapos, podalls, transceptores de mano de radio portátil bidireccionales y similares 200 (por unidad)Batefocs 130,00Motobombes 3.500,00Grupos electrógenos portátiles 3.000,00Vehículos que cumplan la normativa Euro6 25.000,00Tractores nuevos o con antigüedad máxima de 10 años 30.000,00Manegots de aspiración 150,00Máquinas desbrozadoras tipos tanqueta 30.000,00Remolque portamaterial 4.000,00

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDiligència JGL 20251222 06 Resolució de concessió convocatòriaPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSModificación de convocatoriaPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSModificació convocatòriaPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSBASES-CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES en régimen de concurrencia competitiva a las agrupaciones de defensa forestal (ADF) para la adquisición y sustitución de maquinaria y vehículos destinados a la prevención y lucha contraincendios forestales. ANUALIDAD 2025.Publicado 25/08/2025Bases generals reguladores de l`atorgament de subvencions de la Diputació de Lleida i dels seus organismes autònoms (2025)