Extracto publicado
BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL AYUNTAMIENTO DE PONTECESO PARA LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE ACTIVIDAD DEPORTIVA DEL AÑO 2025 Datos del programa Unidad gestoraDepartamentos de Cultura y DeportesAnualidad2025DenominaciónPrograma de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para realizar actividades deportivas durante el año 2025BeneficiarioEntidades sin ánimo de lucro con domicilio social en el Ayuntamiento de PontecesoAplicación presupuestaria2025.341.480.02Importe de la convocatoria3.000,00 € Importe de la subvención que se va a conceder Entidades deportivas organizadoras de tres o más modalidades.Mínimo 100,00€ y máximo 900,00 € Entidades deportivas organizadoras o participantes en dos o menos modalidades.Mínimo 100,00 € y máximo 700,00€ Importe solicitadoHasta el 100% del presupuesto de gastos subvencionableCoeficiente de financiación1 1. OBJETO Estas subvenciones tienen por objeto colaborar con las entidades deportivas del municipio de Ponteceso en la realización del programa anual de actividad deportiva durante el año 2025. 2. FINALIDAD Con estas subvenciones el Ayuntamiento de Ponteceso pretende contribuir a la promoción del deporte y del tejido asociativo de carácter deportivo y a la potenciación de su papel en el desarrollo deportivo y en la dinamización del territorio, así como favorecer el acceso al deporte de los ciudadanos de Ponteceso promoviendo la organización y realización de actividades deportivas.El plazo de realización de la actividad comprende el año 2025. 3. SOLICITANTES Podrán solicitar estas subvenciones las entidades de naturaleza esencialmente deportiva jurídicamente constituidas, que estén inscritas y activas en el Ayuntamiento de Ponteceso en el momento de la presentación de la solicitud, siempre que cumplan además los siguientes requisitos: -Que el ámbito de actuación sea el término municipal y desarrollar un programa de actividad deportiva dirigido, principalmente, al vecindario de Ponteceso y/o, en su defecto, según el calendario de la federación correspondiente. -Carecer de fines de lucro y que las actividades no persigan una finalidad lucrativa. -Que en el momento de la solicitud, tengan su sede social en el municipio y los datos de la entidad que figuran en el registro de asociaciones municipales estén actualizados. - No tener pendiente de justificar ninguna subvención o ayuda económica correspondiente a ejercicios anteriores con el Ayuntamiento. - No se admitirá más de una solicitud por entidad, por lo que se considerará que existe solo una persona jurídica privada cuando las personas socias o directivas sean comunes en más de un 50 por ciento en dos o más entidades en los tener establecidos en la Ley general de subvenciones y en sus normas de desarrollo, así como las que pudieren encajar en el concepto de grupo en los tener dispuestos en el Código de Comercio. Asimismo, la participación en esta convocatoria excluye la participación en cualquier otra subvención competitiva convocada por el Ayuntamiento de Ponteceso en la anualidad 2025. 4. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES, RÉGIMEN Y CRITERIOS DE CONCESIÓN Y PRESUPUESTO 4.1. Actuaciones subvencionables Las ayudas podrán destinarse a la organización y a la realización del programa de actividad deportiva entre 1 de enero y el 28 de noviembre de 2025. Las subvenciones son compatibles con otras concedidas por otras administraciones o entes públicos o privados. No obstante, la suma del imponerte de las ayudas recibidas y de los ingresos obtenidos no podrá superar el coste total del programa a desarrollar. Todos los proyectos subvencionables deberán emplearla lengua gallega en la realización de las actividades. 4.2. Régimen de concesión La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva, según los criterios de valoración que se indican a continuación. 4.3. Criterios de valoración del programa de actividad deportiva A. Entidades deportivas organizadoras de tres o más modalidades.( Mínimo 100,00 € y máximo 900,00 €) B. Otras entidades deportivas organizadoras o participantes en dos o menos modalidades.(Mínimo 100,00 € y máximo 700,00 €)Se entenderá por modalidad deportiva diferente cuando pertenencia a distintas federaciones. Para la valoración del programa de actividades deportivas presentado se tendrán en cuenta los siguientes aspectos que se ponderarán según las puntuaciones que se indican: Se valorará: Participación en competiciones federadas: 4 puntos Organización de eventos, actividades, formación, jornadas... en el tener municipal de Ponteceso donde la participación, por cada una, sea:- Hasta 24 participantes: 1 punto- de 25 a 50 participantes: 2 punto- de 51 a 100 participantes: 3 puntos- más de 100 participantes: 5 puntosEsta valoración se acreditará con el certificado de la participación en la última edición de la actividad, sea en el año 2025 o en los dos años anteriores, firmado por el secretario/a y con el visto bueno del presidente/a. En caso de que la actividad nunca se realizara, se valorará con la participación mínima.c) Número de socios de la entidad:- de 5 a 50 socios: 1 puntos- de 51 a 75 socios: 2 puntos- de 76 a 100 socios: 3 puntos- de 101 a 125 socios: 4 puntos- de 126 a 150 socios: 5 puntos- de 151 a 175 socios: 6 puntos- de 176 a 200 socios: 7 puntos- más de 201 socios: 8 puntos En caso de empate, primará la entidad con mayor número de socios/las. 4.4. Importe de la subvención y presupuesto Los puntos obtenidos por cada entidad, se multiplicarán por 100,00 €, sabiendo así el importe de la subvención que se va a conceder. Este importe nunca podrá superar el importe máximo especificado en cada categoría del programa A (900,00 €) o B (700,00 €). Para la concesión de estas ayudas se destinará un presupuesto de 3.000,00 €. 5. SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN Las entidades que soliciten la subvención deberán presentar sus solicitudes en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ponteceso en el plazo de quince días desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. La entidad deberá disponer de una única dirección de correo electrónico de contacto durante toda la tramitación del expediente, a lo que se dirigirán las comunicaciones. Excepcionalmente, y de manera justificada, podrá modificar esta dirección inicial siempre y cuando se le notifique la circunstancia pertinente al Ayuntamiento.Las solicitudes se presentarán en el modelo (Anexo I) que a tal fin preparará el Ayuntamiento de Ponteceso y en el que deberá constar: Nombre, dirección postal y electrónica, teléfono, número de socios/las y CIF de la entidad solicitante. (Anexar copia del CIF) Nombre y apellidos del representante de la entidad, NIF, teléfono de contacto y enderezo a efectos de notificación electrónica. (Anexar documentación acreditativa del representante) Memoria explicativa de las actividades realizadas y previstas para el año 2025, que como mínimo tendrá los aspectos que se detallan en seguida: - Nombre y objetivo del programa deportivo.- La descripción de las competiciones, pruebas y/o actividades para las que solicita la subvención, especificando el nombre de cada actividad, la modalidad deportiva, las fechas, lugares, duración y el número de participantes previstos, objetivos y fines concretos a los que se destinarán las ayudas y resultados que se prevén obtener, responsable de la actividad y otras entidades que colaboran.- Otros datos de interés.- Presupuesto estimado de los gastos y de los ingresos derivados de la actividad. En caso de que una actividad esté organizada conjuntamente con otra entidad, se deberá indicar el grado de responsabilidad de cada parte. Declaración jurada y detallada de las ayudas o subvenciones solicitadas o concedidas para la misma finalidad indicando su importe y origen, o declaración de en el tener otras ayudas públicas o privadas para el mismo objeto. Acreditación de estar al corriente en los deberes tributarios con la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria Estatal y con el Ayuntamiento de Ponteceso o autorización expresa para que el Ayuntamiento haga la comprobación. Acreditación de estar al corriente en los deberes tributarios con la Agencia Tributaria Autonómica , ATRIGA (anexar). Declaración responsable que acredite que la entidad cumple el previsto en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003 general de subvención de 17 de noviembre y con el deber contenido en el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21de julio, por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003. . Número de la cuenta bancaria a nombre de la asociación. (Anexar la certificación bancaria) De ser el caso, la certificación expedida por la federación autonómica correspondiente, en la que conste los siguientes datos de la entidad en el momento de la publicación de estas bases: el número de equipos y categoría, y en el caso de deportes individuales el número de deportistas, indicando el ámbito de la competición. (Anexar documento) De ser el caso, el certificado de la entidad donde constate el número de participantes de la última edición de las actividades del programa. (Anexar documento) Lugar, fecha y firma de la persona solicitante. Los solicitantes no estarán obligados a presentar aquellos documentos que ya obren en poder del Ayuntamiento, siempre que no experimentaran modificación alguna desde su aportación, de conformidad con el establecido en el artículo 53.1.d) de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común. 6. RESOLUCIÓN 6.1. Las técnicas de Cultura y Deportes establecerán la prelación entre todas las solicitudes presentadas, de acuerdo con los criterios generales de valoración que se incluyen en las presentes bases reguladoras, formulando la oportuna propuesta de concesión provisional que deberá ser motivada y expresar la entidad o entidades solicitantes para las que se propone la concesión de la ayuda, así como la cuantía y condiciones de la misma. 6.2. Luego del informe de las técnicas de Cultura y Deportes y el correspondiente informe de fiscalización se dictará resolución de alcaldía de concesión provisional debidamente motivada a cal, al amparo del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se hará pública en la sede electrónica del Ayuntamiento Ponteceso (https://sede.ponteceso.gal/opencms/gl/informacion/tablon/) concediendo un plazo de tres días para presentar alegatos. Una vez resueltas los alegatos presentados, se dictará resolución de Alcaldía de concesión definitiva, debidamente motivada, que se publicará en la forma descrita en el párrafo anterior. 7. REFORMULACIÓN DE LAS SOLICITUDES Se el importe de la subvención concedida es inferior al solicitado, de acuerdo con el establecido en la Ley General de Subvenciones y en su reglamento, las subvenciones se replantearán de forma automática, entendiéndose de este modo, que el beneficiario estará comprometido a realizar la actividad subvencionada con un presupuesto total que podrá ser reducido en el mismo porcentaje en la que se disminuyó el importe de la subvención concedida. 8. DEBERES DE Las ENTIDADES PERCEPTORAS Las entidades perceptoras de las subvenciones estarán obligadas a: - Organizar y realizar la actividad para la que fue concedida la subvención dentro del plazo previsto. En el caso de producirse cualquier alteración relevante en el presupuesto o en el proyecto de la actividad deberá comunicárselo al Ayuntamiento, que deberá autorizar el cambio. - Hacer constar en los materiales de la difusión y de publicidad del programa subvencionado la colaboración del Ayuntamiento de Ponteceso, acompañada si procede, del logotipo correspondiente- El Ayuntamiento de Ponteceso colabora con el Deporte-, en un lugar y tamaño destacado con respecto a otros posibles colaboradores, excepto en el supuesto de que alguna de las actividades finalizara antes de la presentación de la solicitud. - En caso de que si realice, el material gráfico correspondiente a la publicidad de la actividad (carteles, revistas...) estará redactado en gallego. - En caso de que la actividad si realice en la vía pública o al aire libre, disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra esta actividad y de los permisos correspondientes. - Colaborar en el seguimiento o solicitud de información que realice el Ayuntamiento. - Comunicar cualquier otra subvención que soliciten o que se les conceda para la misma finalidad. - Estar al corriente en sus deberes con el Ayuntamiento de Ponteceso, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria Estatal y Autonómica. - Someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento y a las de control financiero que corresponde a la Intervención municipal, así como facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, por el Tribunal de Cuentas y ponerlo Consejo de Cuentas en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las subvenciones. - Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los tener exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el ejercicio de comprobación y control. - Justificar la actividad subvencionada en los plazos y condiciones que se señalan. - Asumir todas las responsabilidades legales y civiles de las actividades que realizan. 9. PLAZOS DE JUSTIFICACIÓN Y DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DE LA ACTIVIDAD 9.1. Plazo de justificación Las entidades perceptoras de las subvenciones podrán presentar la justificación de la subvención, una vez resuelta definitivamente la solicitud, hasta 28 de noviembre de 2025. Finalizado el plazo sin que las entidades presentaran la documentación justificativa del cumplimiento del objeto de la subvención, los servicios de Cultura y Deportes le requerirá para que en el plazo improrrogable de cinco días, presente la justificación correspondiente. La falta de justificación de la subvención en este plazo excepcional comportará la pérdida de la subvención y demás responsabilidades previstas en la Ley General de Subvenciones. 9.2. Documentación justificativa. - Declaración de la realización del programa de actividad objeto de la subvención y memoria del programa de la actividad deportiva realizada en el año 2025, y de los resultados obtenidos, conforme al modelo que proporcionará el Ayuntamiento. (Anexo II) - Declaración detallada de las subvenciones o ayudas obtenidas de otras administración públicas o entidades privadas para el mismo objeto indicando su importe y origen o declaración de no tener otras ayudas públicas o privadas para el mismo objeto. (Anexo II) - El Ayuntamiento de Ponteceso acercará de oficio las certificaciones que acrediten que la entidad solicitante está al corriente de sus deberes tributarios con el Ayuntamiento de Ponteceso. (Anexo II) - El Ayuntamiento de Ponteceso hará una consulta electrónica automatizada para comprobar que las entidades solicitantes están al corriente de los deberes tributarios con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social. En caso de que las personas interesadas si opongan a esta consulta, deberán de lo indicas en el impreso correspondiente y acercar el dicho documento. (Anexo II) - Acreditación conforme la entidad está al corriente con la Agencia Tributaria Gallega, ATRIGA (anexar). - Documentos que demuestren la realización de las actividades subvencionadas, como noticias de prensa, fotografías, tríptico o cartel,... y materiales de difusión y publicidad en los que conste la colaboración del Ayuntamiento de Ponteceso, acompañada si procede, del logotipo correspondiente, en un lugar y tamaño destacado con respecto a otros posibles colaboradores. En caso de que no había sido posible aportar estos documentos se explicará el motivo. (Anexar documentación) - Cuenta justificativa simplificada: declaración detallada y clasificada de todos los gastos e ingresos correspondientes a la actividad subvencionada realizada por la entidad, con indicación del concepto de gasto y concepto del presupuesto a lo que corresponden, acreedor, tipo de documento, imponerte y data de emisión, e indicación de las desviaciones respecto al presupuesto presentado, firmada por el/a #secretario/a de la entidad, con el visto bueno de su presidente/a. Las facturas y los pagos, realizados obligatoriamente en el año 2025, deben de corresponder a los gastos que se consideran subvencionables conforme figura especificado en la Base 9.3. deberán estar datadas en el ejercicio económico para lo cual se había concedido la subvención (anexo III).En el caso de presentación de los gastos por un importe inferior al de la subvención, se abonará solo el importe presentado. 9.3. Gastos subvencionables Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera indudada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios y si realicen en el plazo establecido. No serán subvencionables los gastos de inversiones y obras de inversión o infraestructura, ni los viajes de carácter no deportivo, ni los gastos de comidas y bebida y de atenciones protocolarias. 10. PAGO DE LA SUBVENCIÓN Vista la documentación justificativa presentada, luego del informe-propuesta de los servicios de Cultura y Deportes y de la fiscalización de la Intervención municipal, el órgano competente valorará se se cumplió la finalidad básica objeto de la subvención y, en este caso, aprobará las justificaciones presentadas y ordenará el pago. El abono de la subvención se llevará a cabo mediante transferencia bancaria en un pago único. 11. REVISIÓN, ANULACIÓN, RESPONSABILIDADES Y RÉGIMEN DE SANCIONES - El Ayuntamiento de Ponteceso reserva para sí el derecho a orientar técnicamente las actividades, a comprobar los datos económicos y la inversión de la cantidad económica otorgada así como la efectiva realización de ellas, y a extender y dar a conocer públicamente las actividades subvencionadas. - En caso de incumplimiento de los deberes por parte de los perceptores, el Ayuntamiento procederá a la anulación total o parcial de la subvención. 12. OTRAS DISPOSICIONES - El Ayuntamiento quedará exento de cualquier responsabilidad civil, mercantil, laboral o de cualquier otra derivada de las actuaciones a las que estén obligadas las personas o entidades destinatarias de las subvenciones otorgadas. - La presentación de las solicitudes para esta convocatoria implicará la autorización al Ayuntamiento de Ponteceso para hacer las consultas a otras administraciones que considere oportunas para solicitar información. - De acuerdo con lo establecido por la normativa vigente en materia de protección de datos, el responsable de tratamiento de los datos personales es el Ayuntamiento de Ponteceso, con dirección en la calle del Ayuntamiento, número 18, 15110 - Ponteceso (A Coruña); ayuntamiento@ ponteceso.gal. El delegado de Protección de Datos del Ayuntamiento de Ponteceso es Servicios de Adaptación Continua en Protección de Datos *RB, S.L. con el que podrá contactar en correo@ponteceso.gal.Los datos serán utilizados para prestar el servicio solicitado y la gestión administrativa derivada de la prestación del servicio. Los datos no se cederán a terceros, salvo por deber legal. Pode ejercerse el derecho a acceder, rectificar o suprimir los datos erróneos, solicitar la limitación del tratamiento de los datos así como oponerse o retirar el consentimiento en cualquier momento y solicitar a *portabilidade de los mismos en cualquier momento. Para eslabón, Ayuntamiento de Ponteceso dispone de formularios específicos para facilitarle el ejercicio de estos de aire la información adicional y detallada sobre Protección de Datos solicitándola por correo electrónico: correo@ponteceso.gal, mediante una solicitud propia o solicitar nuestros formularios, siempre acompañados de una copia de su DNI para acreditar la identidad.Se puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos solicitándola por correo electrónico: correo@ponteceso.galEl Ayuntamiento de Ponteceso suministrará los datos relativos a las subvenciones concedidas al Registro Público de Subvenciones de Galicia y a la Base de Datos Nacional de Subvenciones. 13. FIN DE LA VÍA ADMINISTRATIVA El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con el que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el alcalde de este Ayuntamiento, en el tener de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de A Coruña. 14. NORMATIVA APLICABLE Para todo aquello en lo previsto expresamente en las presentes bases se aplicará:- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.- R.D. 887/2006 por lo que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.- Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia.- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ponteceso (PES) 15. INCORPORACIÓN AL REGISTRO PÚBLICO DE SUBVENCIONES Y PUBLICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA En el cumplimiento del dispuesto en el artículo 18.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y demás normativa de desarrollo, el Ayuntamiento de Ponteceso remitirá la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre la concesión de las subvenciones. Firmado electrónicamenteEl alcaldeJosé Manuel Mato Martínez Anexo I (solicitud)NOMBRE DEL PROGRAMA DEPORTIVO:1.DATOS DE LA ENTIDADNombre:Dirección postal:Dirección electrónica:Teléfono:CIFNúmero de socios/las:Número de la cuenta bancaria a nombre de la asociación:2. DATOS DEL/A REPRESENTANTE LEGAL DE LA ENTIDADNombre y apellidos:Teléfono:Dirección a efectos de notificación electrónica:3. DECLARACIONES (Marcar con un *X) La entidad solicitó o tiene concedidas ayudas/subvención para la misma finalidad (indicarimponerte y origen): La entidad no solicitó otras ayudas públicas o privadas para el mismo objeto. La entidad cumple el previsto en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003 general de subvención del 17 de noviembre y con el deber contenido en el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21de julio, por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003. La entidad que represento está al corriente de los deberes tributarios estatales y frente a la Seguridad Social y autorizo expresamente a que el Ayuntamiento de Ponteceso realice la dicha consulta dentro de lo posible (de lo contrario, acerco la documentación oportuna). Junto el certificado de estar al corriente con la Comunidad Autonómica (ATRIGA). El cueste del IVA no tiene carácter de recuperable para nuestra entidad Anexo el CIF, documentación acreditativa del representante y el certificado de la cuenta bancaria de la entidad. Anexo certificación federativa. Anexo certificación de participación en la última edición de la actividad. 4. MEMORIA del programa de la actividad deportiva realizada en el año 2025 (punto 5 de las bases). Objetivo del programa deportivo: Objetivos y fines concretos a los que se destinarán las ayudas: Ámbito de actuación: Actividades (de cada una: nombre, fecha y lugar de celebración, duración, breve descripción, destinatarios/las, núm. previsto de participantes, resultados a obtener, responsable de la actividad, entidades colaboradoras y grado de responsabilidad, presupuesto de gastos e ingresos) Actividad 1, Actividad 2, etc.: Presupuesto total y *desglosado de los gastos y de los ingresos reales y previstos en el año 2025 correspondiente al programa deportivo. Gastos: Ingresos: Firmado electrónicamente por lo/a representante legal Anexo II (justificación) _______________________, como representante legal de la entidad __________________ Declaro que: La entidad solicitó o tiene concedidas ayudas/subvención para la misma finalidad (indicar imponerte y origen): La entidad no solicitó otras ayudas públicas o privadas para el mismo objeto. Autorizo al Ayuntamiento de Ponteceso a hacer la consulta electrónica automatizada para comprobar que la entidad solicitante está al corriente de los deberes tributarios con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Ponteceso. Me opongo a esta consulta y anexo los dichos documentos.Junto el certificado de estar al corriente con la Comunidad Autonómica (*ATRIGA). Anexo documentación acreditativa y publicitaria de las actividades e inversiones realizados. - Memoria del programa de la actividad deportiva realizada en el año 2025 (competición, actividad, fechas de realización, objetivos cumplidos, resultados obtenidos, incidencias...): Firmado electrónicamente por lo/a representante legal Anexo III (cuenta justificativa) ________________________, como secretario/a de la entidad__________________________ Certifico:Que los gastos correspondientes a la actividad subvencionada realizada por esta entidad fueron: ACREEDORCONCEPTO FACTURADONº DE FRA.FECHA DE EMISIÓNIMPORTE GASTO TOTAL DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA Que los ingresos correspondientes a la actividad subvencionada realizada por esta entidad fueron: ConceptoImporte INGRESOS TOTALES GENERADOS Las desviaciones respecto al presupuesto presentado fueron debidas a : Anexo las facturas y los pagos realizados (año 2025) Firmado electrónicamente por el/a #secretario/a y por el/a representante legal