Plazo no verificadoBDNS 853252
Actividades ordinarias de clubs y entidades deportivas, 2024-2025
LOCAL · GIRONA · AYUNTAMIENTO DE GIRONA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 00:09 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 30/08/2025
- Fin de solicitudes
- 30/09/2025
- Registro en BDNS
- 26/08/2025
- Publicación en diario oficial
- 29/08/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.- Destinatarios Los destinatarios serán entidades deportivas que reúnan los requisitos siguientes: 1.1 Estar legalmente constituidas, tener la sede social y desarrollar la actividad deportiva en el término municipal de Girona. 1.2 Estar inscritas en el Registro General de Entidades del Ayuntamiento y en el Registro de Entidades Deportivas del Consell Català de l’Esport de la Generalitat de Cataluña (en el caso de entidades sin ánimo de lucro). 1.3 Las entidades deberán estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Acreditarán que están al corriente de pago de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social o bien firmando una declaración responsable de estar al corriente, o bien aportando los certificados emitidos por las administraciones correspondientes (Agencia Estatal de Administración Tributaria y Tesorería de la Seguridad Social), en caso de que la subvención sea superior a 3.000 €. Y en todo caso, autorizando a consultar y verificar mediante las plataformas habilitadas por las diferentes administraciones públicas, los datos disponibles si no están acreditadas y son imprescindibles para la resolución de la tramitación. Las entidades deportivas deberán declarar que no incurren en ninguna incompatibilidad de las que se establece en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones de 17 de noviembre. 1.4 Cumplir con la obligatoriedad de inscripción en el Registro Oficial de Profesionales del Deporte de Cataluña (ROPEC) para ejercer la profesión, salvo los casos de colegiación obligatoria (Ley 3/2008, de 23 de abril, del ejercicio de las profesiones del deporte). 1.5 Tener una antigüedad mínima de un año y desarrollar la actividad deportiva continuada durante este tiempo en la ciudad de Girona. 1.6 Quedarán excluidas aquellas entidades deportivas que reciban una subvención directa nominativa. 1.7 En el caso de sociedades anónimas deportivas, solo podrán acogerse a la línea/programa 1 – Promoción deporte base, y a la línea 3. 1.8 En caso de que se presenten a la convocatoria de subvención para la realización de las actividades ordinarias de los clubes y de las entidades deportivas, temporada 2024-2025, no podrán presentarse a la convocatoria de subvención al fomento y promoción del deporte escolar de la misma temporada/curso. 1.9 Cumplir con la Ley de protección a la infancia y adolescencia (Ley estatal 26/2015). Segundo.- Objeto Esta convocatoria tiene por objeto fijar los criterios para la concesión de subvenciones a entidades deportivas de la ciudad, para la realización de sus actividades ordinarias durante la temporada 2024-2025 con el objetivo de promover, potenciar y diversificar la práctica de la actividad deportiva en la ciudad. Estas actividades se tienen que llevar a cabo en la ciudad de Girona y tienen que ser accesibles al conjunto de la ciudadanía. Visto que esta subvención se incluye dentro del plan estratégico de subvenciones 2024-2026 aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Girona, en fecha 1 de febrero de 2024, línea estratégica "Deportes", programa "Actividades y apoyo entidades", dentro del área de Cultura, Deportes y Educación. Programa A, Subvenciones entidades deportivas de la ciudad, para el desarrollo de sus actividades ordinarias durante la temporada deportiva. Modalidad de concesión: concurrencia competitiva. Tercero.- Bases reguladoras Aprobadas por acuerdo de 11 de marzo de 2024 del Pleno de la corporación y publicadas en: - El Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 59 de 22 de marzo de 2024https://ssl4.ddgi.cat/bopV1/pdf/2024/59/20245902205.pdf - La web municipalhttps://seu.girona.cat/portal/dades/transparencia/subvencions/Bases-Subvencions-Esport-ESP.pdf Cuarto.- Importe La dotación presupuestaria total para la convocatoria de las subvenciones para la realización de las actividades ordinarias es de ciento quince mil euros (115.000,00 €), ampliables en alguna/s de la/las línea/s función de las solicitudes recibidas y la disponibilidad presupuestaria. El importe máximo total de la subvención concedida, por las líneas /programas 1 (línea promoción deporte base hasta 18 años) y 2 (línea promoción deporte federado – adultos – mayores de 18 años), no podrá ser superior a la cantidad de 5.000,00 € ni inferior a los 500,00 €. En el supuesto de ampliación de la dotación económica, se otorgarán las ayudas siguiendo la orden de puntuación establecido en la resolución y según los criterios establecidos en las bases específicas. Se aplicarán de acuerdo el siguiente reparto: • A la línea/programa 1 - Promoción deporte base: 80.000,00 €• A la línea/programa 2 - Promoción deporte federado: 20.000,00 €• A la línea/programa 3 - Promoción de la equidad en niños y jóvenes (de 4 a 17 años): 15.000,00 € (Se subvencionará por un importe máximo de 2.500,00 € por entidad y hasta un máximo de 250 € por deportista.) Las entidades podrán presentarse según la tipología y edades de los deportistas, a una línea/programa o a las tres líneas/programes. La dotación destinada para la realización de las actividades ordinarias de los clubes y de las entidades deportivas, temporada 2024-2025 es de 115.000,00 euros, que se financian a cargo a la aplicación presupuestaria 2025 310 34100 48000 Apoyo a entidades deportivas, del presupuesto municipal por el ejercicio 2025 El importe de la subvención, junto con el de las subvenciones concedidas para la misma finalidad por otras entidades públicas o privadas, no puede ultrapasar el coste de la actividad subvencionada. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes El procedimiento de concesión se iniciará de oficio, mediante convocatoria pública aprobada por el órgano competente. La presente convocatoria se hará pública a través del tablón de edictos y del web municipal. El extracto de la convocatoria se trasladará a la BDNS para su publicación en el BOP de Girona. La presentación de las solicitudes implica la plena aceptación de estas bases y de los requisitos y obligaciones que se recogen. Solo una solicitud por entidad/asociación a la convocatoria. De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las administraciones públicas, se obliga a todas las entidades a relacionarse con las administraciones públicas por medios electrónicos y, por lo tanto, disponer necesariamente de un certificado digital de la entidad. Esto implica que todas las solicitudes y documentaciones que se dirijan en el Ayuntamiento se tienen que realizar obligatoriamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Girona. El plazo de presentación de solicitudes en el registro general de entrada del Ayuntamiento de Girona será de 30 días naturales, a contar desde la fecha de publicación en el BOP del extracto de la convocatoria.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 26/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 26/08/2025Descargar archivo oficial · BDNSActividades ordinarias de clubs y entidades deportivas, 2024-2025Publicado 29/08/2025Actividades ordinarias de clubs y entidades deportivas, 2024-2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.