CONVOCATORIA DE AYUDAS EN MATERIA DE DEPORTES DESTINADAS A APOYAR A LOS CLUBS Y ENTIDADES DEPORTIVAS DE BURJASSOT POR LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE PROYECTOS DEPORTIVOS PARA EL EJERCICIO 2025
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES - ESPAÑA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
12/09/2025
Fin de solicitudes
08/10/2025
Registro en BDNS
02/09/2025
Publicación en diario oficial
11/09/2025
Texto oficial de apertura: AL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN EN BOP
Texto oficial de cierre: 15 DÍAS HÁBILES TRAS LA PUBLICACIÓN DEL ANUNCIO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local 1 de septiembre de 2025, por la que se convocan las subvenciones a Entidades y Clubes Deportivos de Burjassot, destinadas a apoyar a los Clubs y Entidades Deportivas de Burjassot por la organización y desarrollo de proyectos deportivos para el ejercicio 2025.Primero.- Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los clubs y entidades deportivas de Burjassot que reúnan los siguientes requisitos:a) Los Clubs y Entidades Deportivas de Burjasot sin ánimo de lucro y debidamente constituidas.b) Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana.c) No tener partida nominativa en el Presupuesto Municipal o convenio firmado con este Ayuntamiento que incluya obligaciones económicas.d) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería Territorial de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Burjassot. La acreditación del cumplimiento de la obligación de estar al corriente en las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Burjassot se realizará de oficio por el Ayuntamiento, mediante la expedición de certificación administrativa positiva, de conformidad con el artículo 9 de la Ordenanza General de Subvenciones.e) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.f) Cumplir las condiciones establecidas en el art. 8 de la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Ayuntamiento de Burjassot.g) No perseguir fines lucrativos ni depender económicamente o institucionalmente de entidades lucrativas.Segundo.- Objeto.El objeto de la convocatoria es la concesión de ayudas económicas mediante el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva, por la organización y desarrollo de proyectos deportivos por clubs y entidades deportivas, en el ejercicio 2025.Tercero.- Bases reguladoras.La Ordenanza General reguladora de subvenciones está publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 105, de 31 de mayo de 2024.URL: https://transparencia.burjassot.org/wp-content/uploads/2024/06/anuncioboppublicaciondefinitivaordenanzasubvenciones.pdfCuarto.- Cuantía.El importe de estas subvenciones se hará efectivo con cargo al crédito del presupuestovigente de la Partida Municipal 341.48900 “Subvenciones Entidades Deportivas”. El importe máximo destinado a estas subvenciones será de 4.000 euros.Quinto.- Plazo de presentación.El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.Sexto.- Otros datosEl texto íntegro de la convocatoria a la que se refiere el presente extracto puede consultarse enhttps://www.burjassot.org/https://transparencia.burjassot.org/