Resolución de de agosto de 2025 del Presidente del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias, por la que se convocan subvenciones a los Ayuntamientos del Principado de Asturias para Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil
AUTONOMICA · PRINCIPADO DE ASTURIAS · SERVICIO DE EMERGENCIAS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES120 - Asturias
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Seguridad Ciudadana e Instituciones Penitenciarias
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
12/09/2025
Fin de solicitudes
10/10/2025
Registro en BDNS
02/09/2025
Publicación en diario oficial
11/09/2025
Texto oficial de apertura: INICIO DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO
Texto oficial de cierre: 20 DIAS HABILES
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.-Beneficiarios.Ayuntamientos del Principado de Asturias que cuenten con AMVPC que estén legalmente constituidas a la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria de subvenciones en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y mantengan el requisito hasta la finalización del plazo de justificación del proyecto o actividad subvencionada.Segundo.- Objeto.Las actuaciones subvencionadas están dirigidas a la adquisición, por parte de los Ayuntamientos, del equipamiento y/o material, definido en la base sexta, necesario para el desarrollo de la actividad de las AMVPC.Tercero.- Bases reguladoras.Resolución de 17 de octubre de 2019, de la Presidenta del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos del Principado de Asturias para Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil en el ámbito del Principado de Asturias (BOPA núm. 207 del viernes 25 de octubre de 2019), que fue objeto de una rectificación de errores por Resolución de 2 de abril de 2020, de la Presidenta del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA), (BOPA .69 de 8 de abril de 2020) y modificada por Resolución de 12 de julio de 2021 de Primera modificación de la Resolución de 17 de octubre de 2019, de la Presidenta del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos del Principado de Asturias para Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil en el ámbito del Principado de Asturias (BOPA nº.140 de 21 de julio de 2021).Cuarto.- Cuantía.100.000,00 € (cien mil euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 87.01.223B.469.074 ("Agrupaciones de voluntarios de protección civil") de los Presupuestos Generales del Principado para el año 2025.Sólo serán subvencionables si alcanzan un mínimo de 10 puntos.El reparto entre las entidades locales solicitantes que verifiquen los requisitos exigidos se efectuará aplicando una fórmula matemática con los siguientes parámetros:Subvención=DC*B/BBFactores de la fórmula:Valor DC: Dotación de la convocatoria anual.Valor B: Valor de cada beneficiario.Valor BB: Suma de los valores B de todos los beneficiarios.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 20 (veinte) días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.Sexto.- Otros datos.En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0218T01 en el buscador de cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.Las solicitudes vendrán acompañadas de la documentación que se relaciona en la convocatoria.El pago, se realizará de una sola vez por el importe que corresponda de la subvención concedida, tras la resolución de concesiónEl plazo para justificar la subvención finaliza el día 31 de enero de 2026.