Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 03/09/2025
- Publicación en diario oficial
- 05/09/2025
Texto oficial de apertura: a partir del día siguiente a la publicación de las bases y convocatoria en el B.O.P.
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las bases y convocatoria en el B.O.P.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
JOSÉ LUIS SÁEZ PASTOR, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Guardamar del Segura, HACE SABER:Que con fecha 1 de septiembre de 2025, la Junta de Gobierno Local adoptó acuerdo aprobatorio de Bases y Convocatoria de los Premios al Mérito Deportivo de Guardamar del Segura, año 2024.Que el texto íntegro de las citadas Bases es el siguiente:BASES DE LOS PREMIOS AL MÉRITO DEPORTIVO DE GUARDAMAR DEL SEGURA. AÑO 2024.1.- OBJETO DE LAS BASESLas presentes bases tienen por finalidad regular la concesión de la segunda edición de los Premios al Mérito Deportivo de Guardamar del Segura, de modo que se reconozcan los mejores resultados deportivos logrados durante el año 2024 realizados por deportistas individuales empadronados en Guardamar del Segura.La cuantía presupuestaria será de 4.000,00 € (cuatro mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 2025.341.48100 del ejercicio 2025.La ayuda total a conceder estará condicionada al importe máximo presupuestado, siendo este de CUATRO MIL (4.000 €), pudiéndose reducir el importe a percibir por cada solicitante de forma proporcional, con efecto de ajustarse al importe total presupuestado.2.- ÁMBITO DE LOS PREMIOS.Se convocan las siguientes modalidades en diferentes ámbitos:a) La participación en competiciones deportivas federadas de carácter provincial, autonómico, nacional y/o internacional.b) Deportistas con diversidad funcional que participen en cualquier competición deportiva federada.3.- REQUISITOS DE LOS PREMIADOS.Podrán ser premiados aquellos deportistas que compitan en una modalidad deportiva individual, excluyendo cualquier participación y/o premio por equipo.La competición debe contener los siguientes requisitos:a) Haber realizado su actividad deportiva en el periodo comprendido entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2024.b) Estar empadronado en Guardamar del Segura durante al menos los últimos 2 años. Este periodo de tiempo podría ser de un año para solicitantes con el estatus de refugiado.c) Haber obtenido méritos deportivos reseñables y contrastables por el Comisión Evaluadora según lo establecido en la Base 6 de las presentes.4.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.La solicitud para participar en la presente convocatoria de ayudas deberá presentarse en el lugar y en la forma prevista en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, acompañándose de la siguiente documentación:1. Instancia general*. ANEXO I*2. Copia del DNI / NIE del solicitante por ambas caras. Si es menor de edad deberá aportarse copia del representante legal junto a modelo de representación legal anexo a estas bases.3. Declaración responsable para ayudas municipales. ANEXO II.4. Modelo de Alta a Terceros para recibir los pagos derivados del reconocimiento de obligaciones. ANEXO III5. Certificados de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, frente a la seguridad social y con el Ayuntamiento de Guardamar del Segura.6. Descripción detallada de los méritos deportivos susceptibles de valorarse por la Comisión Evaluadora. Es obligatorio completar todos los campos. ANEXO IV7. Certificados/diplomas/informes debidamente expedidos por la federación correspondiente de las pruebas deportivas donde el interesado haya obtenido los resultados susceptibles de considerarse merecedores de ser premiados. El documento deberá contener al menos la siguiente información:a) Nombre de la prueba deportivab) Modalidad y categoría de participaciónc) Fecha y lugar de celebraciónd) Clasificación obtenidae) Nombre completo del deportistaLa presentación de los candidatos conlleva la aceptación de las presentes bases.5.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las bases y convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo previsto en el art. 12.2 de la Ordenanza general por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas que se concedan por el Ayuntamiento de Guardamar del Segura.6.- CRITERIOS DE VALORACIÓN.Los criterios de valoración están directamente vinculados al apartado 2 de las presentes bases, “Ámbito de los Premios”:a) Méritos deportivos obtenidos en la participación en competiciones deportivas federadas de carácter provincial, autonómico, nacional y/o internacional.Campeón provincial de Alicante: premio de 200 €Subcampeón provincial: premio de 100 €Entre el 3º y 5º clasificado provincial: premio de 50 €Campeón de la Comunidad Valenciana: premio de 400 €Subcampeón autonómico: 200 €Entre el 3º y 5º clasificado autonómico: 100 €Campeón de España: premio de 600 €Subcampeón de España: premio de 300 €Entre el 3º y 5º clasificado del campeonato de España: premio de 150 €Campeón mundial:Campeón del Campeonato de Mundo: premio de 800 €Subcampeón del Campeonato del Mundo: premio de 400 €Entre el 3º y 5º del Campeonato del Mundo: 200 €b) Méritos deportivos obtenidos en la participación de deportistas con diversidad funcional en cualquier competición deportiva federada.Participación en competición: 50€7.- INSTRUCCIÓN Y COMISIÓN EVALUADORA.La competencia de instrucción de los expedientes de solicitud y justificación corresponderá a la Concejalía de Participación Ciudadana que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.Se nombrará una Comisión Evaluadora compuesta por las siguientes personas:• Titular de la Concejalía de Participación Ciudadana, que actuará de Presidenta o persona en quien delegue.• Titular de la Concejalía de Hacienda o persona en quien delegue.• Titular de la Concejalía de Bienestar Social e Integración o persona en quien delegue.• Dos técnicos del área socio-cultural, deportiva o turística.• Titular de la Secretaría Municipal del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue, que actuará como Secretario de la ComisiónUna vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes el órgano instructor procederá a su análisis y valoración en base a los requisitos y criterios establecidos en las presentes bases reguladoras y solicitará cuantos informes estime necesarios, de todo lo cual se dará traslado a la Comisión Evaluadora.Previamente a elaborar la propuesta de resolución, se publicarán a efectos de notificación en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento (https://guardamardelsegura.sedelectronica.es/), resolución que contenga los siguientes listados:a) Deportistas solicitantes que reúnen la totalidad de requisitos y documentación requerida en la convocatoria.b) Deportistas que no han aportado la totalidad de la documentación requerida.c) Deportistas que no cumplen con los requisitos como beneficiarios y ven denegada su solicitud.A las personas solicitantes referidas en el apartado b) de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para que en un plazo de 5 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21.1 de la citada ley.Transcurrido el plazo establecido para alegar o subsanar las solicitudes requeridas para ello, se elevará la propuesta de resolución a la Comisión Evaluadora para que la someta a aprobación del órgano competente y se proceda a su posterior publicación.La Comisión Evaluadora se reserva el derecho a resolver cualquier circunstancia no contemplada en las bases, así como su interpretación.8.- CONCESIÓN Y CUANTÍA.Los premios se otorgarán a los beneficiarios aplicando los criterios de valoración de estas bases.Todos los premios que superen los 300,00 € estarán sujetos a la retención correspondiente en el IRPF.La Comisión Evaluadora propondrá la cantidad económica resultante de conformidad a los criterios de valoración y al límite presupuestario establecido.El fallo del jurado se emitirá a lo largo del año 2025, con carácter de inapelable, y será elevado a la Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía, para su aprobación mediante el correspondiente acuerdo. El acuerdo de concesión de los premios se publicará en la web municipal www.guardamardelsegura.es y en el tablón de edictos electrónico.9.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.El Ayuntamiento de Guardamar del Segura se compromete a cumplir con la normativa en materia de tratamiento de datos de carácter personal (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y Reglamento UE 2016/679), y a garantizar la correspondiente seguridad, confidencialidad de los datos de carácter personal a los que pudieran tener acceso o fueran sometidos a tratamiento, a resultas de las actividades en el marco de la presente convocatoria10.- PUBLICACIÓN.Las presentes bases y la correspondiente convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en el Tablón de Edictos Electrónico y en la página web del Ayuntamiento de Guardamar del Segura, www.guardamardelsegura.es.El resto de trámites en aplicación de estas bases se publicarán en el Tablón de Edictos Electrónico y en la página web del Ayuntamiento de Guardamar del Segura, www.guardamardelsegura.es.SEGUNDO.- Convocar los Premios al Mérito Deportivo de Guardamar del Segura, año 2024, mediante la publicación de edicto que recoja el contenido de las anteriores Bases, en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, el Tablón de Edictos Electrónico y la página web del Ayuntamiento de Guardamar del Segura, www.guardamardelsegura.es.TERCERO.- Comunicar el presente acuerdo al Departamento de Intervención a los efectos de su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.SEGUNDO. Registrar la información a incluir en la BDNS por los medios electrónicos que ésta proporcione, acompañada del texto de la convocatoria, de su extracto y de sus datos estructurados.Es lo que se hace público para general conocimiento en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.