¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES615 - Huelva
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 03/09/2025
- Publicación en diario oficial
- 05/09/2025
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de su publicación
Texto oficial de cierre: Veinte días hábiles después
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto de la Convocatoria de Subvenciones de la Diputación Provincial de Huelva para la realización de actividades en materia de Servicios Sociales en la Provincia de Huelva (2025-2027) aprobada por resolución de la Presidencia de la Diputación de Huelva, n.º 2653/2025 de fecha 29 de agostohttps://s2.diphuelva.es/somostransparentes2/contenidos/12681_convocatoria-tramitacion-anticipada-servicios-sociales-20251. Objeto. 1. Es objeto de la presente convocatoria la regulación del procedimiento de concesión de subvenciones, mediante concurrencia competitiva y convocatoria única, del Servicio de Servicios Sociales Comunitarios de la Diputación de Huelva para la financiación de proyectos y actividades relacionados con la discapacidad, trastorno mental grave y/o personas con Alzheimer, siempre dentro de la siguiente tipología: - Proyectos de promoción de medidas de inserción social. - Proyectos que dan información, asesoramiento y acompañamiento a las familias de personas afectadas. - Proyectos de apoyo a la creación de Grupos de Ayuda Mutua para familiares. - Proyectos de formación de familiares. - Promoción de acciones y campañas de sensibilización hacia la ciudadanía alrededor de las personas afectadas. - Proyectos que tienen como finalidad el empoderamiento de la persona afectada y sus familias, para dar voz al colectivo en primera persona. - Proyectos que visibilicen, y eduquen en la diversidad funcional y la lucha contra el estigma, destinadas a la ciudadanía en general. 2. El contenido de los proyectos ha de ser tendente a la consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) n.º 10: “Reducción de las desigualdades”.2. Régimen jurídico. Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Huelva. (BOP nº 136 de 18 de julio de 2016). (Ver más en apartado 2 de la convocatoria).3. Personas jurídicas beneficiarias. 1. La presente convocatoria contempla como personas jurídicas beneficiarias para que puedan llevar a cabo los proyectos o actividades presentados relacionados/as con el objeto de la misma a personas jurídicas sin ánimo de lucro privadas (asociaciones y federaciones de asociaciones) que estén legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente Registro y tengan domicilio social en la provincia de Huelva, cuyo proyecto a realizar tenga repercusión en la población de municipios de la misma. 2. No podrán obtener la condición de beneficiarias: - Aquellas asociaciones o colectivos con ánimos de lucro. - Las fundaciones, federaciones y asociaciones de sindicatos, partidos políticos, iglesias, confesiones y comunidades religiosas, asociaciones profesionales y cualquier otra fundación, sea de carácter público o privado. 3. Sólo podrá presentarse un único proyecto por cada persona jurídica solicitante en esta convocatoria. (Ver más en apartado 3 de la convocatoria).4. Ámbito temporal de las actividades. 1. Las personas jurídicas solicitantes podrán presentar, en el marco de esta convocatoria, proyectos de actividades que se inicien o se hayan iniciado desde el 1 de julio de 2025 y se desarrollen, como máximo, hasta el 30 de junio de 2027. 2. No serán subvencionados/as aquellos/as proyectos/actividades que se inicien y/o se desarrollen fuera de este periodo, excluyéndose los/as que no cumplan este requisito.5. Presupuesto total y aplicación presupuestaria. 1. El presupuesto máximo disponible para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria será de TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000 €) que se imputarán a las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto General de la Diputación de Huelva para los ejercicios 2026 y 2027, y a la inclusión en los mismos de una partida denominda "Convocatoria de Subvenciones en materia de Servicios Sociales" con el importe indicado:Compromiso Gasto Futuro Anualidad:2026 Concepto: Convocatoria de Subvenciones en materia de Servicios Sociales (2025-2027) Importe: 240.000,00 €Compromiso Gasto Futuro Anualidad. 2027 Concepto: Convocatoria de Subvenciones en materia de Servicios Sociales (2025-2027) Importe: 60.000 €(Ver más en apartado 5 de la convocatoria).6. Cuantía y abono. 1. El importe máximo de ayuda para un proyecto será de 35.000,00 €. 2. La ayuda concedida podrá abonarse en dos pagos, el primero, anticipado por el 80% de la totalidad, una vez publicada la resolución de concesión, en 2026, siempre que la persona jurídica haya justificado la necesidad transitoria inmediata de liquidez para llevar a término la ejecución de la actividad/proyecto subvencionado, y el 20% restante, en el ejercicio 2027, previa presentación de la justificación del gasto realizado, (justificació del 100%) en términos previstos en esta convocatoria, una vez comprobado por el órgano concedente que la subvención se ha aplicado a la finalidad y que las justificaciones aportadas corresponden a los gastos directamente relacionados con la actividad a subvencionar y con posterioridad al correspondiente informe favorable de fiscalización emitido por la Intervención de la Diputación Provincial de Huelva.(Ver más en apartado 6 de la convocatoria).7. Procedimiento de selección. Se establece un procedimiento de selección que se realizará en régimen de concurrencia competitiva según lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley General de Subvenciones.8. Presentación de solicitudes y plazos. 1. El plazo de presentación de las solicitudes para la presente convocatoria se iniciará al día siguiente de la publicación de la Resoluciónn de la presidencia por la qie se aprueba la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, expirando 20 días hábiles después. 2. Las solicitudes se presentarán, conforme al modelo de esta convocatoria, (Anexo I. Solicitud de subvención y Proyecto) acompañada de la documentación específica establecida, necesariamente a través del catálago de servicios de la sede electrónica de la Diputación en la dirección https://sede. diphuelva.es , cumplimentando la información requerida para ese procedimiento. 3. No se admitirá ninguna solicitud con fecha anterior ni posterior a la del plazo señalado en esta convocatoria. (ver más en apartado 10 de la convocatoria).