Plazo no verificadoBDNS 854795
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADA AL APROVECHAMIENTO TURÍSTICO DE LAS ALMAZARAS DE LA PROVINCIA DE JAÉN PARA EL EJERCICIO 2025. L2 PROYECTOS PARA LA REALIZACIÓN DE GASTO CORRIENTE
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE JAÉN · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 20:33 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES616 - Jaén
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 30/09/2025
- Registro en BDNS
- 03/09/2025
- Publicación en diario oficial
- 05/09/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente de la publicación del extracto en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
ANUNCIOCon fecha 12 de junio de 2026, el Diputado Delegado de Promoción y Turismo, por delegación del Sr. Presidente (Resol. 261 de 09/06/2026) ha dictado la Resolución núm. 212, relativa a la ampliación del plazo de ejecución y justificación de la Convocatoria de Subvenciones del Área de Promoción y Turismo de la Diputación Provincial para el ejercicio 2025, destinada al aprovechamiento turístico de las almazaras de la provincia de Jaén, cuyo tenor literal es el siguiente:¿Vista la Resolución de la Presidenta Accidental Dª. Pilar Parra Ruiz, por delegación del Sr. Presidente (Resol. 337 de 19/06/2025) número 1098, de fecha 22 de agosto de 2025, por la que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones del Área de Promoción y Turismo de la Diputación Provincial, para el ejercicio 2025, destinada al aprovechamiento turístico de las almazaras de la provincia de Jaén, cuyo extracto se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia número 170, de 5 de septiembre de 2025.Visto que el artículo 4 de la citada Convocatoria establece que la ejecución de las actividades se extenderá desde el día 1 de enero de 2025 hasta el 30 de junio de 2026, y que los beneficiarios podrán solicitar una ampliación del mencionado plazo, en los términos previstos en el artículo 18 de la Convocatoria, siempre que la solicitud se realice antes de la finalización del mismo.Visto que con fecha 21 de abril y 8 de mayo de 2026 se dictaron las Propuestas de Resolución Provisional de la Línea 2 y de la Línea 1, respectivamente, y que la Resolución definitiva se prevé se dicte en una fecha próxima al final del plazo de ejecución previsto en el citado artículo 4, lo que puede dificultar que las almazaras ejecuten las actividades subvencionadas en dicho plazo.Considerando lo que antecede y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.1 f) de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de Bases del Régimen Local y el artículo 18.4 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de esta Diputación Provincial, correspondientes al año 2025,RESUELVO:PRIMERO: Ampliar hasta el 30 de septiembre de 2026 el plazo para la ejecución de las actividades subvencionadas al amparo de la Convocatoria de subvenciones del Área de Promoción y Turismo de la Diputación Provincial para el ejercicio 2025, destinada al aprovechamiento turístico de las almazaras de la provincia de Jaén. Con la citada ampliación y de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la citada Convocatoria, el plazo de justificación finalizará el 30 de diciembre de 2026.SEGUNDO: De la presente Resolución deberá darse traslado a la Intervención General.TERCERO: Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web.¿Lo que se hace público para general conocimiento.
ANUNCIOPrimero: BeneficiariosPodrán acogerse a los beneficios de esta Convocatoria de subvenciones las empresas, con independencia de su forma jurídica, que entre las actividades económicas que realice se encuentre la fabricación de aceite de oliva y que dicha actividad se desarrolle en un municipio de la provincia de Jaén, pudiendo presentar cada una de ellas una solicitud para cada una de las líneas previstas en el artículo 5 de esta Convocatoria.No podrán solicitar estas subvenciones las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, carentes de personalidad jurídica propia. Segundo: Objeto.Regular las subvenciones del Área de Promoción y Turismo, en el marco del Presupuesto para el ejercicio 2025, destinadas a la realización de proyectos destinados al aprovechamiento turístico de las almazaras de la provincia y sus instalaciones anexas. Línea 2. Proyectos para la realización de gasto corriente.Tercero: Bases reguladoras.Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Jaén para el año 2025 (BOP, número 250, de 30 de diciembre de 2024).Cuarto: Cuantía.Cuantía total: 25.000,00 ¿ Cuantía máxima por beneficiario: 4.000,00 ¿Quinto: Plazo de presentación de solicitudes.Comenzará a partir del día siguiente de la fecha de publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el 30 de septiembre de 2025.Sexto. Otros datos de interés.Proyectos subvencionables:Proyectos destinados a la difusión y promoción de las actividades de Oleoturismo de las almazaras de la provincia, de la tipología que a continuación se enumera: * Realización de vídeos promocionales o divulgativos. * Diseño y edición de material promocional o divulgativo tales como folletos, cuadernos didácticos u otros soportes que contengan información para la visita turística, excluyendo merchandising.Los gastos subvencionables serán exclusivamente de naturaleza corriente.Gastos subvencionables: Son los previstos en el artículo 22 de la convocatoria.Compatibilidad: Sí.Documentación: La prevista en el artículo 10 de la convocatoria.Criterios de valoración: Se contienen en el artículo 15 de la convocatoria.Forma de pago: Previa justificación del gasto realizadoForma de justificación: Será necesario presentar la documentación señalada en el artículo 24 de la convocatoria.Plazo de ejecución:Desde el 1 de enero de 2025 hasta al 30 de junio de 2026.Plazo máximo de justificación: Hasta el 30 de septiembre de 2026.
ANUNCIOPrimero: BeneficiariosPodrán acogerse a los beneficios de esta Convocatoria de subvenciones las empresas, con independencia de su forma jurídica, que entre las actividades económicas que realice se encuentre la fabricación de aceite de oliva y que dicha actividad se desarrolle en un municipio de la provincia de Jaén, pudiendo presentar cada una de ellas una solicitud para cada una de las líneas previstas en el artículo 5 de esta Convocatoria.No podrán solicitar estas subvenciones las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, carentes de personalidad jurídica propia. Segundo: Objeto.Regular las subvenciones del Área de Promoción y Turismo, en el marco del Presupuesto para el ejercicio 2025, destinadas a la realización de proyectos destinados al aprovechamiento turístico de las almazaras de la provincia y sus instalaciones anexas. Línea 2. Proyectos para la realización de gasto corriente.Tercero: Bases reguladoras.Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Jaén para el año 2025 (BOP, número 250, de 30 de diciembre de 2024).Cuarto: Cuantía.Cuantía total: 25.000,00 ¿ Cuantía máxima por beneficiario: 4.000,00 ¿Quinto: Plazo de presentación de solicitudes.Comenzará a partir del día siguiente de la fecha de publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el 30 de septiembre de 2025.Sexto. Otros datos de interés.Proyectos subvencionables:Proyectos destinados a la difusión y promoción de las actividades de Oleoturismo de las almazaras de la provincia, de la tipología que a continuación se enumera: * Realización de vídeos promocionales o divulgativos. * Diseño y edición de material promocional o divulgativo tales como folletos, cuadernos didácticos u otros soportes que contengan información para la visita turística, excluyendo merchandising.Los gastos subvencionables serán exclusivamente de naturaleza corriente.Gastos subvencionables: Son los previstos en el artículo 22 de la convocatoria.Compatibilidad: Sí.Documentación: La prevista en el artículo 10 de la convocatoria.Criterios de valoración: Se contienen en el artículo 15 de la convocatoria.Forma de pago: Previa justificación del gasto realizadoForma de justificación: Será necesario presentar la documentación señalada en el artículo 24 de la convocatoria.Plazo de ejecución:Desde el 1 de enero de 2025 hasta al 30 de junio de 2026.Plazo máximo de justificación: Hasta el 30 de septiembre de 2026.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 16/06/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADA AL APROVECHAMIENTO TURÍSTICO DE LAS ALMAZARAS PROVINCIA DE JAEN, PARA EL EJERCICIO 2025. LINEA L2. PROYECTOS PARA LA REALIZACIÓN DE GASTO CORRIENTE.Publicado 18/06/2026EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADA AL APROVECHAMIENTO TURÍSTICO DE LAS ALMAZARAS DE LA PROVINCIA DE JAÉN PARA EL EJERCICIO 2025. LÍNEA 2. PROYECTOS PARA LA REALIZACIÓN DE GASTO CORRIENTE.Publicado 05/09/2025RESOLUCION/ACUERDO DE CONCESION DE LA SUBVENCION PARA EL AÑO 2025Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.