PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES42 - CASTILLA LA MANCHA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
19/09/2025
Fin de solicitudes
20/10/2025
Registro en BDNS
05/09/2025
Publicación en diario oficial
18/09/2025
Texto oficial de apertura: el día siguiente a la publicación del texto completo y del extracto de la resolución de convocatoria
Texto oficial de cierre: 1 mes desde el día siguiente a la publicación del texto completo y del extracto de la
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Extracto publicado
Primero: Beneficiarios Podrá ser beneficiario de las ayudas reguladas en esta orden el alumnado que cumpla los siguientes requisitos: a) Estar inscrito en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil con la condición de Beneficiario el día natural anterior al del inicio/incorporación de la actividad formativa. Se entenderá por inicio/incorporación de la actividad formativa el primer día lectivo del curso o el primer día de incorporación del alumnado participante. b) Tener más de dieciséis años y menos de treinta el día de inicio/incorporación de la actividad formativa. c) Haber cursado alguna de las actividades formativas específicas descritas en la base primera de la orden de bases reguladoras. Segundo: Objeto Incentivar y facilitar el acceso a la formación del alumnado que participe en las acciones formativas específicas vinculadas al Sistema Nacional de Garantía Juvenil en Castilla-La Mancha, implantadas por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en centros públicos. Tercero: Bases reguladoras Orden 96/2023, de 5 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas de formación al alumnado que participe en el Plan de Garantía Juvenil en cualquiera de las enseñanzas de la oferta educativa específica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. (DOCM Núm. 91 de 12 de mayo de 2023) y posterior corrección de errores (DOCM Núm. 125 de 3 de julio de 2023). Orden 3/2024, de 17 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden 96/2023, de 5 de mayo, por la que se aprueban bases reguladoras para la concesión de ayudas de formación al alumnado que participe en el Plan de Garantía Juvenil en cualquiera de las enseñanzas de la oferta educativa específica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. (DOCM Núm. 18 de 25 de enero de 2024). Cuarto: Cuantía Para este programa de ayudas se destina un crédito de 300.000,00 € que se ajustará y distribuirá según las solicitudes de las diferentes modalidades. Las cuantías de las ayudas serán: -Modalidad A. Participación en la formación: 200 €. -Modalidad B. Consecución de objetivos: 400 €. -Modalidad C. Acceso a la Formación Profesional de Grado Medio o Superior: 600 €. -Modalidad D. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de Bachillerato: 1.000 €. -Modalidad E. Prácticas formativas en empresa o centros de trabajo: 600 €. Quinto: Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes y se computará desde el día siguiente a la publicación del texto completo y del extracto de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Sexto: Otros datos Las personas solicitantes que, reuniendo los requisitos indicados, deseen optar a las ayudas de formación, presentarán la solicitud de forma telemática a través de la Secretaría Virtual de la plataforma EducamosCLM (https://educamosclm.castillalamancha.es/), accesible asimismo a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Las personas solicitantes que lo requieran podrán recibir la asistencia técnica necesaria para realizar su solicitud en los centros educativos donde hubieran estado matriculados, durante el curso 2024-2025, en alguna de las acciones formativas específicas descritas en la base primera de la orden de bases reguladoras. Toledo, 5 de septiembre de 2025 El Consejero de Educación, Cultura y Deportes AMADOR PASTOR NOHEDA