Resolución de Alcaldía núm. 1389/2025, de 5 de septiembre de 2025 aprobar la convocatoria número 9/2025, para la concesión de ayudas económicas para deportistas de élite de municipio de Alginet para el año 2025.
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
08/09/2025
Fin de solicitudes
31/10/2025
Registro en BDNS
08/09/2025
Publicación en diario oficial
17/09/2025
Texto oficial de apertura: Resolución de Alcaldía núm. 1389/2025, de 5 de septiembre de 2025 aprobar la convocatoria número 9/2
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Extracto publicado
Primero. ObjetoLa convocatoria número 9/2025 de ayudas económicas para deportistas de élite de Alginet, correspondientes al año 2025.Segundo. Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios de estas ayudas quienes cumplan los siguientes requisitos:a. Tener reconocida la condición de deportistas de élite en 2025.A efectos de esta convocatoria se entenderá por deportistas de élite los que ostenten tal condición por estar incluidos en los listados de deportistas de élite de las resoluciones correspondientes de la comunidad valenciana publicadas en el publicadas en el DOGV y en las categorías previstas en las citadas resoluciones.Teniendo en cuenta la previsión contenida en el artículo 2 del Decreto 39/2020, se considerarán las Resoluciones de la administración autonómica por la que se reconozca la condición de deportista de élite en el año 2025.b. Estar empadronado en el municipio de Alginet.El requisito de estar empadronado en Alginet deberá cumplirse en la fecha de presentación de solicitudes y tener una antigüedad mínima de 1 año.c. No hallarse incurso en alguna de las circunstancias que inhabilitan para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas señalado en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones.d. Estar al corriente de sus obligaciones en el pago de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determina en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.e. Estar al corriente con sus obligaciones con el Ayuntamiento de Alginet.f. Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento de Alginet. (conforme a los términos de la convocatoria).Tercero. Bases reguladorasLa convocatoria ha sido aprobada mediante Resolución de Alcaldía núm. 1389/2025, de 5 de septiembre de 2025, y se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento (www.alginet.es), conforme a la ordenanza general de subvenciones aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 31 de enero de 2019 y cuyo texto íntegro fue publicado en el BOP número 69 de 9 de abril de 2019.Cuarto. CuantíaLa cuantía máxima destinada a atender estas ayudas asciende a un total de 6.000,00€, cuya financiación se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 341 48000 del vigente Presupuesto 2025.Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes de ayudas económicas de la convocatoria 9/2025 será de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia