EXP. 3890/2025.- CONVOCATORIA PARA LA CONCESION, EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES PARA GASTOS EFECTUADOS EN EL AÑO 2025 DE ESCUELA INFANTIL Y/O GUARDERIA PARA NIÑOS/AS DE 0 A 3 AÑOS.
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES521 - Alicante / Alacant
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
10/09/2025
Publicación en diario oficial
12/09/2025
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.P. de Alicante.
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles contados desde día siguiente a la publicación del extracto en el B.O.P. de Alicante.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1.- Descripción de la convocatoria: concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para gastos efectuados en el año 2025 de escuela infantil y/o guardería para niños/as de 0 a 3 años, de conformidad con bases reguladoras que fueron aprobadas por el pleno municipal el 3 de abril de 2018, y que se encuentran publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 111, de 12 de junio de 2018.2.- Beneficiarios: Para que las citadas personas puedan obtener la condición de beneficiarias, se deberán cumplir los siguientes requisitos: • Figurar las siguientes personas inscritas en el padrón municipal de habitantes de Almoradí con la antigüedad mínima de 1 año desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: - El niño/a para el que se solicita la ayuda. - Su padre o madre. - La persona de la que dependa legalmente. • La unidad familiar a la que pertenece el menor no podrá superar el umbral de renta de 42.000 euros en el ejercicio IRPF 2024, utilizando a tal efecto el importe reflejado en la casilla relativa a la Base liquidable general sometida a gravamen de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), del ejercicio de 2024. • La unidad familiar a la que pertenece el menor no podrá superar en el año 2025 unos ingresos “per cápita” de 950 euros mensuales netos. Para el cálculo se tendrán en cuenta los meses de octubre de 2024 a septiembre de la anualidad 2025. Dichos ingresos mensuales se justificarán con alguno o algunos de los siguientes documentos: nóminas, modelo 303, modelo 130, modelo 131, certificado del SEPE, certificado de pensiones de los meses de octubre de 2024 a septiembre del año en curso según situación de la unidad familiar y declaración jurada de ingresos de otra índole. • Los dos progenitores de la unidad familiar han de estar laboralmente activos. En los casos de tutela y acogimiento legal, el requisito de estar laboralmente activos lo han de cumplir tanto el tutor/a o el acogedor/a legal del menor como su cónyuge. En el caso de familias monoparentales, el único adulto es el que ha de cumplir este requisito. No se podrá obtener subvención por aquellos meses de escuela infantil / guardería en los que no se justifique que los beneficiarios han estado activos laboralmente a lo largo del año 2025. Excepcionalmente, y siempre según criterio del equipo técnico del departamento de Bienestar Social, podrá obtener la condición de beneficiario aquella persona que, no cumpliendo con el requisito de estar laboralmente activo, justifique fehacientemente la necesidad de matricular a su hijo/a en una guardería o escuela infantil. • El menor ha tenido que estar matriculado y haber asistido a una escuela infantil o en una guardería en parte del año 2025.3.- Convocatoria: El texto íntegro de la misma puede ser consultado por los interesados en la siguiente dirección https://almoradi.sedelectronica.es.4.- Importe: El importe total que el Ayuntamiento de Almoradí destinará a estas subvenciones en la presente convocatoria asciende a 10.000 euros. La cuantía individualizada de cada subvención vendrá determinada por la puntuación obtenida por cada aspirante en aplicación de los criterios de valoración contenidos en la convocatoria.5.- Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.