Resolución de Alcaldía nº 2360 de fecha 6 de junio de 2025 sobre la aprobación de la convocatoria de subvenciones a las asociaciones juveniles de Mislata 2025
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
11/09/2025
Publicación en diario oficial
22/09/2025
Texto oficial de apertura: a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Valencia.
Texto oficial de cierre: 10 días naturales.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, se publica el extracto de convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):Primero: Objeto.Son objeto de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a conceder por el departamento municipal de juventud: A) Favorecer el asociacionismo juvenil como elemento dinamizador de la participación social de la juventud.B) Favorecer el desarrollo de programas y/o actividades promovidas por las asociaciones juveniles cuyos objetivos se correspondan con:1. El fomento de la formación, creación, promoción y difusión cultural en todas sus manifestaciones y formas que tiendan a satisfacer las necesidades y aspiraciones culturales de los y las jóvenes de Mislata.2. La emancipación de la juventud.3. La planificación de actividades de animación juvenil (ocio y de tiempo libre).4. La planificación de actividades de información y asesoramiento a jóvenes.5. La edición de revistas juveniles.6. La elaboración y/o edición de estudios relacionados con diferentes aspectos del ámbito juvenil.7. La planificación de programas de voluntariado juvenil.8. La realización de actividades que fomenten la igualdad y la inclusión entre la juventud residente en Mislata, así como la sensibilización y la interculturalidad.9. La colaboración en el desarrollo de actividades y proyectos que complementen las promovidas por el Ayuntamiento de Mislata.10. Cualquier otra circunstancia que la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Mislata considere de especial relevancia.Segundo: Beneficiarios.Podrán optar a estas subvenciones las asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud cuya sede social y ámbito de actuación tenga lugar en Mislata. Todas ellas deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro del Ayuntamiento de Mislata y en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana. Podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones las personas o entidades en quienes no concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la LGS (Ley 38/2003 de 17 de noviembre), salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora.El Ayuntamiento de Mislata comprobará que las asociaciones que solicitan la subvención están inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones. Tercero: Bases reguladoras.Bases – Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Mislata• Castellano: https://www.mislata.es/es/administracion/ordenanzas/ordenanzas-de-secretaria/ordenanza-general-de-subvenciones• Valenciano: https://www.mislata.es/va/administracio/ordenances/ordenanzas-de-secretaria/ordenanca-general-de-subvencionsConvocatoria - Decreto de la Alcaldía, número 3160, de fecha 9 de agosto de 2024.•Castellano:https://www.mislata.es/es/administracion/subvenciones/convocatorias-de-subvenciones-en-tramitacion/subvenciones-las-asociaciones-juveniles-y-entidades-prestadoras-de-servicios-la-juventud-de-mislata-2025•Valenciano:https://www.mislata.es/va/administracio/subvencions/convocatories-de-subvencions-en-tramitacio/subvencions-les-associacions-juvenils-i-entitats-prestadores-de-servicis-la-joventut-de-mislata-2025Cuarto. Cuantía.El Ayuntamiento de Mislata, destina una línea de Subvención para los Programas de Juventud de las Asociaciones Juveniles de 10.000 euros, de la aplicación presupuestaria 3271 48900 del presupuesto municipal para el ejercicio 2025.La cuantía máxima de la subvención a conceder podrá ser de hasta el 70% del coste global del presupuesto de la entidad y/o de la actividad o proyecto presentado, no pudiendo superar ninguna ayuda la cantidad de 1.700 euros por proyecto.La concesión de subvenciones se llevará a cabo distribuyendo el importe de la dotación presupuestaria, mediante el sistema de concurrencia competitiva.Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.El plazo para presentar las solicitudes será de 10 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. Si el último día del plazo fuere inhábil el plazo se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.Sexto. Otros datos. En la base decimosexta de las que rigen la convocatoria se establecen las obligaciones de los beneficiarios.