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Plazo no verificadoBDNS 856091

SUBVENCION CONVOCATORIA MATERIAL ESCOLAR 2025

LOCAL · SANTA ELENA · AYUNTAMIENTO DE SANTA ELENA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 21:00 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES616 - Jaén

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
11/09/2025
Publicación en diario oficial
16/09/2025

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación en el BOP

Texto oficial de cierre: El veinte día hábil a partir del día siguiente a la publicación en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Anuncio  De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de las subvenciones cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional deSubvenciones (http://www.pag.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero.- Beneficiarios.Las ayudas cuya concesión se regula en esta ordenanza, podrán ser solicitadas por quien o por quienes tengan la patria potestad, tutela o curatela de los alumnos.Podrán ser beneficiarios los alumnos y, en su nombre, quienes ostenten la patria potestad o guarda legal del menor. Segundo.- Objeto.La presente subvención tiene como finalidad garantizar la igualdad de oportunidades para el acceso a la educación, regulando un sistema de ayudas al estudio para sufragar los gastos que ocasiona a las familias el desarrollo del curso escolar y, especialmente, la adquisición de libros, de material educativo y vestuario de los alumnos que matriculen por primera vez, en el centro educativo del municipio, colegio público Carlos III. Tercero.- Cuantía.La cuantía de la subvención que se otorgue por cada estudiante podrá alcanzar, sin superarlo, el cien por ciento de los gastos que justifique por la adquisición de sus libros , vestuario y material educativo para el curso escolar al que se refiera la subvención, con el límite máximo de 200,00 euros por alumno. Ordenanza reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Elena (publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 16 de Noviembre del 2020, nº 220.Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva. Quinto.- Plazo de Presentación de Subvenciones:Los interesados presentaran sus solicitudes con la documentación que resulte necesaria en el plazo de 20 días hábiles, que comenzará a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Sexto.- Documentos a presentar.Los establecidos en el artículo 7 de la Ordenanza.                                       Séptimo.- Verificación y control.De conformidad con lo establecido en arts. 12 y 13, de la Ordenanza reguladora de la subvención del Ayuntamiento de Santa Elena (publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 16 de Noviembre del 2020, nº 220. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 11/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSSUBVENCION CONVOCATORIA MATERIAL ESCOLAR 2025Publicado 16/09/2025SUBVENCION CONVOCATORIA MATERIAL ESCOLAR 2025