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Plazo no verificadoBDNS 856370

AYUDAS COMEDOR ALUMNADO 0 - 3 AÑOS 2024/2025

LOCAL · TORRENT · AYUNTAMIENTO DE TORRENT

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 21:06 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
12/02/2025
Fin de solicitudes
31/12/2025
Registro en BDNS
12/09/2025
Publicación en diario oficial
23/09/2025

Texto oficial de apertura: Ayudas comedor alumnado de 0 a 3 años 2024/2025

Texto oficial de cierre: Ayudas comedor alumnado de 0 a 3 años 2024/2025

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Extracto publicado

Primero. Finalidad y objeto El derecho a la educación se configura como el derecho más importante para conseguir el pleno desarrollo de las personas desde las edades más tempranas.El acceso en la educación en igualdad de condiciones, sin distinción por razón de condicionamientos económicos, sociales y de cualquier otra índole, es un derecho que se tiene que hacer efectivo por las distintas administraciones públicas que intervienen en su consecución, de acuerdo con el mandato implantado por la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, así como por la legislación vigente relacionada con la materia, como el aplicable al régimen local y su régimen competencial.La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, define la educación infantil como una etapa educativa, de carácter voluntario, que atiende niños y niñas desde el nacimiento hasta los 6 años de edad. Así mismo, establece que las Administraciones Públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de la Educación Infantil y coordinarán las políticas de cooperación entre ellas y entre las corporaciones locales y entidades privadas para asegurar una oferta educativa en este ciclo.Las presentes ayudas pretenden coadyuvar a la conciliación de la vida familiar y laboral y avanzar en la compensación de las desigualdades, atendiendo a las características socioeconómicas del alumnado.El objeto de la subvención es la concesión de ayudas económicas para la financiación parcial del coste del servicio de comedor para el alumnado de 0 a 3 años matriculado en las escuelas de Educación Infantil de primer ciclo autorizadas, durante el curso 2024/2025.La subvención tiene por finalidad garantizar a la ciudadanía el acceso a las ayudas bajo el principio de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad de oportunidades y no discriminación, así como mejorar la eficiencia en la asignación y la utilización de los recursos públicos. El importe de la subvención no podrá superar el 100% del presupuesto de la actividad.Segundo. Procedimiento de concesión.La concesión de las ayudas reguladas en esta convocatoria, se hará por el procedimiento ordinario de concurrencia competitiva de acuerdo con lo establecido en los artículos 22.1 y 23 a 27 de la LGS, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria y adjudicando, con el límite fijado dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios. Para obtener la ayuda no será suficiente reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, sino que estará supeditada al número de orden situado dentro del límite de gasto máximo en base a la renta de la unidad familiar. Se fija como límite de gasto la dotación presupuestaria especificada en la convocatoria.Tercero. Beneficiarios.Serán personas beneficiarias de las presentes ayudas todo el alumnado de 0 a 3 años matriculado durante el curso 2024/2025 en escuelas y centros de educación infantil de primer ciclo autorizados por la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, que cumplan los requisitos siguientes:a) Haber estado matriculado en el curso escolar 2024/2025 en el primer ciclo de Educación Infantil, en un centro de educación infantil autorizado por la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo.b) Estar empadronado en Torrent junto con los miembros de la unidad familiar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2024/2025.c) No estar incursas las personas progenitoras o representantes legales en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.d) Tener una renta per cápita, calculada de acuerdo con el que prevén estas bases reguladoras, no superior al importe 20.000 €.e) No recibir ninguna otra ayuda pública por el mismo concepto si su importe, sumado al de las ayudas reguladas en estas bases, superan el coste del servicio de comedor. Para ello, las personas beneficiarias deberán comunicar al Ayuntamiento de Torrent la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedente de cualquier otra administración pública. No podrá ser beneficiario de estas ayudas:a) El alumnado matriculado en centros donde la enseñanza sea gratuita o que reciben las enseñanzas gratuitamente, como es el caso del alumnado de los CEIPS de la localidad que disponen de aulas de 2 a 3 años.b) El alumnado matriculado en centros titularidad de fundaciones laborales constituidas por empresas privadas o de titularidad de cualquier otra institución pública o privada, cuando se dedican a la atención exclusiva de hijos de empleados u ocupan para el este fin el 75% de su capacidad.Los requisitos anteriormente señalados se acreditarán en los términos que se señalan en las bases reguladoras específicas al regular el procedimiento de solicitud.Cuarto. Bases reguladoras.Las bases reguladoras de la convocatoria de estas subvenciones, han sido aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada en fecha 8 de septiembre de 2025.Están publicadas a la dirección web del Ayuntamiento de Torrent (ayudas y subvenciones).Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitud y justificación.El plazo para la presentación de la solicitud es de 10 días desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).Pueden solicitar las ayudas los progenitores o representantes legales del alumnado de 0 a 3 años matriculados en el curso escolar correspondiente a esta convocatoria en escuelas y centros de Educación Infantil de primer ciclo autorizados por la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo.Las solicitudes se deberán presentar; preferentemente por vía telemática, por medio del trámite habilitado a este efecto disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrent (ayudas y subvenciones):EDUC-012.Concesión de ayudas para el alumnado de Educación Infantil de Primer Ciclo.Sin embargo, también podrán presentarse en los registros y oficinas a que se refiere en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Sexto. Crédito presupuestario.El importe total máximo destinado a esta convocatoria para el curso 2024/2025 es de 250.000,00€, con cargo a la aplicación presupuestaria 3260-48007del presupuesto general municipal del Ayuntamiento de Torrent, el cual se distribuirá en becas de hasta 500,00 euros cada una.A tal efecto, la totalidad de las subvenciones concedidas queda subordinada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para el ejercicio 2025, como máximo hasta el límite de la consignación presupuestaria existente, salvo que se proceda a la modificación de crédito necesaria y/o ampliación de crédito previa modificación.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 12/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSBases reguladorasPublicado 12/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSBases reguladoresPublicado 12/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnuncio del Ayuntamiento de Torrent sobre la convocatoria de ayudas para el alumnado de educación infantil de primer ciclo curso 2024/2025.Publicado 23/09/2025AYUDAS COMEDOR ALUMNADO 0 - 3 AÑOS 2024 2025