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Plazo no verificadoBDNS 856403

CONVOCATORIA DE LA SUBVENCION DEL VIAJE CULTURAL A MADRID CON ENTRADA AL MUSICAL "EL REY LEON" 2025 EN 4 TURNOS

LOCAL · PATERNA · AYUNTAMIENTO DE PATERNA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 21:07 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
12/09/2025
Publicación en diario oficial
19/09/2025

Texto oficial de apertura: A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA EN EL BOP DE VALENCIA

Texto oficial de cierre: 30/10/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- Beneficiarios/as y Requisitos 1.- Podrán participar en el Programa de Viajes para personas mayores del municipio de Paterna las personas residentes en Paterna que reúnan los siguientes requisitos: 1.1.Ser español/a o extranjero/a con residencia legal en España. Los extranjeros que residan en Paterna podrán beneficiarse siempre que cumplan las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, y los requisitos establecidos en la presente norma.1.2. Jubilados y pensionistas (siempre que hayan adquirido la condición de pensionista con anterioridad al 1 de enero de 2025), empadronados en el municipio de Paterna con una antigüedad de 6 meses.1.3. No estar incurso/a en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la reiterada Ley General de Subvenciones, requeridas para tener la condición de beneficiario/a de la subvención.1.4.No padecer trastornos mentales o de conducta que puedan alterar la normal convivencia de los usuarios en los establecimientos hoteleros, ni enfermedad infecto contagiosa. Deberán valerse por sí mismo.1.5. Personas de 60 años o más con discapacidad que, según lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, tengan una discapacidad igual o superior al 33 %, acreditado con un certificado. En el supuesto de que estas personas precisen la ayuda de un acompañante, será necesario presentar un certificado de discapacidad donde conste un grado igual o superior al 65 %. Las personas con discapacidad, acudirán con su acompañante a fin de que este le ayude realizar las actividades.1.6.Las personas solicitantes acreditarán al Ayuntamiento el cumplimiento de los requisitos establecidos mediante declaración responsable .1.7. El cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente artículo para poseer la condición de beneficiario vendrá referido al momento de presentación de la solicitud correspondiente. 2. -Acompañantes Las personas usuarias, a las que se hace referencia en el punto 1 podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que éstos reúnan algunos de los requisitos exigidos en el punto 1. Segundo.- Obligaciones de los beneficiarios Además de las obligaciones que con carácter general del artículo 14 de la Ley 38/2003, de 23 de noviembre, General de Subvenciones, se establecen las siguientes obligaciones de los beneficiarios: a) Comunicar la no asistencia al viaje con una antelación mínima de 3 días. En caso de causar baja a última hora se comunicará antes de la salida para tener derecho a la devolución. La penalización será la siguiente: –20% del total del viaje si el incumplimiento se produce en los 15 días inmediatamente a la fecha prevista de la realización del viaje.–50% si se produce entre los 14 días y 7 días anteriores a la realización del viaje.-100% en el supuesto de que la comunicación de baja se produzca en las 48 horas anteriores a la realización del viaje.–La no presentación a la hora de salida o la comunicación con menos de 48 horas de antelación se penalizará con el 100% . En caso de que el usuario comunique su baja una vez iniciado el viaje, decaerá el derecho a devolución. Tercero .- Objeto El Programa de de Viajes tiene como objetivo principal mejorar la calidad de vida de las personas mayores y fomentar el envejecimiento activo mediante su participación en viajes y en actividades turísticas a precios asequibles, que de otra forma no habrían podido realizar, concibiéndose como un servicio complementario a las actividades que se realizan en los Centros de Mayores del municipio de Paterna. Además, el programa consigue potenciar el desarrollo económico del sector turístico, reduciendo la estacionalidad y, con ello, generando empleo y actividad económica.  Cuarto.- Bases reguladoras La Ordenanza específica de las bases reguladoras aprobada por acuerdo plenario de 29 de junio de 2022 y modificada por acuerdo plenario de fecha 25 de enero de 2024 , publicado su texto íntegro en el tablón de edictos del Ayuntamiento, en el BOP núm. 85 de fecha 03/05/2024 y en la web municipal www.paterna.es, de acuerdo con lo dispuesto en el art 65.2 de la 7/1985, de 2 de abril.  Quinto.- Plazas, destino, actividades. Se convocan 800 plazas repartidas en 4 turnos de 200 personas cada uno para participar en el VIAJE CULTURAL DE MAYORES DE DOS DÍAS A MADRID CON ENTRADA AL MUSICAL EL REY LEÓN, DIVIDIDO EN 4 TURNOS.1º turno: del 19 al 20 de octubre de 2025.2º turno: del 26 al 27 de octubre de 2025.3º turno: del 4 al 5 de noviembre de 2025.4º turno: del 9 al 10 de noviembre de 2025. Sexto.- Cuantía 1.- La presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 2311-48200 de los presupuestos del Ayuntamiento de Paterna para el ejercicio 2025, con una cuantía total máxima de 256.000 € IVA incluido, siendo la aportación municipal de 179.200 €, para un máximo de 800 personas, repartidas en 4 turnos con cargo al RC núm. 202500072745, por la aportación municipal. El coste del viaje por usuario es de 320 €. 2.- El programa se cofinancia con las siguientes aportaciones, siendo en los cuatro turnos igual. El Ayuntamiento abonará el 70% del coste del viaje, es decir, un importe de 224 €/persona. Los interesados abonarán el 30% del coste de la plaza, es decir, un importe de 96 €/persona. Séptimo.- Plazo de presentación de solicitudes El período de presentación de solicitudes comenzará el día de la publicación del Extracto de la convocatoria de las Bases en el BOPV. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 15/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO CONVOCATORIA DE LA SUBVENCION DEL VIAJE CULTURAL A MADRID CON ENTRADA AL MUSICAL "EL REY LEON" 2025Publicado 19/09/2025ORDENANZA ESPECIFICA DEL PROGRAMA DE VIAJES DIRIGIDOS A PERSONAS MAYORES EMPADRONADAS EN EL MUNICIPIO DE PATERNA