Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.Primero. Beneficiarios.1. De conformidad con los artículos 11 y 12 del Real Decreto 266/2021,de 13 de abril, podrán ser beneficiarios de las ayudas para cadatipología de actuación, según se especifica en el anexo I, cualquiera delos sujetos que se enumeran a continuación:1º. Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, por lasque ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, siempre que tenganresidencia fiscal en Extremadura, en cuyo caso habrán de estar dados dealta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de laAgencia Estatal de Administración Tributaria.2º. Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos dediscapacidad, que podrán ser menores de edad, con residencia fiscal enExtremadura y no incluidas en el anterior apartado.3º. Las comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21de julio, sobre propiedad horizontal, que habrán de cumplir con loprevisto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en particular con loestablecido en su artículo 11.3.4º. Las personas jurídicas, con residencia fiscal en España, válidamenteconstituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otrasentidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número deidentificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G,J, R o W. También serán elegibles las Entidades de Conservación dePolígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience porV.5º. Los municipios, entidades locales menores, mancomunidades ydiputaciones, la Universidad de Extremadura y las entidades públicasempresariales, sociedades, fundaciones y otros entes públicos del Estadoque realicen su actividad en la comunidad autónoma de Extremadura,siempre que no ejerzan actividades económicas por las que ofrezcanbienes y servicios en el mercado en cuyo caso se considerarán incluidasen el anterior ordinal 4.ºSegundo. Objeto.Convocar las subvenciones del Programa I Adquisición de vehículoseléctricos, para las actuaciones subvencionables descritas en el anexo Ide la resolución de convocatoria.Tercero. Bases reguladoras.La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en el Real Decreto-ley3/2025, de 1 de abril, que ha establecido el programa de incentivosligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, (BOE núm.79, de 1 de abril de 2025).El programa se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 266/2021, de13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a lascomunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para laejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica(MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación yResiliencia Europeo, salvo lo dispuesto para los plazos de ejecución deayudas, y las obligaciones y requisitos específicos para la gestión ycontrol de fondos del Mecanismo de Recuperación, Transformación yResiliencia.Cuarto. Cuantía.El importe destinado al Programa de incentivos 1: Adquisición devehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible mediante elproyecto de gasto 20250463 “P1. Fomento de adquisición de vehículoseléctricos 2025” asciende a un total de 4.500.000,00 € con la siguientedistribución:Posición Presupuestaria: G/333A/70000. Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/90.000,00Posición Presupuestaria: G/333A/70000* Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/90.000,00Posición Presupuestaria: G/333A/73200Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/45.000,00Posición Presupuestaria: G/333A/76000. Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/180.000,00Posición Presupuestaria: G/333A/77000*. Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/360.000,00Posición Presupuestaria: G/333A/77000**. Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/360.000,00Posición Presupuestaria: G/333A/78000. Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/3.375.000,00Notas:(*) Beneficiarios acogidos al Reglamento (UE) 651/2014 de ComisiónEuropea (reglamento de exención)(**) Beneficiarios acogidos al Reglamento (UE) 2023/2831 de la ComisiónEuropea (régimen de minimis)Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de lapublicación de la presente convocatoria, sin perjuicio de la validez delas solicitudes presentadas entre el 1 de enero de 2025 y el 2 de abrilde 2025, y del extracto de la misma a que se refiere la letra q) delartículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura en el Diario Oficial de Extremadura, yconcluirá el 31 de diciembre de 2025, salvo que con anterioridad sehubiera agotado el crédito de la convocatoria, en cuyo caso se estará alo dispuesto en el artículo 16.4 del Real Decreto 266/2021, de 13 deabril.Sexto. Otros datos.Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuranpublicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con laconvocatoria.