Ayudas 2025 para el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III), aprobado por el Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril
AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Industria y Energía
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 31/12/2025
- Registro en BDNS
- 17/09/2025
- Publicación en diario oficial
- 22/09/2025
Texto oficial de apertura: A las 12 horas (a.m.) del día siguiente de la publicación de la convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.Primero. Beneficiarios.1. De conformidad con los artículos 11 y 12 del Real Decreto 266/2021,de 13 de abril, podrán ser beneficiarios de las ayudas para cadatipología de actuación, según se especifica en el anexo I, cualquiera delos sujetos que se enumeran a continuación:1º. Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, por lasque ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, siempre que tenganresidencia fiscal en Extremadura, en cuyo caso habrán de estar dados dealta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de laAgencia Estatal de Administración Tributaria.2º. Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos dediscapacidad, que podrán ser menores de edad, con residencia fiscal enExtremadura y no incluidas en el anterior apartado.3º. Las comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21de julio, sobre propiedad horizontal, que habrán de cumplir con loprevisto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en particular con loestablecido en su artículo 11.3.4º. Las personas jurídicas, con residencia fiscal en España, válidamenteconstituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otrasentidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número deidentificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G,J, R o W. También serán elegibles las Entidades de Conservación dePolígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience porV.5º. Los municipios, entidades locales menores, mancomunidades ydiputaciones, la Universidad de Extremadura y las entidades públicasempresariales, sociedades, fundaciones y otros entes públicos del Estadoque realicen su actividad en la comunidad autónoma de Extremadura,siempre que no ejerzan actividades económicas por las que ofrezcanbienes y servicios en el mercado en cuyo caso se considerarán incluidasen el anterior ordinal 4.ºSegundo. Objeto.Convocar las subvenciones del Programa 2 Implantación de infraestructurade recarga de vehículos eléctricos, para las actuaciones subvencionablesdescritas en el anexo I de la resolución de convocatoria.Tercero. Bases reguladoras.La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en el Real Decreto-ley3/2025, de 1 de abril, que ha establecido el programa de incentivosligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, (BOE núm.79, de 1 de abril de 2025).El programa se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 266/2021, de13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a lascomunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para laejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica(MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación yResiliencia Europeo, salvo lo dispuesto para los plazos de ejecución deayudas, y las obligaciones y requisitos específicos para la gestión ycontrol de fondos del Mecanismo de Recuperación, Transformación yResiliencia.Cuarto. Cuantía.El importe destinado al Programa de incentivos 2: Implantación deinfraestructura de recarga de vehículos eléctricos mediante el proyectode gasto 20250464 “P2. Despliegue infraestructura 2025”, asciende a untotal de 3.770.723,00 euros, con la siguiente distribución:Posición Presupuestaria: G/333A/70000. Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/50.000,00Posición Presupuestaria: G/333A/70000* Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/100.829,00Posición Presupuestaria: G/333A/73200Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/37.707,00Posición Presupuestaria: G/333A/76000*. Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/317.072,00Posición Presupuestaria: G/333A/76000. Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/60.000,00Posición Presupuestaria: G/333A/77000*. Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/2.639.507,00Posición Presupuestaria: G/333A/77000**. Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/377.072,00Posición Presupuestaria: G/333A/78000. Anualidades: 2025 /2026 Cuantías: 0,00/188.536,00Notas:(*) Beneficiarios acogidos al Reglamento (UE) 651/2014 de ComisiónEuropea (reglamento de exención)(**) Beneficiarios acogidos al Reglamento (UE) 2023/2831 de la ComisiónEuropea (régimen de minimis)Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de lapublicación de la presente convocatoria, sin perjuicio de la validez delas solicitudes presentadas entre el 1 de enero de 2025 y el 2 de abrilde 2025, y del extracto de la misma a que se refiere la letra q) delartículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura en el Diario Oficial de Extremadura, yconcluirá el 31 de diciembre de 2025, salvo que con anterioridad sehubiera agotado el crédito de la convocatoria, en cuyo caso se estará alo dispuesto en el artículo 16.4 del Real Decreto 266/2021, de 13 deabril.Sexto. Otros datos.Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuranpublicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con laconvocatoria.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 27/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSMODIFICACIÓN del extracto y anuncio por el que se da publicidad a la redistribución del crédito asignado al programa de incentivos 2: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, convocado mediante la Resolución de 11 de septiembre de 2025, de la Secretaría General (Programa MOVES III 2025)Publicado 01/09/2026Extracto de la convocatoria para el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025, aprobado por Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril. PROGRAMA 2. IMPLANTACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS.Publicado 22/09/2025Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.