Plazo no verificadoBDNS 857310
Convocatoria de subvenciones para la adquisición de vehículos taxi adaptados a personas con movilidad reducida (Eurotaxis) o para la adaptación de vehículos taxi existentes en el Ayuntamiento de Pontevedra
LOCAL · PONTEVEDRA · AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 21:27 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES114 - Pontevedra
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Subvenciones al transporte
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 24/09/2025
- Fin de solicitudes
- 23/10/2025
- Registro en BDNS
- 18/09/2025
- Publicación en diario oficial
- 23/09/2025
Texto oficial de apertura: día siguiente de publicacion BOP
Texto oficial de cierre: 1 mes desde publicacion BOP
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Extracto publicado
1. Objeto y finalidad de las subvencionesEl objeto de esta convocatoria es regular el procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen concurrencia competitiva para la adquisición o adaptación de vehículos taxi adaptados a personas con movilidad reducida (Eurotaxis).Se entiende por Eurotaxi aquellos taxis que incorporen las medidas de accesibilidad universal descritas en el anexo VII del Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por lo que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.2. La finalidad de la presente ayuda es la de fomentar que los titulares de las licencias de taxi del Ayuntamiento de Pontevedra adapten sus vehículos para el transporte de personas con movilidad reducida, de manera que se dé cumplimiento a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, cuando dispone que en todos los municipios, los ayuntamientos promoverán que por lo menos un cinco por ciento, o fracción, de las licencias de taxi correspondan a vehículos adaptados.2. Personas beneficiarias2.1. Podrán solicitar las subvenciones reguladas en esta convocatoria las personas físicas que sean titulares de una licencia de taxi del Ayuntamiento de Pontevedra y que adquieran la propiedad de un vehículo taxi nuevo adaptado o adapten un vehículo que ya sea de su propiedad, en el período comprendido entre el 1 de enero del 2024 y el 31 de diciembre de 2025.2.2. Las personas beneficiarias deberán reunir en el momento de la presentación de su solicitud los siguientes requisitos:la) Ser titulares en activo de una licencia de taxi del Ayuntamiento de Pontevedra. Solo se podrá recibir una ayuda por licencia, estando el vehículo adaptado objeto de la subvención afecto a dicha licencia.b) Deberán de encontrarse al corriente de sus ogligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Pontevedra, con las haciendas Públicas (estatal y autonómica) y con la Seguridad Social.c) No podrán estar incursos en ninguna de las prohibiciones para recibir subvenciones enumeradas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones.d) No tener pendiente de justificación ninguna subvención con el Ayuntamiento de Pontevedra.y) No haber sido sancionadas en los últimos dos años por la comisión de una falta grave o muy grave de las tipificadas en la Ordenanza reguladora del servicio de taxi en el Ayuntamiento de Pontevedra, aprobada por el Pleno de la Corporación el 28/02/2023. 3. Bases reguladorasOrdenanza general reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de Pontevedra, aprobada por el Pleno de la Corporación en la sesión del 17/09/2004 y publicada en el BOP de Pontevedra nº 190 de fecha 20 de septiembre.4. Financiación y cuantía individual de la subvención4.1. Para la financiación de estas subvenciones se destina una cuantía total máxima de 60.000,00€ que se imputará a la aplicación presupuestaria 10.441.2-772.00 del presupuesto del Ayuntamiento del año 2025.La cuantía máxima de cada subvención será de 10.000,00 euros por vehículo y persona beneficiaria.En ningún caso el importe de la subvención concedida podrá superar el coste de la actuación subvencionada.4.2. No se podrán otorgar subvenciones por cuantía superior a la que se determine en la presente convocatoria, salvo que se realice una nueva convocatoria o se produzca un incremento de créditos derivados de una generación, ampliación o incorporación de crédito, al amparo de lo dispuesto en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007.4.3. Debido a las especiales razones de interés público y social que concurren en la presente ayuda, el porcentaje subvencionable podrá exceder del 50% del coste de la actuación.5. Forma y plazo para la presentación de solicitudes5.1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento (http://sede.pontevedra.gal/).De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuese realizada la enmienda.5.2. La presentación de la solicitud implica el conocimiento y la aceptación del régimen de la subvención contenido en esta convocatoria, así como la autorización para la consulta de aquellos datos y documentos que sean necesarios para resolver y se encuentren en poder de las Administraciones Públicas, excepto que la persona interesada se oponga expresamente a esta consulta, debiendo en este caso presentar los documentos que correspondan.5.3. El plazo para la presentación de solicitudes será de 1 mes, contado desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra del extracto de la convocatoria de la subvención, en los términos y con los requisitos establecidos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.5.4. De conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si la solicitud no reúne alguno de los requisitos previstos en la convocatoria o en la normativa de aplicación, se requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de diez días hábiles, enmiende la falta o presente los documentos obligatorios. En este requerimiento se indicará expresamente de que, si así no lo hiciera, se considerará que desiste de su petición, previa la resolución que corresponda.La remisión de la documentación que sea requerida por el Ayuntamiento o la enmienda de la solicitud inicialmente formulada se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pontevedra.5.5. La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilización del formulario normalizado de uso obligatorio, serán causas de inadmisión de la solicitud.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 18/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria subvencións EurotaxisPublicado 18/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 18/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria de subvenciones para la adquisición de vehículos taxi adaptados a personas con movilidad reducida (Eurotaxis) o para la adaptación de vehículos taxi existentes en el Ayuntamiento de PontevedraPublicado 23/09/2025ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LAS SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA, APROBADA POR ACUERDO PLENARIO DE FECHA 17 DE SEPTIEMBRE DE 2004Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.