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Plazo no verificadoBDNS 857441

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES MUNICIPALES A DEPORTISTAS INDIVIDUALES DEL AYUNTAMIENTO DE BERGONDO PARA EL EJERCICIO 2025

LOCAL · BERGONDO · AYUNTAMIENTO DE BERGONDO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 21:31 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES111 - A Coruña

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
18/09/2025
Publicación en diario oficial
23/09/2025

Texto oficial de apertura: DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOP CORUÑA

Texto oficial de cierre: DIEZ DÍAS HÁBILES DESDE EL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO EN EL BOP CORUÑA

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios: 1. Podrán solicitar subvenciones los deportistas del Ayuntamiento de Bergondo, menores de 35 años y/o que no sean deportistas máster, que, cumpliendo lo prescrito en el artículo 13 de la Ley 38/2003, y artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, reúnan además los siguientes requisitos:- Estar empadronado en el Ayuntamiento de Bergondo con una antigüedad de, por lo menos, dos años consecutivos, en el momento de la solicitud.- Estar en posesión de licencia deportiva, expedida por la federación correspondiente, en el momento de la solicitud.- Acreditar el nivel deportivo en la especialidad, por lo menos, correspondiente a año anterior y/o al año de la solicitud.- Competir, en el año de la solicitud en eventos/pruebas deportivas de relevancia autonómica, nacional o internacional organizados o reconocidos por las respectivas federaciones- No estar incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad para obtener la condición de beneficiario de subvenciones (artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones).- Tener entre otros fines la realización de las actividades objeto de la subvención, así como disponer de estructura suficiente que garantice el cumplimiento de sus objetivos.- Encontrarse al corriente de los deberes tributarios con el Ayuntamiento de Bergondo, y con cualquier otra administración.- De ser el caso, tener justificadas las subvenciones recibidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Bergondo.2. No podrán acceder a la concesión de las subvenciones municipales:- Los interesados que, en virtud de la normativa vigente, hayan limitado o suprimido ese derecho, y específicamente el recogido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.- Los interesados que por resolución firme habían sido sancionados por el incumplimiento de las condiciones previstas en la autorización precisa para el desarrollo de la actividad.- Las personas que habían perdido el derecho a la obtención de las subvenciones a consecuencia del procedimiento sancionador correspondiente, y por el plazo establecido en la resolución. Segundo. Finalidad: Es objeto de la presente convocatoria establecer los criterios y el procedimiento de concesión de becas la deportistas individuales del Ayuntamiento de Bergondo, menores de 35 años y/o que no sean deportistas máster, para el año 2025, con la finalidad de facilitar la práctica deportiva y la competición de alto nivel, valorando así su especial dedicación al deporte, siendo conscientes de las dificultades que implica; así como promover la difusión de nuestro ayuntamiento en eventos deportivos de carácter autonómico, nacional o internacional.Conforme a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de bases de régimen local, con sus modificaciones, en la Ley 5/1997, de la administración local de Galicia, en la Ley 38/2003, general de subvenciones y en el Real Decreto 887/2006 por la que se aprueba su reglamento, en la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia y en el Reglamento de servicios de las corporaciones locales, con la finalidad de poder asignar los recursos necesarios a las prioridades señaladas.Las subvenciones objeto de esta convocatoria se efectuarán con cargo a la partida presupuestaria 341/482.00 del Presupuesto municipal vigente para el año 2025, y con el límite de su consignación presupuestaria al efecto.El procedimiento de concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, libre concurrencia e igualdad.Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas, públicas o privadas, que se concedan para la misma finalidad, que deberán ser comunicadas al Ayuntamiento de Bergondo. Tercero. Bases reguladoras: Las bases reguladoras de la convocatoria pública de subvenciones municipales a deportistas individuales del Ayuntamiento de Bergondo para el año 2025 publicadas en el BOP de A Coruña nº 178 de 18 de septiembre de 2025. Cuarto. Importe: El importe total de la presente convocatoria asciende a 12.000,00 euros. El importe máximo individual será de 750,00 euros, para el solicitante que alcance la máxima puntuación Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOP de A Coruña. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 18/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES MUNICIPALES A DEPORTISTAS INDIVIDUALES DEL AYUNTAMIENTO DE BERGONDO PARA EL EJERCICIO 2025Publicado 23/09/2025CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES MUNICIPALES A DEPORTISTAS INDIVIDUALES DEL AYUNTAMIENTO DE BERGONDO PARA EL EJERCICIO 2025