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Plazo no verificadoBDNS 857785

CONVOCATÒRIA PATRIMONI NATURAL ONL 2026-27

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 21:40 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES512 - Girona

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/12/2026
Registro en BDNS
22/09/2025
Publicación en diario oficial
25/09/2025

Texto oficial de apertura: Dia següent de la publicació de la convocatòria al BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).Primero. BeneficiariosPueden concurrir a esta convocatoria, tanto a la línea 1 como la línea 2, las asociaciones y fundaciones privadas sin ánimo de lucro que, de acuerdo con sus estatutos, tengan como objetivo exclusivo o preferente la protección o conservación del patrimonio natural o del medio ambiente y actúen como entidades de custodia del territorio en fincas que no sean de su propiedad.Segundo. ObjetoLa finalidad de las subvenciones reguladas en estas bases es fomentar las siguientes líneas:Línea 1. Apoyar proyectos anuales o bienales que tienen por objeto la conservación y/o la mejora del patrimonio natural (hábitats, taxones de interés de conservación y el patrimonio geológico), ya sea exclusivamente a través de actuaciones de restauración de espacios naturales, de la aplicación de medidas agroambientales y la potenciación de los servicios ecosistémicos en fincas en custodia, o bien complementando las actuaciones anteriores con actuaciones destinadas a regular el uso público preexistente, con el fin de proteger los valores naturales presentes y compatibilizar esta protección con el disfrute social de los espacios naturales. Las acciones previstas deberán ubicarse en suelo no urbanizable, y deberán justificarse los valores naturales que tienen que protegerse, mejorarse o restaurarse. Línea 2. Apoyar proyectos plurienales en los que participen como beneficiarias las organizaciones no lucrativas, cuyo importe sea igual o superior a 100.000 euros, y que tengan otorgada una subvención principal de, como mínimo, el 50 % del gasto elegible por parte de organismos públicos europeos, estatales o de la Generalitat de Cataluña que, a efectos de estas bases, se denominarán de aquí en adelante el financiador principal. El objeto principal de los proyectos deberá ser la conservación y/o la mejora del patrimonio natural de la provincia de Girona (hábitats, taxones de interés de conservación y/o el patrimonio geológico), ya sea exclusivamente a través de actuaciones de restauración y conservación del patrimonio natural, o bien complementando las actuaciones anteriores con actuaciones destinadas a regular el uso público y/o a fomentar el conocimiento de los valores naturales objeto del proyecto beneficiario. Tercero. Bases reguladorasAcuerdo del Pleno de la Diputació de Girona de 9 de septiembre de 2025, publicado en el BOP de Girona número 193, de 5 de octubre de 2023.Cuarto. ImporteEl importe estimado destinado a la convocatoria es de 194.000,00 euros, 20.000,00 euros por el año 2025, 72.000,00 euros por el año 2026, 72.000,00 euros por el año 2027 y 30.000 euros por el año 2028.La distribución de estos importes tiene carácter estimativo, y los importes se podrán redistribuir entre las aplicaciones presupuestarias anteriores en el mismo acto de concesión de las subvenciones.Con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención o de otorgar un mayor importe en las subvenciones, este crédito se podrá ampliar con una cantidad de como máximo el 100 % adicional, derivada de créditos sobrantes de otras convocatorias o de modificaciones de crédito. La efectividad de la cuantía adicional estará condicionada a la correspondiente declaración de disponibilidad de crédito, previamente a la resolución de las subvenciones y a la aprobación del aumento de la convocatoria.Línea 1. Apoyo a organizaciones no lucratives para proyectos anuales o bienales Cada solicitud será evaluada de acuerdo con los criterios de valoración establecidos. En base a la calificación conseguida, el presupuesto presentado y la dotación presupuestaria establecida en la convocatoria, se concretará el importe de la subvención que se concede, en proporción a los porcentajes y los máximos que se exponen a continuación:? El importe máximo que se puede otorgar por solicitud es de 20.000 euros.? El importe máximo subvencionable será del 80 % del total del gasto previsto.La cuantía de cada subvención dependerá de la valoración que se haga de las solicitudes. Cada solicitud se evaluará de acuerdo con los criterios establecidos en el punto 9, y, dada la calificación conseguida, el presupuesto presentado y la dotación presupuestaria establecida en la convocatoria, se determinará el importe de la subvención a otorgar, así como el porcentaje que representa sobre el presupuesto de la actividad o proyecto. El importe disponible de la convocatoria se otorgará por orden decreciente entre las solicitudes de mayor a menor puntuación hasta agotarla; en caso de que haya solicitudes con la misma puntuación, el importe disponible se dividirá a partes iguales entre ellas.Línea 2. Apoyo a organizaciones no lucrativas en la cofinanciación de grandes proyectos plurienales Cada solicitud será evaluada de acuerdo con los criterios de valoración establecidos. En base al presupuesto presentado y la dotación presupuestaria establecida en la convocatoria, se concretará el importe de la subvención que se conceda, en proporción a los porcentajes y los máximos que se exponen a continuación:? El importe máximo que se puede otorgar por solicitud es de 10.000 €/año, con un máximo de 4 años. ? El importe máximo subvencionable será del 25 % del total del gasto subvencionable ejecutado por el beneficiario.Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes de la línea 1 empezará a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPG y finalizará el 21 de noviembre de 2025. Las solicitudes de la línea 2 se convocarán en convocatoria abierta con distintos plazos:- El primer plazo empezará a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPG y hasta el 15 de octubre de 2025.- Los siguientes plazos empezarán el 1 de enero de cada año y finalizarán el 15 de febrero de cada año.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 11/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 11/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de 9 de septiembre de 2025 del Pleno de la Diputació de Girona de aprobación de la convocatoria de subvenciones para actuaciones, por parte de organizaciones no lucrativas, de conservación del patrimonio natural y para custodia del territorioPublicado 25/09/2025BASES PATRIMONI NATURAL ONL 2026-2027