Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 23/09/2025
- Publicación en diario oficial
- 26/09/2025
Texto oficial de apertura: 15 días naturales partir de la publicación en el BOP del extracto de la convocatoria de la BNDS
Texto oficial de cierre: 15 días naturales a partir de la publicación en el BOP del extracto de la convocatoria de la BNDS
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primera. Destinatarios y requisitos.Podrán concurrir a optar a estas subvenciones las entidades, organismos o asociaciones jurídicamente constituidas que cumplan los siguientes requisitos:1.- Carecer de fines de lucro.2.- Estar debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento en los términos previstos en el artículo 236, párrafos 2, 3 y 4 del vigente Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales.3.- No deber cantidad ninguna al Ayuntamiento por cualquier concepto.4.- Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial del Ayuntamiento de Moeche.5.- No estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones. No podrán ser destinatarias de subvenciones municipales:1. Aquellas entidades o personas físicas que no estén al corriente de sus deberes fiscales y con la Seguridad Social.2. Aquellas entidades que tengan pendiente de justificación alguna subvención concedida por el Ayuntamiento.3. Las entidades con las que el ayuntamiento firme algún tipo de convenio de contenido económico. No serán objeto de subvención mediante esta convocatoria:a) Las actividades que no cumplan algún requisito de las presentes bases.b) Los gastos de mantenimiento; por esta razón, este tipo de gastos, tampoco podrán incluirse en los presupuestos de gastos que se presenten. Segundo. Objeto.Es objeto de las presentes bases regular la concesión, mediante concurrencia competitiva de ayudas a las entidades sin ánimo de lucro registradas en el Ayuntamiento de Moeche, para el desarrollo de actividades, obras o servicios que, según sus estatutos les sean propios, tengan un interés general y redunden en beneficio de la comunidad, durante el año 2025.Con carácter general. Las subvenciones tienen como primero objetivo contribuir a la financiación de las actividades culturales, deportivas y educativas desarrolladas por las entidades, así como a su funcionamiento común y los gastos de inversión derivados de su actividad.Por actividades culturales, deportivas o educativas se entienden los actos puntuales (conciertos, teatro, torneos, maratones, recitales, talleres, encuentros vecinales, viajes culturales, conferencias, etc.).Por gasto corriente lo que realicen para el mantenimiento de las instalaciones (luz, teléfono, etc.) y funcionamiento de la entidad, las actividades permanentes (material fungible para talleres, grupos de creación, grupos de teatro, escuelas culturales, etc.) y las propias actividades estables (grupos de teatro, baile...) de la asociación, incluidos sus desplazamientos y gastos que ocasionen siempre que estén incluidos en los calendarios de actuaciones/competiciones.Por actividades deportivas se entiende el deporte-competición federado, escuelas o talleres deportivos, actividades deportivas estables y actividades deportivas puntuales. Tercero. Bases ReguladorasSon las aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión de 11 de septiembre de 2025 y publicadas en el BOP de A Coruña nº 179 de 19 de septiembre de 2025. Cuarto. CuantíaLa determinación de la cuantía individual de las ayudas se realizará de la siguiente forma: • Se procederá a la valoración de la documentación presentada por las entidades de acuerdo con el baremo establecido en la base siguiente.• El importe total de la consignación presupuestaria prevista (4.000,00 €) se dividirá por la suma total de los puntos alcanzados por todas las solicitudes presentadas y estimadas, asignando un valor monetario a cada punto.• El resultado de la división anterior se multiplicará por los puntos obtenidos por cada entidad lo que determinará la cuantía a percibir individualmente por cada una de ellas. Límite de las subvenciones • La cuantía de la subvención estará en función del coste de los programas de dinamización cultural, deportiva y educativa, de los criterios de baremo y de los recursos destinados para este fin en el presupuesto municipal.• Los gastos de mantenimiento común y gastos generales de las asociaciones y entidades sin fin de lucro no podrán exceder del 40% de la subvención concedida a la entidad.• En el apartado subvencionable de gastos de mantenimiento, obra y mejora de las instalaciones dirigido a asociaciones y entidades sin fin de lucro que dispongan de local en propiedad, apartado c) de la base 3.1, el limite de la cuantía por este concepto será de 300 euros.• En el caso de las actividades el porcentaje subvencionable por el Ayuntamiento podrá alcanzar el 100% del coste de la actividad a la que se aplique.• La subvención aprobada podrá ser revisada una vez conocido la financiación del gasto a través de las aportaciones complementarias de ayudas de otras entidades, así como, de ser el caso, otros ingresos. Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, que empezarán a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín oficial de la provincia de A Coruña a través de la Base Nacional de Datos de Subvenciones.Las instancias se presentarán, exclusivamente de forma telemática, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Moeche (https://sede.moeche.gal ), o a través de cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sexto. Otro datosDeberán acompañar a la solicitud los documentos señalados en la base 4ª de las reguladoras de la convocatoria.