Plazo no verificadoBDNS 858573
Subvenciones a comerciantes, hosteleros/as y empresarios/as para la colocación de rótulos, imagen corporativa y páginas web en euskera, año 2025.
LOCAL · ORDIZIA · AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 22:01 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES212 - Gipuzkoa
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 24/09/2025
- Publicación en diario oficial
- 30/09/2025
Texto oficial de apertura: GAOn argitaratu eta hurrengo eguna
Texto oficial de cierre: Dirulaguntzen oinarrietan zehaztutakoa
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
PRIMERO - Objeto, condiciones y finalidad de la subvenciónEl objeto de esta convocatoria es reglamentar las condiciones para otorgar subvenciones a entidades para la euskaldunización de rótulos, imagen corporativa y páginas web.SEGUNDO - Créditos y partida presupuestaria a los que se imputa la subvención El importe máximo de las subvenciones derivadas a este programa es de 3.500 € y se destinará desde la partida 471.01.335.00.0141 2025. La cantidad citada se repartirá entre todas las personas solicitantes que hayan cumplido con los requisitos. En el caso de que la solicitud fuera superior a la cantidad consignada en dicha partida, el Ayuntamiento podrá aprobar nuevas cantidades para el mismo fin, siempre que haya disponibilidad presupuestaria. TERCERO - Procedimiento de concesión de la subvenciónLas subvenciones se concederán por concurrencia competitiva. Se procederá según lo establecido en la Sección 1ª del Título II de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ordizia. CUARTO - Requisitos que deben reunir las personas beneficiarias para la obtención de la subvención y forma de acreditarlosLos requisitos generales a cumplir por los beneficiarios son los siguientes: -Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social, Hacienda y el ayuntamiento de Ordizia. -No encontrarse en cualquiera de los supuestos señalados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. -No estar incurso en sanción administrativa o penal por incurrir en discriminación por violencia de género (durante el período impuesto en la correspondiente sanción). Los requisitos específicos a cumplir por los beneficiarios son los siguientes: -El texto deberá estar redactado correctamente. El Servicio de Euskera deberá dar el visto bueno al texto que acompañe al rótulo o al resto de elementos antes de la impresión. En el caso de las páginas web, el Servicio de Euskera no asumirá la responsabilidad de traducir los contenidos al euskera. No obstante, como es preciso garantizar la calidad del nivel de euskera, el Servicio de Euskera ofrecerá los números de teléfono de algunos servicios de traducción para facilitar la tarea. -Si sólo aparece el nombre propio no se le dará ninguna subvención. El comerciante no recibirá subvención alguna, si en el nuevo rótulo sólo aparece el nombre propio; por ejemplo, “Arantxa” o “Tximeleta”. Por el contrario, sí recibirá la subvención, si también aparece el nombre genérico, como “Arantxa oinetakoak” o “Tximeleta belar-denda”. -Sólo se podrá pedir la subvención una vez por cada uno de los elementos mencionados (rótulo, imagen corporativa, página web). -Únicamente podrán recibir las subvenciones las entidades de carácter no oficial. QUINTO - Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesiónLa instrucción del procedimiento se llevará a cabo por el departamento de Euskera del ayuntamiento de Ordizia. El órgano competente para la reordenación y resolución del procedimiento de concesión es la Alcaldía, sin perjuicio de las delegaciones que pueda efectuar. SEXTO. - Plazo de presentación de solicitudesLas solicitudes por actividades realizadas desde el 1 de diciembre de 2024 al 30 de noviembre de 2025 deberán presentarse antes del 5 de diciembre.Las solicitudes se presentarán telemáticamente a través del apartado de subvenciones del portal www.ordizia.eus. Asimismo, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Ordinario de las Administraciones Públicas. SÉPTIMO. - Plazo de resolución y notificaciónEl plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva es de tres meses a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria. OCTAVO - Documentos e informaciones que deben acompañarse a la peticiónLos solicitantes de la subvención deberán aportar la siguiente documentación: -Hoja de solicitud debidamente cumplimentada. -Una unidad o imagen del material diseñado y, en el caso de las páginas web, su URL. -Copia detallada de la factura donde se recoja el trabajo realizado. NOVENO - RecursosEste acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación. No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente. DÉCIMO - Medio de notificación o publicaciónLas notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga constar a tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 24/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 24/09/2025Descargar archivo oficial · BDNS(ele bitan) Eskaera orria. Hizkuntza paisaia euskalduntzeko dirulaguntzakPublicado 24/09/2025Descargar archivo oficial · BDNS(ele bitan) Oinarriak 2025. Hizkuntza paisaia euskalduntzekoPublicado 24/09/2025Descargar archivo oficial · BDNS(eu) eskaera orria. Hizkuntza paisaia euskalduntzeko dirulaguntzakPublicado 24/09/2025Descargar archivo oficial · BDNS(eu) Oinarriak 2025. Hizkuntza paisaia euskalduntzekoPublicado 24/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Decreto de Alcaldía de 02/09/2025, por la que se convocan las subvenciones a comerciantes, hosteleros/as y empresarios/as para la colocación de rótulos, imagen corporativa y páginas web en euskera, año 2025Publicado 30/09/2025Ordiziako Udaleko dirulaguntzak emateko ordenantzaInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.