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Plazo no verificadoBDNS 859005

SUBVENCIONES PROMOCIÓN DE LA SALUD MUNICIPIOS 2025

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE SANIDAD

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 22:10 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES3 - COMUNIDAD DE MADRID

Finalidad

Sanidad

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
03/10/2025
Fin de solicitudes
16/10/2025
Registro en BDNS
26/09/2025
Publicación en diario oficial
02/10/2025

Texto oficial de apertura: DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM

Texto oficial de cierre: 10 DÍAS HÁBILES A CONTAR DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN

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Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en página web https://www.comunidad.madrid.Primero. Beneficiarios:1. Podrán beneficiarse de las subvenciones previstas en la presente convocatoria lasentidades locales de la Comunidad de Madrid que desarrollen un proyecto con una o másactividades en materia de la promoción de la salud en su ámbito municipal contempladas enel apartado dispositivo 6.3. de la presente convocatoria.2. Deberán cumplir con las obligaciones que, con carácter general, se establecen en elartículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lasestablecidas en la legislación que les sea de aplicación, y las que se determinan en lasbases reguladoras y en la presente convocatoria.3. No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades locales en las que,en el momento de la concesión de las subvenciones:a) Tengan deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que lasmismas estuvieran debidamente garantizadas.b) Concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones.c) Las que no hayan presentado la debida justificación de las ayudas recibidas en laconvocatoria anterior de esta misma subvención.Segundo. Finalidad:La finalidad de las ayudas económicas es:a) Promover la realización de actividades en materia de promoción de la alimentación ynutrición equilibrada y saludable y de la actividad física.b) Prevenir el consumo de tabaco, bebidas alcohólicas y otras adicciones, especialmenteadicciones comportamentales sin sustancia (pantallas, ludopatía / adicciones al juego).c) Promover hábitos poblacionales de prevención de enfermedades transmisibles, conespecial interés en la prevención del VIH e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS),sensibilizando y facilitando herramientas preventivas con un enfoque de género quepriorice los colectivos más vulnerables.d) Promover la salud en poblaciones específicas: personas o colectivos con vulnerabilidadsocial, personas mayores, mujeres, jóvenes y adolescentes.e) Promover acciones y actividades encaminadas a garantizar la equidad en salud, laparticipación comunitaria o la creación de cauces de información y coordinación para lapromoción en salud.f) Promover la creación de entornos saludables, como los jardines terapéuticos y loshuertos urbanos, para mejorar la salud y el bienestar de la población.g) Facilitar la realización de actividades para el envejecimiento activo y saludable conel objetivo de incrementar la calidad de vida y la autonomía de las personas mayores.h) Impulsar proyectos de carácter innovador en promoción de salud relacionados con:• Actividades artísticas: teatro, música o pintura como herramienta metodológica depromoción de salud y bienestar emocional.• Utilización de las tecnologías de información y comunicación (TIC) en el desarrollode las actividades de promoción de salud y prevención de conductas adictivas.• Participación activa con grupos poblacionales: formación de agentes de salud(formación de formadores, mediadores, formación entre pares, etc…).• Promover la participación intergeneracional creando entornos donde se compartenconocimientos, experiencias y valores.Tercero. Bases reguladoras:Orden 897/2019, de 19 de julio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen lasbases reguladoras de subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad de Madridpara la realización de actividades en materia de promoción de la salud en el ámbitomunicipal, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 184, de 5 deagosto de 2019.Cuarto. Cuantía:El importe máximo que se destinará a la convocatoria de la presente subvención es de500.000 euros, que se financiará con cargo al programa presupuestario 313B correspondientea la Dirección General de Salud Pública.Las entidades podrán percibir una subvención por la cuantía que soliciten mediante elformulario de solicitud de esta convocatoria, con un límite mínimo de 1.000 euros y elmáximo de 20.000 euros.Las entidades locales beneficiarias deberán destinar una aportación mínima de supresupuesto para el desarrollo de las actividades del proyecto equivalente a la cuantía dela subvención percibida.El coste total del proyecto deberá ser igual o superior al resultado de la suma de estaaportación municipal más la subvención percibida.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:Diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al día de la publicación delextracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.Sexto. Período subvencionable y plazo de justificación:Las actividades subvencionables deberán desarrollarse en el período comprendido entre el 1de enero y el 31 de diciembre de 2026, siendo el período para presentar la documentaciónjustificativa el comprendido entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2027.Madrid, a de 2025.La Consejera de SanidadFátima Matute Teresa

Bases y documentación

Otros documentosPublicado 17/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 17/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden 1587/2025, de fecha 24 de septiembre, de la Consejería de Sanidad por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad de Madrid, para la realización de actividades en el año 2026 en materia de promoción de la salud en el ámbito municipal.Publicado 02/10/2025ORDEN 897/2019, DE 19 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD, POR LA QUE SE ESTABLECEN