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Plazo no verificadoBDNS 859042

Ayudas al fomento del relevo generacional en empresas del sector comercio minorista en el término municipal de Vitoria-Gasteiz. Año 2025

LOCAL · VITORIA-GASTEIZ · AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 22:10 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES211 - Araba/Álava

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
07/10/2025
Fin de solicitudes
30/12/2025
Registro en BDNS
26/09/2025
Publicación en diario oficial
06/10/2025

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente de la publicación en BOTHA

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, y en la página Web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz http://www.vitoria-gasteiz.org
Primero. Beneficiarios.
Personas físicas o jurídicas, con actividad mercantil, que cumpliendo con los siguientes requisitos: disponer de una plantilla inferior a cincuenta personas; contar volumen de negocios o cuyo balance general anual no sea superior a 10 millones euros; y no estar vinculadas o participadas en más de un 25 por ciento con empresas que no cumplan dichos requisitos; desarrollen una actividad comercial que mantenga una continuidad con la actividad que viniera realizando la empresa saliente y en la misma ubicación. El local deberá estar situado dentro de los límites del término municipal de Vitoria-Gasteiz, incluidas sus entidades menores y excluidas los polígonos industriales, estar a nivel de rasante del suelo, tener escaparate y estar abierto al público en horario comercial habitual. También se podrán considerar incluidos los establecimientos integrados en mercados de abastos o centros y galerías comerciales privadas.
Así mismo, el negocio traspasado deberá tener una antigüedad mínima de 8 años y haber estado en funcionamiento al menos hasta 6 meses antes del alta de la nueva persona titular de la actividad. El cese de actividad deberá haberse producido por jubilación, o por proximidad a la edad de jubilación de la persona titular del negocio (60 años o más) o por causas sobrevenidas como la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o el fallecimiento de la persona titular. En el caso de que la entidad transmitente sea una sociedad mercantil o una sociedad civil o una comunidad de bienes, se tendrán que cumplir estos requisitos en al menos la mitad de los y las socias de la empresa.
Finalmente, deberán figurar de alta en los siguientes epígrafes del IAE, y tener actividad mercantil propia del sector en el local objeto de solicitud y estar abiertas al público, al menos desde el momento de solicitud de la subvención:
- 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes (excepto 646: Comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador y 647.5: suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras).
- 65: Comercio al por menor de productos no alimenticios realizado en establecimientos permanentes (excepto 652.1: Farmacias: comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal, 654.3: de vehículos aéreos, 654.4: de vehículos fluviales y marítimos, 654.5: de maquinaria, 654.6 de cubiertas, bandas y cámaras de aire de toda clase de vehículos y 655: comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes).
- 662.2: Comercio al por menor de toda clase de artículos.
- 691.1: Reparación de artículos eléctricos para el hogar.
- 691.9: Reparación de otros bienes de consumo NCOP.
En caso de que la empresa esté dada de alta en dos o más epígrafes de IAE, será considerada beneficiaria siempre que la actividad principal esté incluida dentro de los grupos y/o epígrafes subvencionables y las actuaciones realizadas correspondan a esta actividad. Se determinará cuál es la actividad principal atendiendo a la distribución de superficies indicada en el Impuesto de Actividades Económicas, entendiéndose como actividad principal aquella a la que se destine una mayor superficie útil.
Segundo. Objeto.
Establecer las condiciones que regirán la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas económicas dirigidas a fomentar el relevo generacional en empresas del sector de comercio minorista ubicadas en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.
Esta ayuda tiene por objeto evitar el cierre de negocios viables y promover su continuidad apoyando el traspaso de negocios por relevo generacional.
Se considerará relevo generacional a efectos de estas bases, el traspaso de negocios consolidados (aquellos que cuenten con al menos 8 años de antigüedad en el momento del fin de la actividad, y hayan estado en funcionamiento al menos hasta 6 meses antes del alta de la nueva persona titular de la actividad) que se produzcan por jubilación o proximidad a la edad de jubilación de la persona titular del negocio (60 años o más) o por causas sobrevenidas como la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o el fallecimiento de la persona titular de modo que se asegure la permanencia de la misma actividad comercial. En el caso de que la entidad transmitente sea una sociedad mercantil o una sociedad civil o una comunidad de bienes, se tendrán que cumplir estos requisitos en al menos la mitad de los y las socias de la empresa.
Tendrán la consideración de acciones y gastos subvencionables aquellos directamente relacionados con el proceso de relevo generacional y traspaso del negocio realizados desde el día 1 de junio de 2024 hasta el 30 de diciembre de 2025 (inclusive).
Las acciones y gastos subvencionables se dividen en dos líneas:
-Relevo de una empresa comercial: personas físicas o jurídicas que adquieran la titularidad de un negocio consolidado de comercio minorista que haya cesado su actividad por las causas mencionadas anteriormente y cursen un alta en IAE en el mismo epígrafe y local que el negocio anterior.
-Gastos asociados a la formalización del proceso de transmisión empresarial: gastos de notaría, asesoría y asistencia técnica asociados a la formalización de los acuerdos de transmisión, cesión, valoración, protocolo familiar, registro etc. Gastos por traspaso de los bienes y derechos del negocio (fondo de comercio, equipamiento). Estos gastos deberán estar materializados en un contrato de traspaso o venta del negocio o actividad, en el que deberá constar el precio total, desglose de bienes y derechos, y el objeto del contrato.
Tercero. Bases reguladoras.
El Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en su sesión ordinaria de 21 de abril de 2023, acordó aprobar inicialmente la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, que finalmente fue publicada en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA, número 88, viernes, 28 de julio de 2023), y entró en vigor el 1 de octubre de 2023. Dicha Ordenanza tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras generales del procedimiento de concesión de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
La Junta de Gobierno Local con fecha de 19 de septiembre de 2025 aprobó las bases de la convocatoria de Ayudas al fomento del relevo generacional en empresas del sector comercio minorista en el término municipal de Vitoria-Gasteiz. Año 2025. Ambas pueden consultarse a través de la página Web municipal www.vitoria-gasteiz.org y en las oficinas de Atención Ciudadana.
Cuarto. Cuantía.
La dotación económica de esta convocatoria es de 100.000,00 euros, con cargo al saldo disponible en la partida 08.22 4314.489.70 del presupuesto municipal aprobado para el año 2025, denominada Ayudas al relevo generacional en el comercio.
Se subvencionará el concepto recogido en al apartado Relevo de una empresa comercial con un importe mínimo de 2.000 euros, pudiendo alcanzar un máximo de 7.000 euros aquellos proyectos que alcancen la puntuación máxima (100 puntos). Al resto de los proyectos que obtengan una puntuación comprendida entre la máxima y la mínima se les aplicará una proporción lineal al objeto de obtener el importe correspondiente de subvención.
Para el cálculo de la subvención de los Gastos asociados a la formalización del proceso de transmisión empresarial, se aplicará un porcentaje del 50 por ciento al importe subvencionable, estableciéndose una subvención máxima por este concepto de 5.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de estas bases en el BOTHA y finalizará el 30 de diciembre de 2025 (inclusive).
Se deberá presentar una solicitud por cada uno de los negocios a los que haya dado continuidad.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 16/04/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 19 de septiembre de 2025, por el que se aprueba la Convocatoria pública y Bases de las Ayudas al fomento del relevo generacional en empresas del sector comercio minorista enExtracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 19 de septiembre de 2025, por el que se aprueba la Convocatoria pública y Bases de las Ayudas al fomento del relevo generacional en empresas del sector comercio minorista en el termino municipal de Vitoria-Gasteiz. Año 2025.Publicado 06/10/2025Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz