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Plazo no verificadoBDNS 859211

Convocatoria ayudas de transporte para personas discapacitadas, con dependencia y movilidad reducida, para que puedan acceder a los servicios de atención especializada de la comarca 2025 (exp. núm. 2510/2025)

LOCAL · CONSELL COMARCAL DEL SEGRIA · CONSELL COMARCAL DE SEGRIÀ

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 22:15 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES - ESPAÑA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
26/09/2025
Publicación en diario oficial
01/10/2025

Texto oficial de apertura: 1 de octubre de 2025

Texto oficial de cierre: 15 de noviembre de 2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Bases reguladoras: bases específicas de las ayudas de transporte para personas discapacitadas, con dependencia y con movilidad reducida, para que puedan acceder a los servicios de atención especializada de la comarca, aprobadas por acuerdo de Pleno de 4 de octubre de 2024. Diario oficial donde estén publicadas: BOP de Lleida número 219, de 13 de noviembre de 2019, páginas 51 a 57 BOP de Lérida número 198, de 14 de octubre de 2024, páginas 1 a 7. Cr éditos presupuestarios a los que se imputa: 2025/05/2313/4800001 Subvenciones Transporte Adaptado. Cantidad total máxima de toda la convocatoria: 96.999,75 €. Carácter de la distribución: limitativo. Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención: pago de los gastos de transporte adaptado de las personas con discapacidad y personas mayores con dependencia que no pueden hacer uso del transporte ordinario y que presentan dificultades de movilidad reducida y/o necesidad de acompañamiento, a fin de que puedan acceder a los servicios sociales especializados de atención diurna de la comarca. Régimen de concesión: concurrencia competitiva. Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos: las solicitudes de las ayudas deben presentarse telemáticamente mediante los modelos de formularios normalizados publicados en esta convocatoria, dirigidos a la Presidencia del Consejo Comarcal de El Segrià, las cuales se podrán descargar de la web www.segria.cat y acompañados de los documentos que se indican. Hay que hacer la presentación a través de la sede electrónica, a la que se puede acceder desde el siguiente enlace: Trámite seu electrónicaPueden ser beneficiarias de las ayudas:a) Las personas físicas, que deben cumplir los siguientes requisitos:Ser mayores de 18 años.Tener reconocida la condición de persona con discapacidad mediante el certificado emitido por la Dirección General de la Autonomía Personal y la Discapacidad, en el que conste, además, que supera el baremo de movilidad reducida. En caso de que la persona no disponga del baremo de movilidad reducida, podrá optar si dispone del baremo de acompañamiento. Las personas con diagnóstico de demencia (acreditado mediante informe médico del médico de cabecera) podrán optar sin que tengan que pasar por el proceso de valoración del certificado de discapacidad. En su defecto, es necesario presentar fotocopia de la Solicitud registrada de reconocimiento del grado de la discapacidad presentada en el Departamento de Derechos Sociales e Inclusión.Tener plaza reconocida en un servicio social especializado de la red pública ubicado en la comarca del Segrià, según la Cartera de Servicios sociales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.Estar empadronado en alguno de los municipios de la comarca del Segrià, excepto en la ciudad de Lleida.No podrán ser beneficiarias de la ayuda:Las personas físicas que dispongan de plaza en un centro que gestione el servicio de transporte adaptado, y si ese centro concurre a la convocatoria.Cuando la persona solicitante disponga de tarjeta de aparcamiento y vehículo propio, del que sea el/la conductor/a.Las personas usuarias de servicios residenciales.b) Los centros de atención especializada que gestionan el servicio de transporte regular adaptado por sus usuarios, cuando éstos reúnan las condiciones señaladas en el apartado a) de esta base.Quedan excluidos de ser objeto de la ayuda:El acceso a centros especiales de trabajo (CET).El acceso a los servicios sanitarios.El acceso a servicios sociosanitarios.El acceso a servicios de rehabilitación y funcionalesEl acceso a actividades culturales, de ocio y deportivas.El acceso a los servicios sociales especializados de personas con discapacidad y personas mayores ubicadas fuera de la comarca del Segrià, siempre y cuando se asista por voluntad propia y sin un criterio profesional que lo aconseje.No podrán obtener la condición de beneficiario las personas solicitantes que incurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento: la tramitación corresponde al Área de Bienestar Social y Familia del Consejo Comarcal de El Segrià la cual evaluará y propondrá la resolución que será dictada por Presidencia del Consejo Comarcal y de la que se dará cuenta al Pleno. Plazo de presentación de las solicitudes: desde el 1 de octubre hasta el 15 de noviembre de 2025, ambos inclusive.Plazo máximo para la presentación de la documentación justificativa: hasta el 15 de enero de 2026. Plazo de resolución y notificación: 1 mes a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de la documentación justificativa . Documentos e informaciones que deben acompañarse a la petición:Las solicitudes de ayuda deben presentarse mediante el modelo normalizado 1 (persona física) o modelo normalizado 2 y anexo (entidades colectivo), en el que deberá hacerse constar lo siguiente:La declaración de que no existe ninguna causa de prohibición para recibir la ayuda.Declaración que acepta las presentes Bases, la ayuda que si le pueda otorgar, así como las condiciones que se deriven, en caso de que le sea concedida.La autorización al Consejo Comarcal de El Segrià, para poder solicitar, por medios telemáticos, las certificaciones de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.Presupuesto del servicio de transporte adaptado, sólo en caso de que no se utilice vehículo propio para desplazarse.Persona física:DNI de la persona beneficiaria y/o representado legal.Certificado de disminución que especifique grado de disminución y movilidad expedido por la Generalitat de Catalunya y/o baremo de acompañamiento. En su defecto, fotocopia de la solicitud registrada de reconocimiento del grado de discapacidad.Certificado o volante de empadronamiento.Certificado del centro al que asiste (modelo normalizado 1.1).Hoja de domiciliación bancaria. (modelo normalizado 1.2).Justificación de la distancia del domicilio en el Centro donde asiste: Ficha de Google Maps (o similar) que refleje el itinerario más corto y/o vía principal.Declaración de obtención de otros ingresos (consta en modelo normalizado 1).Entidades que realicen transporte adaptado colectivo:Fotocopia compulsada del NIF.Fotocopia compulsada de las escrituras o estatutos de la entidad.La inscripción en el Registro de entidades, servicios y establecimientos sociales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalidad de Cataluña.DNI del representante legal, junto con copia del acta de nombramiento.Certificado de hallarse al corriente del pago de las obligaciones tributarias con Hacienda y la Seguridad Social.Hoja de domiciliación bancaria (modelo normalizado 1.2).No es necesario aportar esta documentación en caso de que la entidad ya la haya presentado anteriormente en el Consejo Comarcal, siempre que no haya experimentado ninguna modificación Posibilidad de reformulación de solicitudes: sí. Agotamiento de la vía administrativa por parte de la convocatoria: sí. Criterios de valoración de las solicitudesSon subvencionables los gastos derivados del transporte individual o colectivo desde el domicilio de la persona usuaria hasta el centro de atención social especializada ubicado en la comarca del Segrià, siempre que haya hecho uso del servicio durante el período de la convocatoria.Destinos subvencionables:Servicio de centro de día para personas mayores, con carácter temporal o permanente.Servicio de atención integral a las personas mayores en el ámbito rural.Servicio de Centro de Día de Atención Especializada, con carácter temporal o permanente, para personas con discapacidad.Servicio de Centro de Día de Terapia Ocupacional (STO) para personas con discapacidad intelectual.Servicio de Centro de Día Ocupacional de Inserción (SOI) para personas con discapacidad.Servicio de club social.Servicio prelaboral.Centros asimilados con funciones de acogida diurna (asociaciones o entidades que prestan servicios de apoyo a los servicios sociales especializados).No son subvencionables los gastos derivados de la adquisición de vehículos y sus adaptaciones, amortizaciones y gastos financieros.9.1. La cantidad económica de las ayudas irá en relación a que sea un transporte regular de lunes a domingo, ambos inclusive, o intermitente de dos a tres días semanales, quedando excluidos los servicios extraordinarios y/o esporádicos o los que no son objeto de esta ayuda.9.2. La cuantía máxima se calculará en la siguiente forma:A) Cuando el transporte lo realicen los centros de atención especializados o proveedores privados, en base al coste efectivo del servicio, acreditado con facturas, nóminas, justificantes de cuotas sociales, seguros y medios equivalentes.B) Cuando el transporte se lleva a cabo a través de centros gestionados por la Administración pública, o un ente dependiente de ésta, y no sea posible la acreditación prevista en el apartado A) puede estimarse con aplicación del siguiente módulo:Precio por kilómetro recorrido: 0,47 eurosC) Cuando el transporte se realice a nivel privado (por vehículos propios o de un familiar), el coste del servicio debe estimarse con aplicación de los siguientes módulos:Número anual de días de asistencia en el centro. Se entiende que todos los días de asistencia comprende dos viajes.La distancia del domicilio del usuario al centro al que accede, de acuerdo con los siguientes parámetros:En desplazamientos urbanos se contarán en 3 km/viaje.En desplazamientos urbanos e interurbanos con distancias superiores a 3 km, se contarán los kilómetros reales: ficha de Google Maps (o similar) que refleje el itinerario más corto y/o por vía principal.El valor económico del kilómetro será de 0,28 €/km.9.3. En los importes calculados de conformidad con el punto 9.2 se deducirán los importes obtenidos de otras subvenciones con el mismo objeto, y los satisfechos por los usuarios.9.4. Si el importe total de las solicitudes calculado conforme a los apartados anteriores es superior al crédito presupuestario, éste se distribuirá de forma proporcional entre todos los beneficiarios. Medio de notificación: personal

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 26/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 26/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria ayudas de transporte para personas discapacitadas, con dependencia y movilidad reducida, para que puedan acceder a los servicios de atención especializada de la comarca 2025 (exp. núm. 2510/2025)Publicado 01/10/2025Ayudas de transporte para personas discapacitadas, con dependencia y con movilidad reducida, para que puedan acceder a los servicios de atención especializada de la comarca