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Plazo no verificadoBDNS 859263

Orden 26 septiembre 2025 Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueba la convocatoria de subv. para financiar durante 2025 la adquisición, arrendamiento o adaptación de vehículos para personas con discapacidad física y/u orgánica.

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIAL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 22:15 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES62 - REGION DE MURCIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Subvenciones al transporte

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
02/10/2025
Fin de solicitudes
23/10/2025
Registro en BDNS
29/09/2025
Publicación en diario oficial
02/10/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Número guía de procedimientos y servicios Comunidad Autónoma Región de Murcia: 2594BDNS (Identif.): 859263Primero. Beneficiarios:Podrán solicitar subvenciones en esta convocatoria las asociaciones de personas con discapacidad que cumplan los siguientes requisitos, que se acreditarán con los documentos a que se refiere el artículo 5 de esta Orden:1.- Estar inscrita la Asociación en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.2.- Tener su sede abierta o delegación permanente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.3.- Tener reflejado en sus Estatutos como fines primordiales la inserción/integración laboral, formación y autonomía personal como objetivos.4.-Tener inscritos en la Asociación usuarios con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida.5.-Contar con preparadores laborales con contrato laboral o profesionales vinculados a programas de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal.Segundo. Objeto:Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para financiar la adquisición, arrendamiento o adaptación de vehículos destinados a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida, cuando se cumplan las siguientes circunstancias:Que dicha adquisición, arrendamiento o adaptación se realicen en el periodo comprendido desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.Que el vehículo sea utilizado para trayectos relacionados con programas de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal.Tercero: Bases reguladoras:Orden de 5 de junio de 2025, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones para financiar la adquisición, arrendamiento o adaptación de vehículos destinados a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33%, que tenga reconocido el grado de movilidad reducida, en el ámbito de la Región de Murcia. (BORM núm.139, de 19 de junio de 2025).Cuarto. Cuantía:1.- El importe del gasto autorizado para la concesión de subvenciones de la presente convocatoria asciende a 20.000,00 € a financiar con cargo a la partida presupuestaria 14.04.00.513A.481.99, proyecto 45952, subproyecto 045952250008, conforme a las siguientes especificaciones:2025:    10.000,00€2026:    10.000,00€Total: 20.000,00€2.- Las subvenciones se otorgarán hasta agotar el gasto autorizado.3.- El órgano competente repartirá proporcionalmente el importe máximo del crédito disponible entre las asociaciones solicitantes que cumplan los requisitos del artículo 4, en función del número de puntos obtenidos por cada una de ellas.4.- La subvención será por un importe máximo de 5.000 € por Asociación.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Orden de convocatoria de la subvención en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.Sexto. Criterios de valoración de las solicitudes:La valoración de las solicitudes presentadas, que realizará el órgano instructor, se hará según una escala de puntos, de acuerdo a los siguientes criterios:1.- Número de usuarios con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33%, que tengan reconocido el grado de movilidad reducida y realicen trayectos relacionados con programas de inserción /integración laboral, formación y autonomía personal: 1 punto por cada usuario con un máximo de 15 puntos.2.- Número de profesionales que tiene contratados la Asociación como preparadores laborales o profesionales vinculados a programas de inserción/ integración laboral formación y autonomía personal, que realicen con los correspondientes usuarios trayectos con destino a tales programas: 1 punto por cada profesional o preparador, con un máximo de 5 puntos.Séptimo. Plazo y forma de justificación y forma de pago:1.- El pago de la subvención se realizará  del siguiente modo:a) Con carácter anticipado se abonara el 50% de la subvención concedida, a cuenta de la liquidación final. Dicha liquidación se realizará dentro del primer trimestre del año 2026.b) Dentro del primer trimestre del año 2026, se abonara, previa justificación de toda la subvención por la Asociación, el importe que reste hasta completar la cuantía total justificada.2.- Las asociaciones beneficiarias deberán presentar ante la Dirección General competente en materia de transportes antes del 1 de abril del año 2026, la siguiente documentación:1º.-Factura de adquisición, arrendamiento o adaptación del vehículo destinado a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida en el ámbito de la Región de Murcia.2º. Justificante acreditativo del pago de dicha factura. A estos efectos, se entiende que constituye el justificante de pago:- Si la forma de pago es una transferencia bancaria: resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la transferencia el número y fecha de la factura.- Si la forma de pago es el cheque o pagaré: extracto bancario acreditativo del movimiento de la cuenta bancaria, debiendo figurar en el concepto número y fecha de la factura.- Si el pago se realiza en metálico: certificado del emisor de la factura acreditativo de su pago, (dicho certificado deberá contener referencia expresa al número y fecha e importe de la factura abonada, indicando la fecha de su pago y el nombre, apellidos y NIF de la asociación que la ha abonado).En particular se establece que no podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior al que se establezca según la legislación vigente, o su contravalor en moneda extranjera.  

Bases y documentación

Anexo III-Certificado núm. usuariosPublicado 29/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo IV-Certificado núm. profesionalesPublicado 29/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo V-Declaración otras ayudasPublicado 29/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo II- Declaración art. 13 LGSPublicado 29/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 29/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo I-SolicitudPublicado 29/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSAnexo VI-Declaración autenticidad documentosPublicado 29/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 26 de septiembre de 2025 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiar, durante el ejercicio 2025 y en el ámbito de la Región de Murcia, la adquisición, arrendamiento o adaptación de vehículos destinados a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida.Publicado 02/10/2025Orden 5 junio 2025, Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subv. para financiar adquisición, arrendamiento o adaptación de vehículos destinados a personas con discapacidad física y/u orgánica