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Plazo no verificadoBDNS 859356

Convocatoria beca formacion Servicios Sociales

AUTONOMICA · LA RIOJA · CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 22:18 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES230 - La Rioja

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
29/09/2025
Publicación en diario oficial
01/10/2025

Texto oficial de apertura: el 2 de octubre de 2025

Texto oficial de cierre: 22 de octubre de 2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

 Primero. Objeto. El objeto de la subvención es la concesión de una beca en régimen de concurrencia competitiva, de formación en materias de Políticas Sociales. Segundo. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios los solicitantes que reúnan los siguientes requisitos: a) Poseer la nacionalidad española y/o la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y los extranjeros con permiso de residencia en España.b) Estar en posesión del título de Grado o Licenciatura en Derecho.c)Poseer plena capacidad para la realización y desarrollo de los trabajos.d)No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o Institución como consecuencia de expediente disciplinario.e) No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo cual se acreditará mediante declaración responsable.f) No haber disfrutado ni estar disfrutando de ninguna otra beca para una finalidad similar convocada por organismos o entidades de carácter público o privado.g) No haber incurrido en algunos de los antecedentes por los delitos a los que se refiere el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia. En todo caso tendrán que cumplir y acreditar una vez seleccionada a la persona beneficiaria, a través de un certificado que acredite la carencia o existencia de delitos sexuales que constan en el Registro Central de Delincuentes Sexuales en la fecha que son expedidos. En el caso de aspirantes que posean la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o permiso de residencia, deberán acreditar el conocimiento de la lengua española, siendo suficiente a tal efecto la valoración efectuada por la Comisión de Valoración con ocasión de la entrevista personal.El cumplimiento temporal de los requisitos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Tercero. Bases reguladoras. Orden SPS/64/2024, de 4 de septiembre, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de formación en materias de Políticas Sociales. Cuarto. Cuantía. Para los años 2025 y 2026 está dotada por un importe bruto mensual de 1.174,00 €, al que se le aplicarán las deducciones correspondientes a las cuotas de contribución a la Seguridad Social y retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y que se imputarán a la partida presupuestaria 06.07.01.2324.484.02. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) 20.8.a) y 23.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones. Sexto. Otros datos de interés. Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25629 Solicitudes: Las solicitudes se dirigirán a la Consejería de Salud y Políticas Sociales, pudiendo presentarse en los siguientes lugares: - Por procedimiento telemático, a través de la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja. https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25629 - Oficinas auxiliares de Registro de la Consejería de Salud y Políticas Sociales (C/ Villamediana, nº 17 de Logroño). - Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (C/ Beti Jai, nº 1 de Logroño). - En cualquiera de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de La Rioja. - Por cualquiera otra de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre (BOR nº 144 de 9 de noviembre de 2004), por el que se regula el registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos públicos. Documentación: La prevista en el apartado segundo, artículo 4, punto 3 de la resolución 34/2025, de 19 de septiembre, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se convoca una beca de formación en materias de Políticas Sociales. Procedimiento de concesión: Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, del régimen jurídico de las subvenciones del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 29/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución 34/2025, de 19 de septiembre, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se convoca una beca de formación en materias de Políticas Sociales.Publicado 01/10/2025Orden SPS/64/2024, de 4 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesion de becas de formacion en materia de Politicas Sociales