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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA SOBRE CONVOCATORIA DE AYUDAS A CLUBS CONVIVENCIA 2025

LOCAL · MANCOMUNIDAD "LA SERRANÍA" · MANCOMUNIDAD LA SERRANÍA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 22:18 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES523 - Valencia / València

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
29/09/2025
Publicación en diario oficial
08/10/2025

Texto oficial de apertura: 29/09/2025

Texto oficial de cierre: 14/11/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

CONVOCATORIA ANUAL PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A CLUBS DE CONVIVENCIA 2025, PROGRAMA PARA LA PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL DE LA MANCOMUNIDAD LA SERRANÍA.1. OBJETO. Es objeto de concesión las subvenciones nominativas para apoyar la realización de proyectos y actividades abiertas al público en general, de las asociaciones y clubs de jubilados de los municipios de la Mancomunidad la Serranía, con fines de carácter social, festivo, cultural, así como de ocupación del tiempo libre y ocio, adscritas al ámbito competencial de la Mancomunidad y recogido en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027. En consonancia con lo antedicho, y siendo tales fines competencia de la Mancomunidad, también o es el procurar el buen funcionamiento de los centros destinados a las personas mayores en los municipios que conforman la mancomunidad y la realización de actividades socioculturales encaminadas a favorecer la integración comunitaria de este colectivo.2. REQUISITOS. Para tener la condición de beneficiario de la subvención deberá encontrarse en la situación que fundamenta su concesión o deberán concurrir las circunstancias previstas para ello y no incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la LGS, incluida la de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Los requisitos necesarios para ser beneficiario de la subvención deberán mantenerse durante toda la vigencia de la concesión. Será obligación del beneficiario comunicar a la entidad local concedente cualquier variación que se produzca en su situación que pueda afectar a su condición de beneficiario de la subvención. Asimismo, comunicará cualquier variación en sus representantes por cambio de junta o presidencia. Ha de ser una asociación sin ánimo de lucro, entendiéndose por tal que el dinero de la asociación debe destinarse exclusivamente al desempeño de las finalidades establecidas en los estatutos (art.10 de la Ley 14/2008, de Asociaciones de la Comunidad Valenciana).3. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN. Para la solicitud de estas ayudas se suscribirá convenio entre la asociación o club de jubilados solicitante y esta Mancomunidad, aportando la documentación requerida en referencia a la asociación y sus fines, así como estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social y no estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición para ostentar la condición de beneficiario previsto en el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La documentación que aportar será la siguiente: • Acta fundacional. • Estatutos. • Inscripción en el registro de Asociaciones de la Comunidad Valenciana. • CIF de la asociación. • Solicitud. • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social (Anexo I). • Declaración responsable de cumplir la condición de beneficiario (Anexo II). • Declaración responsable de no recibir otras subvenciones de la misma naturaleza (Anexo III). • Modelo de domiciliación bancaria. • Y posteriormente firma Convenio.4. PLAZO Y JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. La entidad beneficiaria deberá justificar la realización de la actividad subvencionada mediante la presentación de una memoria justificativa que deberá incluir una memoria de actuaciones y otra económica, acompañada de las facturas de los gastos realizados, en modelo normalizado, Anexo IV, hasta la fecha límite del 30 de noviembre de 2025, incluido. La falta de justificación o justificación insuficiente o inadecuada conllevará la pérdida del derecho al cobro de la subvención. El pago se abonará por su importe total y de una sola vez, previa justificación de la subvención por el beneficiario.En Villar del Arzobispo, a la fecha de la firma electrónica.DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 29/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSRESOLUCIÓN PRESIDENCIA SOBRE CONVOCATORIA DE AYUDAS A CLUBS CONVIVENCIA 2025Publicado 08/10/2025CONVOCATORIA ANUAL PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A CLUBS DE CONVIVENCIA 2025, PROGRAMA PARA LA PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL DE LA MANCOMUNIDAD LA SERRANÍA.