¿A quién se dirige?
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAGRAN EMPRESA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES42 - CASTILLA LA MANCHA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 08/10/2025
- Fin de solicitudes
- 07/11/2025
- Registro en BDNS
- 29/09/2025
- Publicación en diario oficial
- 07/10/2025
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a su publicación en el DOCM
Texto oficial de cierre: Un mes desde el día siguiente a su publicación en el DOCM
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Extracto publicado
Primero. Beneficiarios 1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las empresas; las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA); las cooperativas; las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica, realicen las actividades subvencionables, excepto las fundaciones públicas y privadas, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas. Podrán ser también beneficiarios los órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominacio nes de origen protegidas, cualquiera que sea su forma jurídica, así como cuando se constituyan como asociaciones y fundaciones. 2. Las líneas 2 y 4 van destinadas a beneficiarios que estén incluidos en las actividades, en las secciones, divisiones, grupos y clases de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-09) que a continuación se relacionan: a) En la sección C, las siguientes divisiones: 13- Industria textil. 14- Confección de prendas de vestir. 15- Industria del cuero y del calzado. 32- Otras industrias manufactureras, grupo 321, las siguientes clases: 3212.- Fabricación de artículos de joyería y artículos similares 3213.- Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares. b) En la sección G, división 46, grupos 461, 462 y 464, las siguientes clases: 4616- Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos de cuero. 4624- Comercio al por mayor de cueros y pieles. 4641- Comercio al por mayor de textiles. 4642- Comercio al por mayor de prendas de vestir y calzado Segundo. Objeto Convocar la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de planes individuales de internacionalización, tanto para empresas que se encuentran en fases iniciales como para empresas con exportaciones consolidadas. Tercero. Bases reguladoras Orden 139/2021, de 15 de septiembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, destinadas al desarrollo de planes individuales de internacionalización, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 184, de 23 de septiembre de 2021, modificada por la Orden 139/2022, de 5 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 137, de 19 de julio de 2022, y por la Orden 173/2024, de 9 de octubre de 2024, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, publicada en el Diario Oficial de Castilla- La Mancha número 202, de 17 de octubre de 2024. Cuarto. Cuantía de la ayuda. El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las subvenciones previsto para esta convocatoria asciende a 900.000 euros, que se realizará con cargo al presupuesto del IPEX 2026, Programa 751B, partida 47573, con el desglose por línea contemplado en la disposición decimoprimera de la convocatoria. Al tratarse de una convocatoria de tramitación anticipada, la concesión de esta ayuda queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto del IPEX 2026. Se reserva el 30% del total del crédito para los solicitantes que desarrollen su actividad en las zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, conforme al Acuerdo de 19 de octubre de 2021, del Consejo de Gobierno, sobre aplicación de criterios de incentivación y medidas de apoyo a solicitantes de ayudas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, previstas en el artículo 22.1 de la Ley 2/2021 de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha. En el caso de que no se agotase la totalidad del crédito reservado para dichas zonas, el crédito no utilizado podrá destinarse a incrementar el de proyectos o actuaciones de solicitantes que sean desarrolladas en el resto del territorio regional. El porcentaje y el importe de ayuda máximo por beneficiario son los establecidos a continuación para cada línea: Línea % de ayuda Importe máximo de ayuda Línea 1: Iniciación a la exportación 100% 5.000 Línea 2: Iniciación a la exportación sector moda 100% 5.000 Línea 3: Consolidación de la exportación 100% 8.000 Línea 4: Consolidación de la exportación sector moda 100% 8.000 El presupuesto total de los gastos financiables debe ser como mínimo los establecidos a continuación para cada línea: a) Línea 1: Iniciación a la exportación: 2.500 euros. b) Línea 2: Iniciación a la exportación sector moda: 2.500 euros. c) Línea 3: Consolidación de la exportación: 4.000 euros. d) Línea 4: Consolidación de la exportación sector moda: 4.000 euros. El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva conforme a los criterios de valoración establecidos en la disposición decimocuarta de la convocatoria y se adjudicará, con el límite del crédito fijado en la misma, a aquellas que hayan obtenido mayor valoración en la fase de evaluación. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Sexto. Otros datos Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario, que se encontrará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es)