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Plazo no verificadoBDNS 859460

AYUDAS A GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DE EXCELENCIA DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA Y DE VALORIZACIÓN Y TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · FUNDACIÓN SÉNECA (AGENCIA REGIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA)

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 22:19 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES62 - REGION DE MURCIA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Investigación, desarrollo e innovación

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
29/09/2025
Fin de solicitudes
20/10/2025
Registro en BDNS
29/09/2025
Publicación en diario oficial
03/10/2025

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Extracto de la Orden de Bases de fecha 4 de agosto de 2025 (BORM 192, de 21 de agosto de 2025) de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas a Grupos de Investigación de Excelencia de la Región de Murcia, incluidas en el Subprograma Regional de Apoyo a la Investigación Científica y Técnica y La Innovación de Excelencia en la Región de Murcia (Programa Regional de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia) del Plan de Actuación 2025 de la Fundación Séneca-Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia.Objeto:Esta convocatoria se regula de conformidad con la Orden de bases de fecha 4 de agosto de 2025 (BORM 192, de 21 de agosto de 2025) y tiene por objeto consolidar e incrementar su capacidad y competitividad científica y técnica, el impacto internacional de su investigación y su capacidad de valorización y transferencia de resultados a través del desarrollo de propuestas disruptivas y de alto valor científico-técnico.Beneficiarios:1. Podrán solicitar las ayudas reguladas en las presentes bases los investigadores con grado de doctor vinculados a las universidades y organismos, entidades e instituciones de investigación de la Región de Murcia señalados en esta convocatoria.A.- Investigador principal. Podrán solicitar estas ayudas en calidad de investigadores principales de la propuesta los doctores que, en el momento de la presentación de la solicitud y durante el plazo de ejecución del proyecto tengan vinculación estatutaria o contractual, con dedicación plena y a tiempo completo con alguna de las precitadas entidades beneficiarias, se encuentren en servicio activo en dicha vinculación y cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria para liderar el grupo. Solo en el supuesto previsto en la Disposición Tercera, de la convocatoria se admitirá la inclusión de un segundo investigador principal, que deberá cumplir los mismos requisitos señalados para el primer investigador principal.B.- Equipo de investigación. Investigadores. Podrán figurar con esta condición quienes, al tiempo de la formalización de la solicitud, estén en posesión del grado de doctor y tengan vinculación estatutaria o contractual en situación de servicio activo, al menos por la duración completa del proyecto, con dedicación plena y a tiempo completo, con el organismo o entidad beneficiaria. Los contratados posdoctorales se incluirán en el equipo de investigación, aunque no tengan vinculación por la totalidad del periodo de ejecución.C.- Equipo de trabajo. Miembros del equipo de trabajo. Deberán figurar con esta relación  condición el resto de miembros del equipo en quienes no concurra alguno de los requisitos exigidos en el apartado anterior (personal técnico de apoyo a la investigación, investigadores visitantes, investigadores vinculados con universidades y centros de investigación externos a la Región de Murcia, profesores asociados, profesionales vinculados con empresas, Centros Tecnológicos o Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica y resto de entidades distintas de universidades y OPIS  que presten una colaboración efectiva en el proyecto.Se incluirán asimismo como miembros del equipo de trabajo del proyecto quienes se encuentren en periodo de formación predoctoral en virtud de contratos financiados con cargo a convocatorias de organismos públicos o privados y destinados específicamente a la realización de una tesis doctoral o con cargo a proyectos, contratos o convenios, siempre que tengan tareas asignadas a su cargo en el plan de trabajo y durante el tiempo que dure dicha vinculación contractual.D.- Colaboradores científicos externos (con un máximo de dos). Podrán figurar con esta condición aquellos doctores con amplia trayectoria investigadora que pertenezcan a centros de investigación distintos del de adscripción del solicitante, nacionales o extranjero, y cuya participación en el plan de actividad suponga, por su carácter de referente en el campo de especialización del grupo de investigación, una contribución real y significativa para la consecución de los objetivos del mismo, extremo éste que habrá de justificarse expresamente en dicho plan.La participación de colaboradores científicos externos no compensará la falta de miembros del equipo necesarios para el desarrollo del plan de trabajo y el cumplimiento de los objetivos de la actividad propuesta.2. La composición y estructura del equipo deberá estar dimensionada con los objetivos del plan de actividades de I+D+i, debiendo reunir las cualificaciones científico-técnicas requeridas para su desarrollo. No se valorarán positivamente equipos que excedan en el número de miembros las necesidades reales del plan de actividades o cuya inclusión no se justifique claramente en una aportación real a sus objetivos.Bases reguladoras:Orden de Bases de fecha 4 de agosto de 2025 (BORM 192, de 21 de agosto de 2025)Cuantía y duración de las ayudas:La actividad objeto de ayuda tendrá una duración de cuatro años, que podrá ser ampliada en los términos establecidos en la Disposición Tercera, apartado 3º de la convocatoria.El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a 7.842.718,70 € y se distribuirá anualmente como establece la Disposición Quinta apartado primero de la convocatoria, siendo la primera anualidad de ejecución de los proyectos la de 2026.La cuantía individual de las ayudas concedidas será como máximo de 400.000 € para la duración íntegra del Programa. La cuantía final asignada a cada solicitud atenderá al coste financiable real de la actuación y a los elementos que se establecen en la Disposición Quinta, apartado 3º de la convocatoria.Las ayudas concedidas podrán cubrir total o parcialmente la actividad, sin que, en ningún caso, incluida la posible cofinanciación, se supere el coste real de la actividad financiada. En todo caso, de la cuantía concedida se detraerán los costes indirectos destinados a la entidad beneficiaria, que serán de un 10% de dicha cuantía, la cual debe incluirse con ese carácter en la memoria económica de la propuesta.Los importes de ayudas concedidas podrán ser ejecutados en todo el periodo de ejecución con independencia del calendario de pagos establecido.Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes a esta convocatoria estará abierto desde la fecha de publicación de la convocatoria en la BDNS hasta las 14.00h. del día 20 de octubre de 2025.Criterios de baremación:1. Se otorgará a cada solicitud una puntuación de 0 a 100 puntos.2. Se valorará el impacto científico y social de las aportaciones, utilizando indicadores contextualizados y bases de datos y repositorios reconocidos internacionalmente, así como identificadores persistentes tipo ORCID y tomando en cuenta una diversidad de formas de comunicación, contribuciones, resultados y aplicaciones relevantes como componentes del impacto general de la actividad investigadora.3. Las solicitudes se evaluarán de acuerdo con los siguientes criterios científico-técnicos.4.1 Investigador principal del equipo/ Investigadores responsables del equipo. De          0 a 40 puntos. Se valorará el CV del periodo transcurrido desde el 1 de enero de 2020 hasta la fecha de apertura de la presente convocatoria conforme a los siguientes criterios:A. Experiencia, trayectoria e impacto de las contribuciones. Hasta 25 puntos.B. Colaboración internacional y networking. Hasta 5 puntosC. Mentoría y Formación Hasta 10 puntos.4.2. Calidad Científica y Técnica del grupo que desarrolla el programa de actividades de I+D. De 0 a 40 puntos. Se valorará el CV de los miembros del grupo de investigación, sin incluir el investigador principal, y sus logros conjuntos en el periodo entre el 1 de enero de 2020 y la apertura de la convocatoria conforme a los siguientes criterios:A. Calidad científica y técnica, experiencia, trayectoria e impacto de las contribuciones del grupo. Hasta 25 puntos.B. Colaboración internacional y networking.  Hasta 5 puntos.C. Mentoría y Formación. Hasta 10 puntos4.3. Excelencia, carácter innovador, enfoque, calidad científico-técnica y potencial impacto de los resultados de la propuesta de Plan estratégico de actividades de I+D+i presentado para consolidar y aumentar la excelencia y la posición internacional del grupo. De 0 a 20 puntos.A. Originalidad, carácter innovador y excelencia científica del plan estratégico de actividades de I+D+i. Hasta 5 puntos:B. Colaboración y alianzas estratégicas para el posicionamiento nacional o internacional del grupo. Hasta 5 puntos:C. Programación de la transferencia de conocimientos y la difusión de resultados. Hasta 5 puntos:D. Impacto del plan estratégico de actividad de I+D+i del grupo. Hasta 5 puntos.

Bases y documentación

Resolución ConcesiónPublicado 10/02/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 29/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA CONVOCATORIA A GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DE EXCELENCIA DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TÉCNICA Y DE VALORIZACIÓN Y TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOSPublicado 03/10/2025Orden por la que se aprueban las BBRR de las ayudas a universidades y organismos, entidades e instituciones de investigación de la RM para el desarrollo de actividades de investigación científica y técnica y de valorización y transferencia de conocimiento