¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES61 - ANDALUCIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Investigación, desarrollo e innovación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 08/10/2025
- Fin de solicitudes
- 21/10/2025
- Registro en BDNS
- 29/09/2025
- Publicación en diario oficial
- 07/10/2025
Texto oficial de apertura: A partir día siguiente publicación extracto convocatoria en BOJA
Texto oficial de cierre: 10 días hábiles a partir día siguiente publicación del extracto de la convocatoria
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Extracto de la Resolución de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2025 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Apertura.BDNS (identif): XXXXDe conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:Primero. Convocatoria.Se convoca, para su ejecución en el ejercicio 2025, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales. Esta línea de subvenciones se denomina Línea CAPI Apertura. Las subvenciones se concederán con cargo a la partida presupuestaria y distribución siguientes:Partida presupuestariaCuantía (€)0131010000 G/12D/48001/00 01262.236,72Segundo. Entidades beneficiarias.Siempre que cumplan los requisitos fijados en la Orden de 9 de noviembre de 2021, podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las entidades asociativas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en alguna de las zonas desfavorecidas de Andalucía relacionadas a continuación:ProvinciaMunicipioZona DesfavorecidaAlmeríaAlmería (capital)Fuentecica-QuemaderoAlmeríaAlmería (capital)La Chanca-PescaderíaAlmeríaEjido (El)El Ejido CentroAlmeríaEjido (El)Las Norias-San AgustínAlmeríaEjido (El)Pampanico (100 Viviendas)AlmeríaMojonera (La)VENTA DEL VISOAlmeríaRoquetas de MarCtra. La Mojonera-RoquetasCádizAlgecirasZona Sur AlgecirasCádizArcos de la FronteraArcos De La Frontera-SurCádizArcos de la FronteraJédulaCádizBarbateMontarazCádizCádiz (capital)Bda. De Loreto, Bda. Cerro Del MoroCádizChiclana de la FronteraChiclana Sur (PLAZA Mayor-Fuente Amarga)CádizLínea de la Concepción (La)Barriada El JunquilloCádizLínea de la Concepción (La)La AtunaraCádizMedina SidoniaBarriada La Paz-Blas Infante y ConstituciónCádizPuerto SerranoBarriada GuadaleteCádizSanlúcar de BarramedaBarrio Alto Y Barrio BajoCórdobaPeñarroya-Pueblo NuevoPeñarroya-Pueblo NuevoGranadaAtarfeBarrios El Barranco y La CañadaGranadaBazaCuevas de BazaGranadaFuente VaquerosBarrio de Santa AnaGranadaGuadixCuevas de GuadixGranadaHuéscarBarrio de las CuevasGranadaIznallozBarrio de la PeñaGranadaMotrilHuerta CarrascoGranadaMotrilSan Antonio-AnchaGranadaMotrilVaradero-Santa AdelaGranadaPinos PuenteBda. Las Flores, Bda.Las Cuevas,Cerro FáquilaHuelvaAlmonteBarrio Obrero de AlmonteHuelvaCorteganaBarrio EritaHuelvaHuelva (capital)La Orden-Príncipe Juan CarlosHuelvaMinas de Río TintoAlto de la MesaHuelvaNervaLa Garza, San Antonio Cementerio Viejo, Pozo BebéJaénBailenBarrios Paquita Torres; 28 de febrero; Barrio del Pilar; Avda. LinaresJaénBeas de SeguraBarrio Vista Alegre; Urb.Profacio; Casas del MataderoJaénCarolina (La)Barrio Viñas del Rey;Urb. PenibéticaJaénGuarrománGuarrománJaénPozo AlcónBarrio Era Alto y Picón HernándezJaénÚbedaBarrios La Alameda Y Los CerrosJaénVillanueva del ArzobispoVillanueva del ArzobispoMálagaÁloraÁloraMálaga Málaga (capital)Campanillas-Los Asperones-CastañetasMálaga Málaga (capital)Málaga Centro-Trinidad-PerchelMálagaMarbellaLas AlbarizasMálagaVélez-MálagaCasas De La VíaSevillaCamasLa Pañoleta-Caño RoncoSevillaCoria del RíoBda. Del LuceroSevillaDos HermanasIbarburu, Costa Del Sol, La Jarana, Miravalle, Los Montecillos, El Chaparral, Cerro BlancoSevillaLora del RíoBarrio Las ViñasSevillaMorón de la FronteraEl RanchoSevillaPalacios y Villafranca (Los)Los Palacios Y VillafrancaSevillaSan Juan de AznalfaracheBda. Santa IsabelSevillaSevilla (capital)Bda. El CerezoSevillaSevilla (capital)La Plata-Padre Pío-PalmeteTercero. Objeto.Constituye el objeto de la presente línea de subvención la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades asociativas sin ánimo de lucro, para promover la dinamización de centros de competencias digitales en zonas desfavorecidas de Andalucía mediante acciones de sensibilización y desarrollo de las competencias en el uso de los servicios digitales por parte de la ciudadanía andaluza, con la finalidad de contribuir a la transformación digital y la reducción de las brechas digitales en estas zonas desfavorecidas de Andalucía. La concreción del objeto figura en las bases reguladoras.Cuarto. Bases reguladoras.La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 9 de noviembre de 2021, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales (BOJA núm. 218, de 12 de noviembre de 2021), modificada mediante Orden de 12 de junio de 2023, de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa (BOJA núm. 114, de 16 de junio de 2023).Quinto. Importe y secuencia del pago.La cuantía de la subvención para esta convocatoria consistirá en una cuantía máxima global subvencionable de 32.779,59 euros.Para la presente convocatoria, y de acuerdo con lo establecido en el apartado 24. a ). 2º del cuadro resumen de la Orden de 9 de noviembre de 2021 de las bases reguladoras en concurrencia competitiva de estas subvenciones, se realizará un solo pago correspondiente al cien por cien de la subvención concedida, tras dictarse la resolución de concesión y sin necesidad de justificación previa.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.Séptimo. Otros datos.El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto a la convocatoria.Sevilla, a la fecha de la firma electrónica.El Director General de Estrategia Digital, Manuel Perera Domínguez