encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 859740

Orden 24 junio 2025 del Consejero de Presidencia se convocan subvenciones concurrencia competitiva, destinadas a los Agentes de la Coop. Internac Región de Murcia, para proyectos de ayuda humanitaria, en el año 2025.

AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUVENTUD, ACCIÓN EXTERIOR Y EMERGENCIAS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 22:25 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

XXXX - TODO EL MUNDO

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
30/09/2025
Publicación en diario oficial
02/10/2025

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente al de publicación en BORM del extracto

Texto oficial de cierre: 20 días hábiles desde el siguiente al de publicación en BORM del extracto

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Beneficiarios1. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones de estas subvenciones, los agentes de la cooperación internacional para el desarrollo en la Región de Murcia enumerados en el artículo 40 de la Ley 12/2007, de 27 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 41, 42, 43 y 44 de la citada ley, y no se encuentren incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios/as señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.2. También podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las agrupaciones de ONGD, asociaciones o fundaciones del párrafo anterior, en los términos del artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La valoración de la entidad, será una media ponderada de las valoraciones de las distintas entidades que componen la agrupación, conforme a su porcentaje de ejecución en el proyecto.3. No se considerará agrupación de entidades a aquellas que estén formadas por una asociación y una federación en la que esté integrada aquella, o en las que los órganos de gobierno sean coincidentes, total o mayoritariamente, en todas las entidades agrupadas.Segundo. ObjetoLa presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a los agentes de la cooperación internacional para el desarrollo en la Región de Murcia para la ejecución de proyectos de ayuda humanitaria en los países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo que figuran en la lista del Comité de Ayuda al Desarrollo de la Organización para Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), en el año 2025.Tercero. Bases reguladoras. ProcedimientoEl procedimiento de concesión de estas subvenciones se rige por la Orden de 8 de julio de 2021 de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública, de aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva destinadas a los agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo en la Región de Murcia, para la realización de proyectos de ayuda humanitaria (BORM nº 161 de 15 de julio de 2021).Cuarto. Cuantía de la subvención Las subvenciones se otorgarán con cargo a la partida presupuestaria 11.05.00.126I.490.00, proyecto 49097 “A ONGD Ayuda Humanitaria Cooperación al Desarrollo” por un importe de ciento cuarenta y dos mil euros (142.000,00 euros) de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2025. Quinto. Solicitud y plazo de presentación1. Las solicitudes y comunicaciones, así como la documentación requerida deberán presentarse obligatoriamente por medios electrónicos en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es), por medio del procedimiento habilitado a tal fin en la Guía de procedimientos y servicios (nº 3685).2. Las solicitudes de subvención deberán dirigirse a la Dirección General de Acción Exterior y Cooperación (código DIR3 A14042457) y se presentaran mediante formulario normalizado, disponible en dicha sede electrónica en el procedimiento nº 3685, acompañada de la documentación prevista en el artículo siguiente.3. El plazo de presentación de la solicitud será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de esta orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.Sexto. ResoluciónUna vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, la persona titular de la Consejería competente en materia de cooperación al desarrollo, resolverá mediante orden que se publicará en la forma prevista en el artículo 15, en el plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria, según lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 30/09/2025Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden 24 de junio de 2025 del Consejero de Presidencia, Portavocía, Acción Exterior y Emergencias por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo en la Región de Murcia, para la realización de proyectos de ayuda humanitaria, en el año 2025.Publicado 02/10/2025Orden 8 julio 2021 Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública, bases reguladoras subvenciones, concurrencia competitiva, a los agentes de Coop Internac en la Región de Murcia, para la realización de proyectos de ayuda humanitaria