CONVOCATORIA de subvenciones para la garantizar la continuidad del servicio de escola matinera y vespertina, curso 2025-2026, del municipio de Tavernes Blanques en régimen de concurrencia no competitiva
LOCAL · TAVERNES BLANQUES · AYUNTAMIENTO DE TAVERNES BLANQUES
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
01/12/2025
Registro en BDNS
30/09/2025
Publicación en diario oficial
10/10/2025
Texto oficial de apertura: DÍA SIGUIENTE A PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
CONVOCATORIA de subvenciones para la garantizar la continuidad del servicio de escola matinera y vespertina, del municipio de Tavernes Blanques en régimen de concurrencia no competitiva.Primero.- Objeto y ámbito.La finalidad de las presentes ayudas es asegurar la realización de la Escola vespertina y matinera.Segundo.- Procedimiento de concesión.El presente programa se rige mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva mediante prorrateo del importe total de subvención, entre los AMPAS que resulten beneficiarios de la ayuda, en el importe que resulte de la aplicación del artículo 4 de estas Bases, al amparo de lo prevenido en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y los artículos 65 y siguientes del Reglamento que desarrolla la citada Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.El importe a conceder por AMPA se determinará por aplicación de las Bases, mediante propuesta de la Concejalía de Educación, aprobada por Resolución de la Alcaldía.Tercero.- Autorización del gasto.En el Presupuesto municipal del ejercicio 2025 existe dotación presupuestaria disponible en la partida 3260.489.03 “ESCOLA D´ESTIU MATINERA Y OTRAS”, para hacer frente al presente gasto, ascendiendo el importe máximo sobre la partida de 6.592€.Cuarto.- Beneficiarios.Serán beneficiarios de las aportaciones económicas, el AMPA del centro que organice, gestione y abone el servicio de estas Escuelas.Quinto.- Requisitos.Según artículo 3 de las Bases.Sexto.- Cuantía.El límite máximo de gasto sobre la partida es de 6.592 €. Según el número de inscritos, el importe de la subvención variará, siendo 0 en caso de apuntarse 10 alumnos por centro.Séptimo.- Solicitudes.La solicitud se presentará de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Tavernes Blanques, en la forma establecida en el artículo 7 de las Bases.Octavo.- Plazo de presentaciónDesde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP, a través de la BDNS, hasta 1/12/25.Noveno.- Criterios de valoraciónSegún artículo 6 de las Bases.Décimo.- Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.Según el artículo 7 de las Bases.Undécimo.- Plazo de resolución y notificación.Plazo máximo de resolución: 6 meses.Plazo máximo de notificación: 10 días hábilesDuodécimo.- Medio de notificación o publicación.Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tavernes Blanques y web municipal.