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Plazo no verificadoBDNS 859969

Subv 2025 del Programa 3 de ayuda a actuaciones señalización y comunicación accesible en espacios públicos urbanizados de titularidad pública de Extremadura, según Decreto 106/2025, de 26 de agosto

AUTONOMICA · EXTREMADURA · SECRETARÍA GENERAL DE VIVIENDA, ARQUITECTURA, ACCESIBILIDAD Y REGENERACIÓN URBANA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 18:10 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
01/10/2025
Publicación en diario oficial
07/10/2025

Texto oficial de apertura: El día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura

Texto oficial de cierre: 3 meses a contar desde el día siguiente a la publicación en Diario Oficial de Extremadura

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Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó enel Diario Oficial de Extremadura número 193 de fecha 7 de octubre de2025, el extracto de la primera convocatoria del programa 3 del Decreto106/2025, de 26 de agosto, por el que se establecen las basesreguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud yServicios Sociales destinadas a fomentar la adaptación de espaciospúblicos urbanizados de titularidad pública y edificios oestablecimientos de titularidad pública o privada, en el ámbito de laComunidad Autónoma de Extremadura a la normativa vigente en materia deaccesibilidad y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicioeconómico 2025, cuyo texto completo puede consultarse en la Base deDatos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) conla identificación BDNS 859969.El artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias sedeterminarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantíasestimadas previstas inicialmente para el periodo de vigencia de laconvocatoria.El artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de laComunidad Autónoma de Extremadura, indica el procedimiento que debeseguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones quepuedan producirse respecto a los proyectos de gastos o aplicacionespresupuestarias, o cuantías inicialmente en las convocatorias abiertaspor concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente, enla modificación del expediente de gasto, previo informe de laIntervención General, y la publicación en el Diario Oficial deExtremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma deun anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoriaen el que se recojan, de acuerdo con la modificación producida, cómoquedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos porproyectos y aplicaciones presupuestarias.De acuerdo con la disposición adicional tercera del Decreto 106/2025, de26 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de lassubvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Socialesdestinadas a fomentar la adaptación de espacios públicos urbanizados detitularidad pública y edificios o establecimientos de titularidadpública o privada, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremaduraa la normativa vigente en materia de accesibilidad y se aprueba laprimera convocatoria para el ejercicio económico 2025, y según seestablece en la disposición sexta, Financiación y cuantía de la ayuda,el importe del crédito destinado a esta convocatoria es de doscientosnoventa mil euros (290.000 euros) financiado con fondos ComunidadAutónoma, con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria y programade financiación: 110080000/G/262A/760/ CAG0000001/20120187,“Accesibilidad en edificios y espacios públicos“ del presupuesto de laComunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2026, distribuidosde la siguiente manera: Aplicación económica 202611008262A 760 290.000Teniendo en cuenta los plazos de tramitación y resolución de losexpedientes presentados al amparo del programa 3 y, conforme a lanaturaleza de los proyectos subvencionados, a los cuales se les vieneotorgando un plazo de ejecución de hasta 9 meses; a los efectos deacompasar los créditos de la convocatoria a los hitos de pagos de lasayudas concedidas, las cuales se abonan completamente una vez ejecutadoel 100% del presupuesto de la actuación subvencionada y justificada porla entidad beneficiaria , resulta más adecuado, conforme a esecalendario de pagos, que el crédito total sea traspasado a la anualidad2027.Por todo lo anterior, se procede al anuncio de la redistribución de loscréditos previstos en la disposición sexta de la disposición adicionaltercera del Decreto 106/2025, de 26 de agosto, por el que se establecenlas bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejeríade Salud y Servicios Sociales destinadas a fomentar la adaptación deespacios públicos urbanizados de titularidad pública y edificios oestablecimientos de titularidad pública o privada, en el ámbito de laComunidad Autónoma de Extremadura a la normativa vigente en materia deaccesibilidad y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicioeconómico 2025, quedando distribuidos de la siguiente manera: Aplicación económica 202711008262A 760 290.000De esta forma, se anulan todos los créditos asignados a la aplicaciónpresupuestaria 11008262A760 del Proyecto de Gasto 20120187“Accesibilidad en edificios y espacios públicos” en la anualidad 2026por importe de 290.000 euros, quedando disponible para la anualidad2027.El importe total de la convocatoria se mantiene en 290.000,00 euros, queserán financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 11008262A760del proyecto de gasto 20120187 “Accesibilidad en edificios y espaciospúblicos”, distribuido 290.000,00 euros en la anualidad 2027, créditofinanciado con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 16.q) de laLey 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma deExtremadura, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial deExtremadura http://doe.juntaex.es.Primero. Objeto y finalidad.Este programa tiene por objeto la mejora o implementación deseñalización y comunicación accesible en los espacios públicosurbanizados de titularidad pública.Segundo. Personas beneficiarias y requisitos para la percepción de laayuda.De acuerdo con lo señalado en el artículo 5, apartado 3.2 del decretopor el que se establecen las bases reguladoras y en consonancia con loregulado en el artículo 2 del mismo, podrán ser entidades beneficiarias,los municipios y las entidades locales menores de la Comunidad Autónomade Extremadura.Tercero. Bases reguladoras.Decreto 106/2025, de 26 de agosto, por el que se establecen las basesreguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud yServicios Sociales destinadas a fomentar la adaptación de espaciospúblicos urbanizados de titularidad pública y edificios oestablecimientos de titularidad pública o privada, en el ámbito de laComunidad Autónoma de Extremadura a la normativa vigente en materia deaccesibilidad y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio2025.Cuarto. Financiación y cuantía.1. El importe del crédito destinado a esta convocatoria es de doscientosnoventa mil euros (290.000 euros) financiado con fondos ComunidadAutónoma, con cargo a la siguiente ampliación presupuestaria y programade financiación: 110080000/G/262A/76000/CAG0000001/20120187,“Accesibilidad en edificios y espacios públicos “presupuesto de laComunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2026.2. Este crédito presupuestario se distribuirá entre las distintasanualidades y aplicaciones económicas de la siguiente forma:Aplicación económica 2026 11008 262A 760 290.000 3. La intensidad de la ayuda será del 100% hasta un límite de 3.000€.En el caso que la solicitud objeto de este programa contenga variostipos de actuaciones, la cuantía de la ayuda será la suma de lascuantías correspondientes a cada tipo.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 3 meses a contar desdeel día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial deExtremadura (http://doe.juntaex.es) del presente decreto y del extractoal que se refiere el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, desubvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.De conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del Punto deAcceso General Electrónico (https://www.juntaex.es/w/0705524), o bien encualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Bases y documentación

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