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Plazo no verificadoBDNS 860004

BASES DE LA CONVOCATORIA REGULADORAS DE LA BECA DE INVESTIGACIÓN “GORUETAN”

LOCAL · BERGARA · AYUNTAMIENTO DE BERGARA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 18:12 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES212 - Gipuzkoa

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras Prestaciones económicas

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
01/10/2025
Publicación en diario oficial
07/10/2025

Texto oficial de apertura: A partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa

Texto oficial de cierre: 30 días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

ANUNCIOMediante este anuncio se hace saber que el Pleno en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2025 aprobó las bases reguladoras de la convocatoria de la beca de investigación “Goruetan”, por lo que se procede a su publicación:  BASES DE LA CONVOCATORIA REGULADORAS DE LA BECA DE INVESTIGACIÓN “GORUETAN”  INTRODUCCIÓNLa historia de nuestro pueblo se ha construido sobre el eje de un relato que no pone en valor los enfoques y las aportaciones de las mujeres. Han sido los hombres los únicos objetos y sujetos, lo que nos ha revelado un relato que no ha tenido en cuenta las realidades que quedan al margen. No se han tenido en cuenta los relatos de las mujeres, por lo que no se las ha visibilizado, generando carencias significativas en todos los ámbitos.En el intento de reescribir la historia de nuestro entorno y de nuestro pueblo ha tenido especial relevancia la aportación de las investigadoras e historiadoras feministas, a través de los estudios feministas del País Vasco, así como la realidad mostrada en los últimos años por las investigaciones realizadas gracias a las becas de investigación y a las subvenciones promovidas en diversas localidades.Con el objeto de incidir en ello, el Ayuntamiento de Bergara, junto con el museo Laboratorium (en su condición de museo social), quieren aprovechar esta beca para recoger cuál ha sido la aportación de las mujeres y brindarles así el reconocimiento que merecen. Por otro lado, el III Plan de Igualdad aprobado por el Ayuntamiento, con la implantación de esta beca de investigación, también pretende dar respuesta, dentro de la línea de trabajo denominada "Apoyo al empoderamiento social y político de las mujeres", a la acción de “Promover la visibilidad de la aportación de las mujeres de Bergara en diferentes ámbitos”. OBJETO 1- OBJETOEl objeto del trabajo es investigar las aportaciones realizadas por las mujeres a la sociedad vasca a lo largo de la historia y dar a conocer el resultado de la investigación.La investigación se centrará en la contribución histórica realizada por las mujeres en el ámbito laboral, social, económico, político, educativo, histórico, artístico, del cuidado, de la sanidad, investigación, construcción de país o cultura. 2- PROPIEDAD DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓNEl Ayuntamiento de Bergara se reserva el derecho de publicar, reproducir y difundir la investigación total y/o parcialmente (en papel, en digital...) durante cinco años. Transcurrido ese plazo el autor o autora tendrá el derecho de publicar su trabajo, mencionando la beca que recibió.Sobre el trabajo realizado con la beca, serán propiedad de la persona autora los derechos que reconoce a dichas personas el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril) con excepción de los derechos reconocidos a favor del Ayuntamiento en el párrafo anterior a este punto. 3- NORMATIVA APLICABLEPara cuanto no esté dispuesto en las presentes bases, será de aplicación la normativa siguiente:Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de SubvencionesReal Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de SubvencionesOrdenanza General de Subvenciones de BergaraTexto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/1996 de 12 de abril de 1996. 4- SOLICITANTESLa beca podrá ser solicitada por personas individuales o por equipos de trabajo constituidos al efecto, en cuyo caso deberán designar a una persona como representante.Las personas o equipos solicitantes deberá cumplir las siguientes condiciones:-Estar en posesión de la titulación de grado universitario, debiendo estar el ámbito de conocimiento de sus estudios en relación con el objeto de la materia que se pretende investigar. En el caso de los equipos, deberá cumplir este requisito al menos el 60 % de sus miembros.-Encontrarse al corriente en cuanto a sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.-No tener pendiente ningún tipo de deuda con el Ayuntamiento de Bergara y hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales, impuestos, tasas y precios públicos.- Estar en posesión del certificado C1 de euskera si la solicitante es persona individual, y en el caso de los grupos el 60 % de sus miembros.- No estar incursos/as en ninguna de las causas de exclusión para la percepción de subvenciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, ni tampoco en ninguna de las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario/a establecidas en el artículo 23.2 del Decreto Legislativo 1/2023 ( por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres) ni en el resto de normativa vigente.-Deberá presentar la propuesta de proyecto y el producto final y un resumen en euskera; también deberá presentar el resumen en castellano.-Se deberá garantizar que la relación con el ayuntamiento y con la ciudadanía sea en euskera.-* Las(s) persona(s) solicitante(s) no podrán ser beneficiarias de ninguna otra subvención cuyo fin sea el desarrollo de esta misma investigación. 5- DURACIÓN DE LA INVESTIGACIÓNLa duración máxima de la investigación será de 18 meses a partir de la comunicación de la concesión de la beca. En dicho plazo de 18 meses deberá elaborar el trabajo de investigación, entregarlo en el ayuntamiento y realizar su difusión/presentación. SOLICITUDES 6- PROYECTOS NO ADMISIBLESLos proyectos presentados deberán ser originales, no publicados previamente. No se admitirán trabajos que total o parcialmente hayan sido premiados en alguna convocatoria anterior de esta beca o de cualquier otra beca de similar objeto, ni sus traducciones, adaptaciones o modificaciones. 7- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDESLas solicitudes y demás documentación deberán presentarse en el plazo máximo de 30 días hábiles –a partir de la publicación de la convocatoria en el BOG– en el Registro General del Ayuntamiento de Bergara por cualquiera de los siguientes medios:Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Bergara (Servicio de Atención B@Z) o mediante cualquiera de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.Electrónicamente. Las solicitudes de manera electrónica se presentarán a través de la sede electrónica del ayuntamiento, mediante su página web.Si se comprobase que la documentación presentada por la persona o agrupación solicitante no está completa o que no reúne los requisitos exigidos en estas bases, se le requerirá para que en el plazo de diez días subsane la misma o aporte los documentos necesarios. Si no lo hiciera, se entenderá que ha desistido de su petición, emitiéndose resolución. 8- DOCUMENTACIÓN A PRESENTARLa solicitud se realizará presentando la siguiente documentación:1- Impreso de solicitud de inscripción, según modelo facilitado por el ayuntamiento. (impreso)2- Copia del documento de identidad de la persona solicitante y/o su representante. En el caso de las agrupaciones, copia del documento de identidad de todos sus miembros.3- En el caso de las agrupaciones, todos sus miembros deberán firmar el documento de representación (impreso), debiendo quedar el documento firmado por todos los miembros de la agrupación y por su representante.4- Documento acreditativo del número y de la titularidad de la cuenta corriente.5- El ayuntamiento, a través del Nodo de Interoperabilidad y Seguridad de las Administraciones de Euskadi (Nisae), consultará y comprobará que la persona solicitante y todos los miembros de la agrupación (en su caso) se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, salvo que la persona interesada se oponga a ello de forma motivada, en cuyo caso se deberá presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Se verificará de oficio el encontrarse al corriente de los pagos con el ayuntamiento.6- Documentación relativa a la persona autora/investigadora o a cada miembro investigadorCurrículum vitae, detallando los estudios e investigaciones realizadosDocumentación acreditativa de sus titulaciones o méritosEn caso de haber publicado alguna obra, referencia de la mismaEn el caso de las agrupaciones de investigación:Experiencia previa de la persona investigadora o de la agrupaciónCompromiso de colaboración; investigaciones realizadas, trabajos publicados7- Propuesta de proyecto o memoria técnica sobre la solicitud de la beca y el tema que se pretende investigar. La memoria técnica será como máximo de 15 páginas, excluyéndose de las mismas el CV, títulos... indicados en el punto anterior.La propuesta/memoria técnica deberá contener al menos la siguiente información:A- En cuanto al contenido de la investigación:TítuloÁmbito de investigación del trabajoJustificación del tema elegidoObjetivos de la investigaciónMetodología de trabajoFuentes para la obtención de la informaciónResultados previstosCronograma del desarrollo del trabajoB- En cuanto a la difusión de la investigaciónCómo se llevaría a cabo la difusión (exposición), los soportes y/o recursos que se utilizarían y previsión de los tiempos de desarrollo de cada uno de ellos (cronograma)La presentación de las solicitudes implica la aceptación de las condiciones establecidas en las presentes bases. CONCESIÓN DE LA BECA 9- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓNQuien acepte la subvención recibirá 12.000 euros; 6.000 euros con cargo al presupuesto de 2024 y otros 6.000 euros con cargo al presupuesto de 2025. El gasto correrá a cargo de la aplicación presupuestaria 1.3400.481.231.50.01 2025.Todo coste de producción correrá a cargo de la persona o agrupación investigadora.En dicho importe están incluidos: a) la realización de la investigación; b) la presentación de una propuesta escrita para la difusión de la investigación; y c) una vez finalizado el estudio, impartir en directo dos conferencias de presentación para la difusión del estudio en la localidad. 10- PERCEPCIÓN DE LA BECA/SUBVENCIÓNEl pago de la ayuda se realizará conforme se vayan realizando las actividades subvencionadas:Un 25 % del total, en concepto de prepago, cuando se reciba la comunicación de haber obtenido la beca por ser la propuesta con mayor puntuación.Un 25 % del total, una vez transcurridos los seis primeros meses cuando, tras presentar informe sobre el trabajo realizado hasta la fecha, el mismo sea aprobado por el ayuntamiento.Un 25 % del total, una vez transcurridos 12 meses desde la comunicación inicial, cuando, tras presentar informe de investigación en el Registro General del Ayuntamiento, el tribunal le conceda su aprobación.Un 25 % tras presentar la propuesta de difusión y realizar las dos últimas presentaciones en la localidad (como máximo a los 18 meses) ****Todos los gastos generados hasta la realización de la investigación correrán a cargo de la persona o agrupación beneficiaria de la beca de investigación. Antes de realizar los pagos, el Ayuntamiento consultará y comprobará, a través del Nodo de Interoperabilidad y Seguridad de las Administraciones de Euskadi (Nisae), si la persona solicitante y todos los miembros de la agrupación (en su caso) se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, salvo que la persona interesada se oponga a ello de forma motivada, en cuyo caso se deberá presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Se verificará de oficio el encontrarse al corriente de los pagos con el ayuntamiento. 11- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓNTipo de subvención:La presente convocatoria se resolverá en régimen de concurrencia competitiva, en los términos previstos en el Plan Estratégico, de acuerdo con la Ordenanza General del Ayuntamiento de Bergara.Tribunal:El tribunal que valorará las propuestas (memoria técnica) y formará parte de la comisión de seguimiento de la beca hasta el vencimiento del periodo estará constituido así:Responsable políticoRepresentante de SecretaríaTécnica de IgualdadRepresentante del museoProfesora designada por UNED BergaraRepresentante del movimiento feminista localEl tribunal tomará en consideración, respecto a la persona solicitante o a los miembros de la agrupación solicitante, entre otros los siguientes elementos: conocimiento, formación, experiencia previa en investigación, claridad en la exposición de los objetivos de la investigación, nivel de dedicación que se dará a la investigación objeto de la beca, el interés y la perspectiva mostrados en la propuesta de realización del trabajo de investigación.Criterios de valoración:Las propuestas presentadas se valorarán del siguiente modo:La puntuación de cada solicitante se obtendrá mediante la suma de los puntos de cada miembro del Tribunal, quedando excluidas de este listado las solicitudes que no alcancen la puntuación mínima de 55 puntos.La beca será adjudicada a quien obtenga la mayor puntuación y, en caso de que renuncie a ella, se le propondrá a quien ocupe el siguiente lugar. Se entenderá que la persona o agrupación beneficiaria acepta la beca siempre que en un plazo de 10 días no renuncie a ella expresamente por escrito.Idoneidad de la propuesta (máximo 100)-Respecto al proyecto de investigación (40 puntos):Originalidad, interés del proyecto de investigaciónEl tema a investigarCorrección y valor científicoContextualizar el trabajo de investigación en Bergara y tomar en consideración en el proyecto el conocimiento de la localidadMetodología a utilizar en el proyecto de investigaciónFuentes que se utilizarán-Interés para la localidad de Bergara y relación directa con la aportación realizada por mujeres bergaresas (20 puntos)-Propuesta de difusión (20 puntos)Interés y originalidad del proyecto de difusiónClaridad y adecuaciónModo de considerar en su conjunto la diversidad y la accesibilidad-Currículum de la persona o personas solicitantes (20 puntos)Trayectoria académica (preparación, publicaciones, formación en temas relacionados con la investigación)Trayectoria profesional (experiencia en investigación...)Trayectoria, experiencia, conocimiento sobre investigación feminista, en materia de igualdad de mujeres y hombres*** En caso de que ninguna propuesta alcance el interés o la calidad suficiente, el ayuntamiento puede acordar no conceder la beca. Propuesta de resolución:Tomando en consideración la propuesta de valoración del Tribunal, se dará traslado de la misma al órgano competente que es quien resolverá.En dicha propuesta se indicará la identidad de la persona o agrupación elegida, así como el listado de suplentes, el listado de personas o agrupaciones excluidas y, en su caso, quienes no hubieran obtenido la puntuación suficiente.La concesión de la beca no implica ninguna relación laboral con la persona o agrupación adjudicataria, por lo que no genera obligación alguna con la Seguridad Social.La resolución le será notificada a la persona o agrupación beneficiaria. Se informará de la misma, a los efectos del artículo 45 de la Ley 39/2015, en la página web www.bergara.eus y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.El plazo máximo para la resolución de la convocatoria y su notificación será de tres meses, a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que la resolución haya sido debidamente notificada a las personas o agrupaciones solicitantes, la solicitud de beca podrá entenderse como desestimada, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Si en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de la recepción de la comunicación por la que se notifica la concesión de la subvención, la persona beneficiaria no renuncia a la misma, se entenderá que ésta queda aceptada. CONTROL 12- RESULTADO DEL TRABAJO A PRESENTAR: INVESTIGACIÓNEn el plazo de seis meses desde la recepción de la notificación, la persona beneficiaria de la subvención deberá presentar en el registro del Ayuntamiento de Bergara un informe sobre el estado de la investigación. Si se solicitase, deberá exponer el informe presentado en una reunión.En el plazo de un año (12 meses) a partir de la fecha de referencia inicial, deberá presentar en el ayuntamiento un informe de investigación por escrito en el que se recojan los resultados de la investigación. Una vez presentado el informe, en el plazo máximo de tres meses deberá presentar la propuesta de difusión (vídeo, exposición, libro...), con una estimación del presupuesto que sería necesario para su desarrollo.Por último, y en un plazo máximo de tres meses más, deberá realizar en la localidad dos presentaciones exponiendo la investigación. (12 meses + 3 meses + 3 meses. Tras entregar el informe de la investigación cuenta con un máximo de 6 meses para llevar a cabo los otros dos cometidos). 13- OBLIGACIONES DE LA PERSONA O AGRUPACIÓN BENEFICIARIAAceptar cuanto derive de las presentes basesLlevar a cabo y presentar los trabajos solicitadosGarantizar una calidad mínima del trabajo acorde con el objeto y dotación de la subvención. El tribunal podrá acordar la suspensión de la subvención con audiencia a la persona interesada. Si esto fuera así se tendría en cuenta lo recogido en el punto 14.Utilizar la beca exclusivamente para la finalidad para la que ha sido concedida y, de acuerdo con el calendario que se especifica, informar al ayuntamiento del trabajo realizado y de los resultados obtenidos, a fin de que conceda su aprobación.Llevar a cabo lo mencionado en el apartado anterior y, si así se le requiere, tomar parte en las reuniones de seguimiento.Informar sobre los cambios introducidos en el plan previsto y sobre las incidencias en la composición de la agrupación de personas investigadoras. No se podrán introducir modificaciones en los elementos esenciales de la investigación, a no ser que tengan el visto bueno del Ayuntamiento de Bergara.Entregar el trabajo de investigación definitivo en euskera; junto a él deberá presentar en el Ayuntamiento de Bergara un resumen del informe (de 10 páginas) tanto en castellano como en euskera. En formato papel y en digital.Llevar a cabo las presentaciones del trabajo en el plazo requerido.En todo anuncio relativo al trabajo realizado deberá indicarse que ha sido subvencionado por el Ayuntamiento de Bergara.Garantizar la perspectiva de género en el conjunto del proyecto.Garantizar que se trata de un trabajo original. Cualquier gravamen económico que pudiera recaer sobre el ayuntamiento como consecuencia de reclamaciones o disputas por el incumplimiento de dicha obligación será asumido por la persona o agrupación beneficiaria de la beca.En toda la documentación se deberá garantizar un uso no sexista del lenguaje, debiendo evitar en las ilustraciones o materiales cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipo sexista, mostrando una imagen no estereotipada de igualdad, representatividad equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y diversidad de roles de género.En caso de incumplimiento de estas obligaciones, las personas o agrupaciones beneficiarias de la beca estarán obligadas a reintegrar las cantidades percibidas hasta ese momento. 14- REINTEGROS Y SU PROCEDIMIENTOEn caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas del desarrollo del trabajo de investigación, la beneficiaria estará obligada a devolver la subvención percibida hasta la fecha.Para realizar el reintegro, cualquiera que sea la causa que lo motive, será de aplicación lo recogido en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Bergara. 15- GARANTÍASNo se considera necesario exigir ninguna garantía a favor del ayuntamiento por las ayudas concedidas. 16- TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONALEn aplicación de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, de la Disposición Adicional Octava de la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y, en general, de la previsión contenida en el artículo 28 de la Ley 39/2015, no será preciso el consentimiento de la persona interesada para la gestión de estas becas, pudiendo el ayuntamiento efectuar en el ejercicio de sus competencias las verificaciones necesarias para comprobar la exactitud de los datos, así como consultar y recabar documentos que se encuentren en su poder o hayan sido elaborados por cualquier otra administración. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES Y RECURSOS 17- INTERPRETACIÓN DE LAS BASESCualquier cuestión que pueda surgir en relación con la interpretación de estas bases será resuelta por el ayuntamiento. Las interpretaciones se harán en base a las normas establecidas en la presente convocatoria. 18- RECURSOS CONTRA LAS BASESContra el acuerdo de aprobación de las presentes bases, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo Recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo, en el plazo de un mes, o bien interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses, computándose ambos plazos a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria de las presentes bases en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que se estime procedente. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 01/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 01/10/2025Descargar archivo oficial · BDNSBASES DE LA CONVOCATORIA REGULADORAS DE LA BECA DE INVESTIGACIÓN “GORUETAN”Publicado 07/10/2025BASES DE LA CONVOCATORIA REGULADORAS DE LA BECA DE INVESTIGACIÓN “GORUETAN”