¿A quién se dirige?
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES616 - Jaén
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 01/10/2025
- Publicación en diario oficial
- 06/10/2025
Texto oficial de apertura: 01/01/2025
Texto oficial de cierre: 31/10/2025
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS:PARTIDA PRESUPUESTARIA. DENOMINACIÓN770-23124-47000 “PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL A MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO”CUANTÍA ESTIMADA TOTAL: 14.000 EurosCUANTÍA INDIVIDUAL:a) Ayudas a la contratación indefinida por cada trabajadora contratada: 4.500 euros.b) Ayudas a la contratación temporal:-Contratos desde 3 meses hasta menos de 6 meses: 1.000 euros.-Contratos desde 6 meses hasta menos de 12 meses: 2.000 euros.-Contratos de 12 meses hasta menos de 24 meses: 3.000 euros.Cuando la contratación sea a tiempo parcial, el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida, teniendo en cuenta que, en este caso, la jornada no podrá ser inferior al 52,5 por 100 de la jornada a tiempo completo.RÉGIMEN: DE CONCESIÓN DIRECTAOBJETO Y FINALIDADEl objeto de las subvenciones reguladas en el presente Acuerdo es el fomento de la contratación estable, en las empresas de trabajo ordinario, de mujeres víctimas de violencia de género. Con el establecimiento de estas ayudas se persigue que las empresas y entidades empleadoras creen nuevas oportunidades para mujeres víctimas de violencia de género, contribuyendo al fomento de la igualdad de oportunidades para este colectivo especialmente vulnerable.PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES1. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 1 de enero y concluirá el 31 de octubre de cada año.No serán admitidas las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido en el apartado anterior, resolviéndose la inadmisión de las mismas, que será notificada a las personas interesadas en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La convocatoria anual de las subvenciones se hará por Resolución de la Alcaldía.2. Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo de “Solicitud de subvenciones destinadas al fomento de la contratación estable en las empresas del mercado de trabajo ordinario, de mujeres víctimas de violencia de género”, y se acompañarán de la documentación especificada en el artículo 10 de estas Bases.3. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Andújar o por cualquier otra forma que permita la Ley.BENEFICIARIOS1. Podrán acogerse a estas ayudas las empresas cualquiera que sea su forma jurídica, autónomos y entidades sin ánimo de lucro de carácter privado sin participación pública, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en el presente Acuerdo.2. En ningún caso podrán acogerse a las ayudas previstas en este Acuerdo, los entes, organismos y entidades que formen parte del sector público, en los términos establecidos en el artículo 3 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas o cualquier otro tipo de patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas.REQUISITOS Y CONDICIONESLos beneficiarios de las ayudas contempladas en la presente Acuerdo deberán reunir los siguientes requisitos:a) Hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias.c) Un centro de trabajo del beneficiario de la subvención deberá estar radicado en Andújar.d) No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones aquellas empresas o entidades que estén incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y aquellas que no hayan cumplido con sus obligaciones de reintegro de subvenciones.Obligaciones de los beneficiariosAdemás de las obligaciones previstas en el artículo 4 de la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Andújar aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en la sesión extraordinaria, celebrada en fecha 24 de febrero de 2005, son obligaciones de los beneficiarios:a) Mantenimiento de la contratación subvencionada y del alta en Seguridad Social.En la modalidad de la contratación indefinida se exige como condición el mantenimiento de ésta durante un periodo mínimo de 24 meses. En la modalidad de contratación temporal se exige como condición el mantenimiento de ésta durante el período subvencionado.En los casos de baja de la persona contratada, con anterioridad a la finalización de dichos periodos, se deberá sustituir por otra trabajadora víctima de violencia de género que deberá reunir las mismas condiciones que las que dio origen a la subvención, en el plazo máximo de quince días. Dicha sustitución se formalizará de conformidad con la legislación vigente al efecto y deberá ser comunicada al órgano concedente de la subvención en plazo no superior a quince días, a contar desde el siguiente al de la fecha de suscripción del nuevo contrato, mediante la presentación del contrato de sustitución una vez registrado en la oficina de Empleo.Igualmente, se deberá proceder a la sustitución temporal de la persona contratada, cuando se produzca la suspensión del contrato de trabajo con derecho a reserva del puesto de trabajo, por períodos de tiempo que se prevea superen un mes, mediante contrato de interinidad. A efectos del cumplimiento del período obligatorio de mantenimiento de las contrataciones subvencionadas, no se computarán los períodos transcurridos entre las fechas de baja del titular del contrato y la fecha de alta de las personas sustitutas por no existir, en esos períodos, relación laboral con el beneficiario.b) Mantener la jornada de trabajo de la persona contratada por la que se concedió la subvención.c) Comunicar las variaciones que se produzcan con relación a las contrataciones efectuadas, incluido el cambio de forma jurídica o de titularidad de la entidad beneficiaria de la subvención, en el plazo de un mes, desde fecha en que tengan lugar, aportando la documentación acreditativa que se requiera en cada caso.d) Asumir la publicidad que el Ayuntamiento de Andújar conceda a las subvenciones y ayudas percibidas, en los términos y condiciones establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.e) Todas las demás obligaciones que se deriven de este Acuerdo y demás normativa aplicable.