Resolución de la Dirección del Patronato Municipal de Actividades Culturales, de 9 de setiembre de 2025, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para proyectos culturales por las Asociaciones Culturales y de Vecinos de Castrillón_2025.
LOCAL · CASTRILLÓN · PATRONATO MUNICIPAL DE ACTIVIDADES CULTURALES
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES120 - Asturias
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
01/10/2025
Publicación en diario oficial
08/10/2025
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente de su publicación en BOPA
Texto oficial de cierre: A los 20 días naturales
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero.-BeneficiariosPodrán obtener la condición de beneficiarios de este programa de subvenciones las asociaciones culturales y de vecinos legalmente constituidas, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Castrillón, con ámbito de actuación local o con delegación en el municipio y, que además de los requisitos señalados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cumplan los requisitos del apartado 4 de las bases reguladoras.Segundo.- Objeto de la subvenciónSe convocan ayudas para financiar programas anuales de actividades culturales y el desarrollo de las actividades de carácter cultural promovidas por las asociaciones culturales y de vecinos, que se desarrollen dentro del municipio.Tercero.- Bases ReguladorasOrdenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Castrillón y sus Organismos Autónomos y Entidades Dependientes, publicada en el BOPA de 20 de febrero de 2006.Cuarto.-CuantíaEstas ayudas dispondrán de un crédito máximo de 4.000 €. Quinto.- Criterios de concesiónPara la determinación del importe de las subvenciones se seguirá el siguiente procedimiento:- 1.000 euros se repartirán de forma lineal entre todos los solicitantes que cumplan con el objeto y requisitos dela subvención.- 3.000 euros se repartirán en función de las puntuaciones obtenidas mediante la aplicación de los criterios quefiguran a continuación.Se establecerá un reparto de puntos, con un máximo de 100 puntos, según los siguientes criterios:- Calidad cultural de la propuesta (hasta 35 puntos).- Grado de elaboración, concreción y cierre del programa propuesto (hasta 20 puntos).- Grado de repercusión cultural y social (hasta 20 puntos).- Carácter estable y continuado de la actividad (hasta 15 puntos).- Coherencia económica (hasta 10 puntos).La determinación de la cuantía individualizada de cada subvención la determinará el Comité Municipal de Valoración de Subvenciones, previa propuesta de la Concejalía Delegada de Cultura, imputándose los créditos a la partida presupuestaria 334.48000 “Subvenciones Asociaciones Culturales”, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.Una vez valoradas todas las solicitudes, en atención al crédito disponible, la puntuación total obtenida servirá para calcular el importe a subvencionar mediante un sistema proporcional de reparto calculado con la siguiente formula:Puntuación obtenida* cantidad global de la subvención/ puntuaciones totalesDonde:La puntuación obtenida es la puntuación de cada Asociación alcanzada según criterio de valoraciónLa cantidad global es el importe total a repartir entre todas las solicitudesLa puntuación total es la suma de las puntuaciones de todos los solicitantes.Sexto.- Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para presentar solicitudes será de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el BOPA.